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Conseguimos mejorar la coordinación entre el centro residencial y la familia del residente, afectado por Síndorme de Down

Queja número 15/5730

Conseguimos mejorar la coordinación entre el centro residencial y la familia del residente, afectado por Síndorme de Down.

La promotora de la queja denunciaba una mala o inadecuada atención en un centro de atención sociosanitaria para personas con discapacidad en Jaén. Señalaba que su hermano, con síndrome de Down, era usuario del centro, y presentaba con frecuencia heridas y hematomas, que el personal del centro achacaba a autolesiones o a lesiones producidas por otros residentes.

A su juicio, la vigilancia de los residentes, ya fuesen producidas las lesiones por otros residentes, ya fuesen autolesiones, no era la adecuada. Indicaba que había remitido diversos correos electrónicos al centro, así como que había mantenido una reunión con la Dirección, personal de psicología y de supervisión asistencial, sin que se hubieran adoptado las medidas adecuadas para que cesara esta situación.

Admitida la queja a trámite se solicitó informe al Área de Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaén. Del informe recibido destacaba que existía un conocimiento detallado de la situación del hermano de la promotora de la queja, así como que se había venido interviniendo tanto con él como con su familia, para la mejora de las condiciones en la convivencia en el centro.

Destacaban algunas de las cuestiones que se señalaban en el citado informe, emitido por la Directora de los Centros Asistenciales de la Diputación:

El residente (...) tiene diagnóstico de (...).

En el referido expediente individual de este residente, en el mismo consta, problemas de conducta tales como:

- Comportamiento autolesivo o daño a si mismo: (…).

- Heteroagresividad o daño a otros. (...).

- Destrucción de objetos: Intencionalmente rompe, estropea o destruye cosas.

Conductas que están registradas en un amplio historial de seguimientos recogidos en el sistema informático Resiplús para la coordinación interprofesional. (…).

Respecto al hecho denunciado (…) se mantuvo una reunión con Dª. ..., para aclarar los hechos.

(...)

En aquella reunión se trasmitió las numerosas y variadas incidencias que había mostrado ... en los tres últimos meses, cuarenta manifestaciones conductuales que demuestran la magnitud del problema y la forma de abordarlas por parte del equipo interdisciplinar. (...).

Le recordamos que las medidas de contención se habían prescrito dentro de la valoración de la doctora (...) y se estaba valorando la derivación a un Centro Especial de Modificación de Conducta, en el futuro, si las intervenciones conductuales no mejoraban su comportamiento agresivo.

(...).

Desde que se mantuviera la reunión mencionada el día 27 de noviembre de 2015, por lesiones a su hermano, hasta la fecha de emisión del presente informe, hemos constatado que han disminuido las incidencias. Registrándose siete incidencias, (...). Siendo todo ello resultado de un trabajo interdisciplinar y de la supervisión de su conducta.

(...)

la familia (concretamente ...) sí está participando en las reuniones del Programa de Orientación Multifamiliar, iniciativa que valoramos muy positiva, concretamente lo ha hecho en cuatro sesiones, desde que se iniciara el programa y sólo ha dejado de asistir a la última, realizada el pasado día 20 de enero del presente año.

(...)

El residente ha sido objeto de sesiones clínicas que podemos documentar. (...). De la misma forma, podemos aportar respuesta del centro a las reclamaciones interpuestas por la familia y otros informes de profesionales externos (psiquiatría), al objeto de poder clarificar la situación de este residente y de la forma histórica de relación de esta familia con la institución.

(...)”.

El informe emitido por la Diputación Provincial de Jaén fue remitido por esta Institución a la interesada, la cual no manifestó una objeción expresa al contenido del mismo, si bien nos indicó que “observo que los fines de semana al parecer existe más episodios de agresiones. Concretamente las heridas de noviembre fueron el domingo día 15 de 2015. Seria conveniente estudiar si influye estos factores como festivos y fines de semana y periodos estivales. Por variar atención profesional”.

Ante tal afirmación, esta Institución en virtud del artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formuló Sugerencia al Área de Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaén, en el sentido de que se adoptasen las medidas pertinentes que permitieran corroborar que en los períodos en los que varía la atención profesional al hermano de la promotora en el Centro Residencial aumentaban los episodios de agresividad procediendo, en caso de verificarse esta situación, a adoptar las medidas que estimase oportunas para mejorar la atención del mismo.

A la vista de la respuesta emitida observamos que la Administración había aceptado expresamente la resolución, estaba realizando un seguimiento continuado de la situación de su hermano en el centro residencial y adoptando las medidas adecuadas para reducir los episodios denunciados.

Además en el informe se proponían pautas de trabajo conjunto entre la familia y el centro, que debían también redundar en el bienestar de su hermano.

Consideramos por tanto que el asunto que se nos encomendó había experimentado una significativa mejoría y, además, se estaban adoptando medidas para que no se reprodujeran los problemas existentes, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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