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El Ayuntamiento resuelve su solicitud de certificación de afectación de camino público

Queja número 20/7226

La persona interesada exponía que el 31/08/2020 presentó escrito en el Ayuntamiento de Frigiliana solicitando que se emitiera una certificación de que unas parcelas no estaban afectadas por ningún camino incluido en el inventario de caminos municipales vigente y copia en soporte digital del Inventario de Caminos Públicos, sin que hubiera obtenido respuesta.

Manifestaba que en la página web del Ayuntamiento pudo consultar el acta de la sesión ordinaria del pleno de 28 de enero de 2015 y que por el punto 3 procedió a aprobar por unanimidad la actualización del inventario de bienes, en particular, de los caminos públicos en suelo no urbanizable. En dicho inventario no constaba ningún camino público que afectara o limitara con sus parcelas.

En relación a otro expediente que tenía abierto el Ayuntamiento con respecto a la persona reclamante que afectaba a sus parcelas presentó alegaciones el 18/09/2020 solicitando en el punto segundo que se diera respuesta al escrito presentado el 31/08/2020 resultando extraño que esta alegación se hubiera respondido con celeridad y sin embargo no el escrito de más antigüedad, por lo que nuevamente, el 26/10/2020 volvió a presentar en el Ayuntamiento de Frigiliana un nuevo escrito reiterando su petición.

Admitida a trámite la queja, únicamente, a los efectos de que la Administración diera respuesta expresa al escrito presentado, es decir, sin entrar en el fondo de las cuestiones planteadas en el mismo, interesamos del Ayuntamiento la necesidad de su resolución expresa, informándonos al respecto.

En la respuesta municipal emitida se nos comunicó que el certificado solicitado y la copia del inventario municipal de bienes vigente en la fecha de su petición, le fueron notificados a la persona reclamante con fecha 04/11/20 y 13/11/20, respectivamente, tal y como acreditaban, salvo error u omisión, los acuses de recibo obrantes en el expediente y tal como se corroboraba mediante la copia de la citada documentación que se nos remitió.

En vista de ello, puesto que el asunto planteado se encontraba solucionado, procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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