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Finalmente, su hija, discapacitada con parálisis cerebral, consigue plaza en una residencia

Queja número 15/2896

La compareciente nos explicaba que su hija estaba afectada por parálisis cerebral, teniendo reconocida una discapacidad del 93%, así como una situación de Gran Dependencia.

Refería que si bien su hija había estado beneficiándose de la residencia escolar en un Centro, a través de la Consejería de Educación, al cumplir los 18 años de edad había perdido este derecho residencial, de manera que, aunque podría continuar escolarizada, la residencia de sus padres en otra localidad y, por tanto, la distancia diaria hasta el Centro en su estado, hacían inviable su permanencia en el Centro sin residencia.

La interesada había solicitado por ello la revisión del PIA de su hija, con el deseo de que le fuese asignada plaza residencial concertada por la vía de la dependencia, que posibilitase su continuidad en un Centro en el que se encontrase feliz y plenamente integrada y que otorgase plena tranquilidad y confianza a los padres de la dependiente sobre el futuro de su hija, su bienestar y la atención de sus necesidades.

Se nos transmitía preocupación y angustia ante la posibilidad de que a su hija no le fuese ofrecida plaza en el centro referido, destacando el difícil peregrinaje que sufrió por diferentes Centros antes de llegar al mismo y lo duro que fue para sus padres dejarla sola y lejos del hogar familiar, en un lugar en medio del campo del que apenas sabían nada, pero, asimismo, el descanso y la serenidad que experimentaron al ver posteriormente la felicidad de su hija reflejada en sus ojos y en su sonrisa. Por lo que nos pedía que trasladásemos a la Administración esta inquietud.

Posteriormente a lo expuesto en su escrito inicial, la interesada había añadido que ha recibido una llamada de teléfono desde la Delegación Territorial de Sevilla, en la que se le dijo que le iban a asignar a su hija un Centro en un pueblo de Córdoba, que se encontraba a 300 kilómetros.

Como la interesada pusiera el grito en el cielo, se le dijo que, en ese caso, fuera a los SSCC a firmar el desistimiento, porque no le correspondía ningún recurso.

La compareciente, tras ello, contactó con los SSCC de su localidad, conociendo que la pretensión actual era la de asignar a la gran dependiente un Centro en la localidad de Dos Hermanas (Sevilla).

La interesada fue a visitarlo y señalaba que estaba decepcionada, porque se trata de una Residencia para personas muy mayores, de los 50 en adelante, mientras que su hija solo tenía 19 años. En San Juan de Dios tenía mejor entorno, era muy querida y consideraba que era un lugar más adecuado para ella.

Actualmente, los interesados habían solicitado ante el Ayuntamiento de Espartinas la revisión del PIA de su hija, para la elaboración de la oportuna propuesta por los Servicios Sociales.

Por parte de esta Institución, una vez admitida a trámite su queja, se habían realizado gestiones de investigación y de contacto con la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, habiendo resultado lo siguiente:

– Que, dado que la dependiente se encontraba en ese momento fuera del Sistema de la Dependencia, era imprescindible que se procediera a elaborar nueva propuesta de PIA por los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Espartinas, dando al expediente tratamiento de urgencia.

– A cuyo efecto, por la Administración autonómica competente se consideraba imprescindible que los Servicios Sociales remitieran nueva propuesta de PIA acompañada de un informe de urgencia en la tramitación, fundado en haber quedado la afectada fuera del Sistema a causa de un mal asesoramiento en las consecuencias de la solicitud de revisión que en su momento formuló.

Pedimos, por tanto, a los Servicios Sociales de Espartinas, que tuvieran la amabilidad de tramitar de forma urgente la propuesta de PIA, acompañada del informe referido, dándole el curso correspondiente, a fin de posibilitar la nueva Resolución por la que se aprobase a favor de la persona dependiente el recurso residencial oportuno.

En su respuesta el Ayuntamiento nos informó que iban a proceder a realizar la nueva Propuesta de recurso de Dependencia, en la mayor brevedad posible, siempre y una vez que la administración autonómica reabriera dicho expediente, dado que sin esta reapertura los Servicios Sociales de base no podían realizar ninguna actuación, la cual ya fue solicitada con fecha 6 de Noviembre de 2015.

Al poco tiempo contactó con nosotros la interesada para poner en nuestro conocimiento que había recibido una llamada para comunicarle que había una plaza libre en el centro solicitado y dos en una Residencia de Gines.

Finalmente, optó por la que siempre pidió y había acudido una trabajadora de la Diputación para que firmara la aceptación de la plaza. Ahora suponía que tendrían que notificarle la Resolución y darle el plazo de quince días para que su hija se incorporase.

Manifestaba la interesada que había atravesado una época dura y angustiosa por la situación de su hija y su falta de recurso. Reconocía que con su hija todo el invierno en casa, ahora le resultaría difícil separarse de ella nuevamente, ya que se había acostumbrado a su presencia. Pero que también sabía que había perdido mucho todo el invierno en casa sin actividades, como un mueble más y que en el Centro tenía una disciplina, la levantaban a las ocho de la mañana y participaba en actividades que le eran muy beneficiosas. Además de las dificultades que ella (con el lumbago) y su marido (con una pierna) tenían para atender a su hija, que cada vez irían a peor por el paso del tiempo, como era lógico.

Satisfechos por la aceptación de la pretensión, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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