Queja número 24/8509
Se recibía en esta Institución escrito de una vecina de Sevilla a través del cual exponía que en el año 2018 había solicitado licencia de veladores para un bar que regentaba y que aún no había sido resuelta expresamente su solicitud. A tal efecto, nos aportaba copia de las instancias presentadas.
Por otra parte, también se quejaba de la imposibilidad de ser atendida personalmente en la Gerencia de Urbanismo para esclarecer en qué situación se encontraba su solicitud, ya que todo debía hacerse por correo electrónico que, según decía, tampoco le respondían.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Sevilla para que nos informase en qué situación se encontraba la solicitud de licencia de veladores para este establecimiento y, en su caso, qué trámites estaban pendientes, o de cualquier otra circunstancia que afectase a la solicitud.
En respuesta el Ayuntamiento nos trasladó informe donde se detallaban las actuaciones llevadas a cabo en el expediente del establecimiento objeto de queja, entre otras, se nos daba cuenta de la existencia de requerimientos de subsanación que constaban sin atenderse, pero también nos dieron cuenta del otorgamiento de licencia de veladores, mediante Resolución del Gerente de Urbanismo, para 4 mesas y 11 sillas, con lo que entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se había solucionado y procedimos al cierre del expediente de queja, sin perjuicio de algunas discrepancias que había manifestado la reclamante sobre la autorización finalmente y sobre supuestas irregularidades en la tramitación seguida por los técnicos de la Gerencia.
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