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El Ayuntamiento cambiará la ubicacion de unos contenedores que tiene junto a su vivienda

Queja número 20/1939

El Ayuntamiento de Villa del Río, Córdoba, nos comunica que atendiendo la solicitud del interesado y después de estudiar las alternativas, cambiaría la ubicación de unos contenedores de residuos situados a un metro escaso de la fachada de la vivienda de éste.

El interesado nos relataba en su escrito de queja que había solicitado en diversas ocasiones al Ayuntamiento de Villa del Río, Córdoba, el cambio de ubicación de unos contenedores de residuos sólidos urbanos (RSU) situados en la fachada de su domicilio, a un metro escaso de la misma. Cuando adquirió la vivienda, en el año 2014, solamente existían frente a la fachada dos contenedores soterrados, uno de materiales orgánicos y otro de plásticos. En 2015 se añadieron a esos dos contenedores otros dos más, ahora en superficie, uno para cartón y otro para vidrios.

Según el interesado, “en aquel momento informé de manera verbal las graves molestias que ocasionaba (olores y ruido) el tener 4 contenedores frente a mi domicilio (...) Es cierto que los contenedores soterrados existían a la compra del inmueble, pero también es cierto que es injustificable situar 4 contenedores a escasos 100 centímetros de una vivienda, provocando una nueva molestia para mi familia (nuevos ruidos incorporados por la instalación de contenedores de cartón y vidrio) (…) Los cuatro contenedores están situados a escasos 100 centímetros de mi fachada y el momento de la recogida por parte de la empresa llega a acercarse a escasos 50 centímetros de mi balcón, lo que supone malos olores, altos ruidos y serio peligro de que mi inmueble se vea afectado por una colisión, esto se ha agravado desde agosto 2015, ya que ahora son cuatro los contenedores situados en mi fachada”.

Tras admitir a trámite la queja, interesamos informe al citado ayuntamiento que, en un primer momento, nos comunicó lo siguiente:

conocedor el ayuntamiento de las las molestias que está causando a un vecino, se está estudiando la reubicación de este punto de recogida, con las siguientes premisas y fundamentos:

1. Que en el momento de su instalación, hace más de una década, cumplía con los criterios establecidos.

2. Que este punto de recogida es utilizado por muchos ciudadanos y ciudadanas residentes en su zona de influencia, así como multitud de comercios que se verían muy afectados por el cambio de ubicación.

Destacar que, por su ubicación céntrica, hay muchos usuarios de avanzada edad y se trata de la zona comercial de la localidad.

3. Que se está trabajando en buscar otro punto viable para el traslado de la mencionada instalación, contando con el visto bueno de la empresa pública de recogida de residuos, que habrá de modificar los recorridos de recogida.

En cuanto se tengan progresos en el estudio de la cuestión, teniendo en cuenta el estado de emergencia sanitaria en el que actualmente nos encontramos, se le dará traslado a los efectos oportunos.”

Después de este informe, recibimos otro del ayuntamiento en el que nos decían que “se tiene previsto acometer el traslado efectivo de los contenedores para el tercer trimestre de 2020”. Entendimos, por tanto, que el problema objeto de la queja estaba en vías de solución, por lo que procedimos al archivo del expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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