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Fijan la fecha para el procedimiento de incapacitación y procedimiento de separación y liquidación de gananciales

Queja número 20/8087

En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente a dilaciones en procedimiento de incapacitación y procedimiento de separación y liquidación de gananciales, el Decanato de Vélez-Málaga nos traslada la siguiente información:

Por medio del presente tengo el honor de informar a VI en relación con la queja con número de referencia 20/8--7 en virtud de la cual la persona reclamante Dª. (...) presentó la presente queja ante el Defensor del Pueblo por los hechos siguientes.

Manifiesta la reclamante que esta sufriendo demora en la tramitación de dos expedientes que se tramitan a instancias de su madre ante este juzgado, Por un lado el Juicio Verbal de Capacidad 122/17 y el de Jurisdicción Voluntaria 337/191.

La misma interesada manifiesta que en el Juicio Verbal ya se ha dictado el recurso que estaba pendiente de resolver en relación a la incapacitación de su madre, quedando pendiente de resolver la jurisdicción voluntaria en el que se pretende obtener autorización judicial para poder presentar demanda de separación y liquidación de bienes.

Este Letrado pasa a exponer lo siguiente:

Comprobado el expediente de jurisdicción voluntaria mencionado, se constata que efectivamente está pendiente de resolver y constando en autos informe del Ministerio Público, se ha fijado fecha para la celebración de la vista para su posterior resolución, habiendo quedado fijada dicha vista para el día 08/03/2021 alas 12:30 horas.

Como consecuencia de las suspensiones masivas provocadas por la pandemia de COVlD-l 9, se ha producido un atraso en los señalamientos existentes por haber tenido que reorganizar agendas por dicho motivo. No obstante, como se ha indicado más arriba, el procedimiento se ha señalado para su celebración el 08/03/20214 Z”.

Tras un detenido estudio de dicha información, se deduce que la cuestión por la que el interesado acudió a nosotros se encuentra en vías de solución, por lo que, sin perjuicio de un posterior seguimiento se ha procedido a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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