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El Ayuntamiento sancionará a un bar si persisten las irregularidades con los veladores

Queja número 19/1346

El Ayuntamiento de Sevilla acepta nuestra resolución para que, en caso de persistir las irregularidades en materia de veladores de un establecimiento hostelero, ejecute subsidiariamente las órdenes de suspensión dictadas en su día, así como para que se incoen los preceptivos expedientes sancionadores a que haya lugar en virtud de las actas de inspección levantadas.

El interesado narraba en su escrito de queja la permisividad por parte de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla, Servicio de Ocupación de la vía pública, frente a las irregularidades en materia de ocupación de la vía pública que estaba cometiendo un establecimiento hostelero situado en la zona de (...), que ocupaba por completo la fachada de un edifico, y parcialmente la de otros dos, con un número elevado de veladores, al parecer no autorizados. Irregularidades que había denunciado formal y expresamente el reclamante.

Según el escrito de queja que recibimos, que a su vez trasladamos al Ayuntamiento de Sevilla en nuestra petición de informe, la Comunidad de Propietarios del edificio cuya fachada quedaba totalmente ocupada con los veladores, había denunciando al establecimiento ante la Gerencia de Urbanismo en julio de 2017. Dicha denuncia había dado lugar a una Resolución de enero de 2018 por la que se ordenaba la inmediata suspensión del uso de la instalación de veladores no ajustados a licencia, apercibiéndole de la imposición de multas coercitivas. Sin embargo, al tiempo de presentarse la queja en esta Institución, había transcurrido ya más de un año desde aquel momento y, según se nos aseguraba, se había incluso ampliado el número de veladores ya de por sí irregular cuando se denunciaron estos hechos.

Asimismo, decía el interesado en su queja que: “Pidiendo información a la Gerencia de Urbanismo, nos dicen que ha sido multado en dos ocasiones y que carecen de personal para cumplir con la retirada de mesas y sillas. Sin embargo nos enteramos por la prensa local que esta función se realiza con cierta frecuencia en los establecimientos del centro de la ciudad, lo que nos hace suponer que los barrios periféricos no somos atendidos con los mismos criterios y los mismos derechos ciudadanos”.

Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones, esta Institución formuló a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Sevilla resolución en la que, en síntesis, le recomendábamos que en el caso de persistir las irregularidades detectadas por la ocupación de la vía pública con veladores por parte del establecimiento hostelero, superando el número autorizado, procediera, previos los trámites legales oportunos, a cumplir, mediante ejecución subsidiaria, las órdenes de suspensión dictadas en su día; asimismo, se le recomendaba que, de no haberse producido, se incoasen los preceptivos expedientes sancionadores a que hubiera lugar en virtud de las actas de inspección levantadas.

En su respuesta el Ayuntamiento nos trasladó informe del Servicio de Ordenación de la Vía Pública que, en esencia, venía a decir lo siguiente:

...Actualmente se encuentra pendiente de inspección para comprobar el cumplimiento de lo ordenado y en caso de incumplimiento continuar con el procedimiento disciplinario. El citado establecimiento ha renovado su licencia de veladores para la anualidad 2020, siendo los elementos autorizados 3 mesas, 6 sillas y 3 parasoles.

En cuanto a las recomendaciones hechas, indicar que por parte de este Servicio se continuarán las actuaciones disciplinarias previstas legalmente ante los incumplimientos, si bien hay que indicar que siempre siguiendo los criterios del Plan de Inspección” .

Entendimos que se había aceptado nuestra resolución por el Ayuntamiento, por lo que procedimos al archivo del expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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