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Finalmente, pudo acceder a una información sobre una finca urbanística

Queja número 18/3516

El interesado exponía que el 29 de diciembre de 2017 presentó solicitud de certificación al Ayuntamiento de Padules (Almería) en relación con la situación urbanística de una finca situada en dicho término municipal, acompañando escritura pública en la que, de forma clara e indubitada, quedaba acreditado el derecho que le asistía, junto al de sus hermanas, a que le fuese facilitada dicha información.

Tras reiteradas conversaciones telefónicas mantenidas siempre por una de sus hermanas con el Ayuntamiento de Padules insistiendo en su petición, se le contesta con acordando una ampliación del plazo para resolver sin justificación legal alguna y acordando solicitar a la Diputación Provincial de Almería informes técnicos cuando el interesado entendía que era un tema de competencia exclusiva del Ayuntamiento.

Decidió reiterar por escrito su petición inicia pues seguía sin tener respuesta formal a su petición, lo que consideraba que podía originarle graves perjuicios.

Solicitamos informe al Ayuntamiento de Padules y del contenido de su respuesta dimos cuenta al reclamante con objeto de que, en caso de estimarlo conveniente, pudiera formular alegaciones o consideraciones acerca del mismo. Así lo hizo, señalando su disconformidad con el hecho de que el informe emitido por la Diputación Provincial no le fuera notificado hasta pasado mes y medio desde su recepción por el Ayuntamiento y con no haberle requerido para aportar documento que acreditara su condición de heredero y poder acceder así a la documentación pretendida.

No obstante lo anterior, el interesado presentó nueva solicitud de certificación al Ayuntamiento de Padules (Almería) en relación con la situación urbanística de la finca, acompañando escrituras públicas en las que, a su juicio, de forma clara e indubitada, estaba acreditado el derecho que le asistía en su condición de heredero, junto al de sus hermanas, a que le fuera facilitada dicha información.

Pues bien, transcurridos dos meses de esta reiterada solicitud no había tenido contestación alguna.

De acuerdo con ello, volvimos a dirigirnos al ayuntamiento interesando que nos indicara si se había dado respuesta al nuevo escrito del interesado y se había accedido a lo solicitado o, en caso contrario, que se nos expusieran las causas de este nuevo retraso o de que le fuera denegada la documentación por la que se interesaba.

Remitida respuesta municipal se nos informó que se puso a disposición del interesado la información solicitada. También hacían constar que una parte de la información solicitada debía obtenerla del Registro de la Propiedad de Canjáyar al estar la finca situada en el término municipal de Padules y por tanto perteneciente a la Demarcación del Registro de la Propiedad de Canjáyar y sujeta a varias cargas y gravámenes hipotecarios, como una hipoteca o una anotación preventiva de embargo, esta última a favor del ayuntamiento.

También el propio interesado nos confirmó que ya había tenido acceso a la documentación solicitada y puesto que ello era precisamente la causa de la presentación de su reclamación, no resultaban precisas nuevas actuaciones por nuestra parte.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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