Queja número 25/5006
Se recibía en esta Institución escrito del interesado formulando queja por la falta de respuesta del Ayuntamiento a un escrito presentado, solicitando que se procediera al desbloqueo de su acceso a la cuenta municipal de Facebook y que se le informase de cuáles fueron los mensajes concretos que motivaron el bloqueo.
Admitida a trámite la queja a fin de que el referido organismo diese expresa respuesta al escrito del promotor, tampoco esta Institución recibió respuesta, por lo que tuvimos que formular resolución en la que recordamos al Ayuntamiento la legislación y jurisprudencia del silencio administrativo negativo, recomendándole que respondiera expresamente el escrito presentado por la parte afectada.
Recibimos del Ayuntamiento el informe que daba respuesta a la solicitud del reclamante mediante el cual se le trasladaba que se procedía al desbloqueo del interesado y se le recordaba la necesidad de cumplir de forma rigurosa las normas de uso del canal, manteniendo en todo momento un comportamiento basado en el respeto, la educación y un tono adecuado.
A la vista de que se había puesto fin a la situación de silencio administrativo objeto de queja, dimos por terminada nuestra intervención en la misma y procedimos a su archivo.
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