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El SAS acepta la Resolución dictada para baremar con el mayor rigor y objetiva los méritos aportados por los participantes en la Bolsa Única de Empleo

Queja número 18/5175

En esta Institución se inició expediente de queja de oficio ante las numerosas quejas recibidas de profesionales sanitarios que manifestaban su disconformidad con la valoración realizada en el apartado Otros Méritos para la baremación y ordenación de las personas candidatas a la Bolsa Única de Empleo del Servicio Andaluz de Salud. Para ello, solicitamos la colaboración de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud.

Visto el informe recibido del citado Centro Directivo, esta Institución decidió, al amparo de lo establecido en el art. 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formular a la Dirección General de Personal, con fecha 22 de enero de 2020, Resolución en los siguientes términos:

SUGERENCIA: Para que, por parte de esa Administración sanitaria, en los ámbitos que proceda, y tras la correspondiente indagación de las incidencias denunciadas en la valoración del apartado de “Otros Méritos” que se establece en la Resolución de 22 de septiembre de 2017 de la Dirección General de Profesionales, correspondiente al periodo de valoración de méritos de 31 de octubre de 2018, se adopten las medidas oportunas y proceda, en su caso, a la oportuna modificación parcial de dicha Resolución, a fin de que las Comisiones de Valoración del proceso de ordenación de la Bolsa de Empleo Temporal del SAS puedan disponer de pautas y criterios precisos para baremar con el mayor rigor y objetividad posible los méritos aportados por las personas candidatas en dicho proceso.”.

Con fecha 2 de junio de 2020 recibimos respuesta del mencionado Centro Directivo a la Resolución dictada en los siguientes términos:

En relación a la queja nº Q18/5175, iniciada de oficio por esa Institución ante las quejas y consultas formuladas, en su gran mayoría por Personal de Enfermería, aunque también formuladas por algunos Especialistas de Farmacia Hospitalaria del Servicio Andaluz de Salud, en las que manifiestan su disconformidad con la valoración realizada en el apartado Otros Méritos para la baremación de las personas candidatas a la Bolsa Única de Empleo, y ante el contenido de su sugerencia, le informo lo siguiente:

Con el objetivo de no resultar reiterativos en lo que al contenido de la materia se refiere, y partiendo de la información y manifestaciones, así como documentación anexa que ya hemos trasladado a su Defensoría en nuestras comunicaciones previas, debemos informarle que desde esta Dirección General ya se procedió a solicitar a los profesionales incluidos en Bolsa Única de Empleo Temporal en la categoría de Enfermería, toda la documentación referida a posters, comunicaciones, publicaciones, es decir, todos los documentos justificativos de los diferentes trabajos científicos que se incluyen en el apartado correspondiente a otros méritos del baremo del corte de baremación en curso, para constatar el carácter científico o no de los mismos, encontrándonos en la fase de remisión voluntaria de los mismos por parte de los interesados, por estricto orden alfabético.”

Igualmente, una vez que fueron remitidas las pautas generales contenidas en los diferentes Informes de esta Dirección sobre el procedimiento de actuación de las Comisiones de Valoración de las diferentes categorías profesionales incluidas en Bolsa de Empleo Temporal y los criterios a seguir en la valoración de los méritos del periodo de valoración al 31 de octubre de 2019, se ha trasladado a las mismas la especial atención, así como la dedicación rigurosa que deben mantener en la baremación de todos los méritos en su conjunto y haciendo especial hincapié en los méritos englobados en el apartado “otros méritos”, dada la trascendencia de los mismos.

Con objeto de establecer una actuación homogénea en la valoración de méritos por parte de las Comisiones de Valoración de las categorías y/o especialidades que forman la Bolsa de Empleo Temporal, se trasladan estos contenidos e indicaciones a modo de recordatorio y de refresco informativo y aclaratorio, resultando de especial interés para aquellas Comisiones de Valoración en las que algunos de sus miembros son de nueva designación, caso de la Comisión de la categoría de FEA Farmacia Hospitalaria constituida el pasado 28 de enero.”

Tras el estudio de la respuesta enviada y de los informes recibidos consideramos que la Resolución dictada se ha aceptado por la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud.

No obstante, y teniendo en cuenta el proceder que sigue la Dirección General de Personal del SAS para garantizar el mayor rigor y objetividad en la baremación de méritos por parte de las Comisiones de Valoración, le hemos indicado que confiamos en que en los próximos Informes que tenga que elaborar sobre el procedimiento de actuación de las Comisiones de Valoración de las distintas categorías que forman la Bolsa de Empleo Temporal, se tengan en cuenta las incidencias puestas de manifiesto en la Resolución formulada y se den criterios más precisos y estrictos a las correspondientes Comisiones para la adecuada valoración del apartado de “Otros Méritos” .

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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