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"Caracolas" en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de los de Sanlúcar la Mayor. ¿Para cuándo la nueva sede?

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/1997 dirigida a Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Dotan a la sede judicial para el Juzgado Mixto nº 5 de Sanlúcar la Mayor.

22-04-2019  APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha venido desarrollando una larga trayectoria de atención ante la situación general del funcionamiento de los órganos judiciales al igual que sobre sus instalaciones, sedes y medios materiales.

Según informaciones ofrecidas por varios colectivos profesionales relacionados con la Justicia varios medios de comunicación, el nuevo el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de los de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) no dispone de la sede necesaria a pesar de estar prevista para su inauguración a partir de creación en Noviembre de 2018 de este nuevo órgano judicial, tantos años demandado.

Según se indica, ante esta carencia de sede se han habilitado unos módulos portátiles a modo de “caracolas” que presentan las insuficiencias características de estos estos elementos manifiestamente inadecuados para las funciones de sede judicial. A ello se le suma la falta mobiliario, espacios de estancia y trabajo y, en general, una carencia de idoneidad de dicha medida improvisada.

Más allá de la exactitud de las manifestaciones recogidas en algún medio, nos preocupan otras opiniones ofrecidas desde representantes sindicales, de la abogacía y la propia Fiscalía que expresan la incidencia en las condiciones de seguridad e higiene que afectan a los usuarios que prestan sus servicios, o a personas que acuden a estas dependencias. En esas informaciones se afirma la supuesta persistencia en el tiempo de este estado provisional e insatisfactorio de ubicación de la sede judicial.

Recientemente la propia Corporación Municipal se ha posicionado formalmente en contra de estas medidas provisionales para la sede judicial, alegando su disposición a ofrecer terrenos para la creación de una sede unificada y adaptada a las actuales necesidades del servicio.

Esta Institución considera oportuno conocer las medidas de respuesta y organizativas en el ámbito de las competencias de ordenación y gestión de medios materiales y personales de la Administración de Justicia que tiene atribuida la Junta de Andalucía, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Autonomía de Andalucía sobre la garantía de calidad de los servicios de la Administración de Justicia.

Es por ello que se viene a proponer, conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 10 de nuestra Ley reguladora, iniciar actuación de oficio y, en el marco de las competencias atribuidas a esa Consejería en materia de Justicia, procede solicitar informe sobre la realidad del problema expuesto y sus posibles soluciones, al objeto de poder también dar cuenta a la ciudadanía y a los operadores jurídicos. En concreto interesa conocer:

  • la evaluación de las causas de la ausencia de sede para el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de los de Sanlúcar la Mayor (Sevilla).

  • las consecuencias que haya podido provocar en las funciones de este nuevo órgano judicial.

  • la evaluación del impacto que este incidente ha provocado en los actos y servicios que que se hubieran visto aplazados o suspendidos y las medidas de corrección que se hayan adoptado.

  • las acciones de reforma que se hubieran adoptado y, en suma, el calendario de medidas correctoras que se haya dispuesto.

  • proyectos para abordar una futura sede unificada de los órganos judiciales de la localidad.

25-02-2020 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

En respuesta a su escrito sobre la queja de referencia, relativa a la situación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), y previa solicitud de información al órgano directivo competente en la materia, la dirección General de Infraestructuras Judiciales y Sistemas, le informo lo siguiente:

- Evaluación de las causas de la ausencia de sede para el juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº5 de los de Sanlúcar la Mayor (Sevilla).

Con fecha 16 de octubre de 2017 se publicó el Real Decreto 902/2017, de 13 de octubre, de creación de noventa y tres juzgados y plazas judiciales, que tenia por objeto, entre otros, concretar y adecuar la planta judicial a las necesidades judiciales existentes, mediante la creación y constitución de setenta y siete nuevos juzgados, entre ellos el juzgado de Primera Instancia e instrucción n°5 en el Partido Judicial de Sanlúcar la Mayor.

En ese momento el Partido Judicial de Sanlúcar la Mayor se componía de cuatro Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, con los usos complementarios que estos conllevan (salas de vistas, archivos, etc...), ubicados en un edificio en la C/ Duque de Lerma, 8, en régimen de arrendamiento, al no existir en la localidad disponibilidad de edificio propiedad de la Junta de Andalucía. Este edificio se alquiló como sede judicial en el año 2008 para albergar tres Juzgados de Primera instancia e instrucción y sus usos complementarios.

A finales del año 2009 se amplió la planta del Partido Judicial de Sanlúcar la Mayor con un nuevo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, el n.º 4, el cual fue alojado en esta misma sede, teniendo que reubicarse el archivo existente en otro local anexo al edificio que se adecuó para este uso. A partir de entonces, el edificio quedo completo y con problemas de espacio, no solo para archivo, sino también para otros usos complementarios.

Por esta razón, el Juzgado de Primera Instancia e instrucción n.°5 no tenia cabida en dicho edificio, lo que hizo necesario plantear una actuación que permitiera resolver esta situación, mediante el alquiler de un local en el que se instalarla el nuevo Juzgado y al que se trasladarían uno de los juzgados ya existentes y el Registro Civil (ubicados en la sede actual), lo que permitiría a su vez mejorar las condiciones de esta.

Los trámites necesarios para contratar el alquiler de un nuevo edificio, que se llevo a cabo mediante licitación abierta, se dilataron en el tiempo de tal manera que se previo que en la fecha prevista para la entrada en funcionamiento del nuevo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.°5, no estaría disponible el nuevo local. Además, el inmueble que resultó de Ia adjudicación requería obras de adecuación para el uso judicial. Por ello, desde los servicios periféricos de esta Consejería en Sevilla se propuso la instalación de unos módulos prefabricados de gama alta (es decir, con los acabados e instalaciones necesarios para desarrollar el uso al que iban a ser destinados de forma adecuada) en régimen de alquiler y de uso temporal hasta que culminaran las obras del nuevo edificio arrendado. Estos módulos se instalaron con anterioridad a la fecha de entrada en funcionamiento del nuevo juzgado, por lo que el día previsto para ello, el nuevo juzgado inició su actividad en estas instalaciones provisionales.

Actualmente las obras de reforma del nuevo edificio se han culminado, estando a la espera de la concesión de licencia de primera ocupación y del alta de los suministros correspondientes. Una vez se tengan estos servicios, se procederá al traslado de los dos juzgados que ocuparán esta nueva Sede.

- Consecuencias que haya podido provocar en las funciones de este nuevo órgano judicial.

En la Dirección General de Infraestructuras Judiciales y Sistemas no se tiene constancia de consecuencias negativas debido a Ia Instalación provisional del juzgado Primera Instancia e Instrucción n° 5 en su ubicación actual. Tampoco se tiene constancia de ello en la Delegación Territorial de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local en SeviIIa.

- Evaluación del impacto que este incidente ha provocado en los actos y servicios que se hubieran visto aplazados o suspendidos y las medidas de corrección que se hayan adoptado.

En la Dirección General de Infraestructuras Judiciales y Sistemas no se tiene constancia de que ningún acto o servicio se haya visto aplazado o suspendido a consecuencia de la instalación provisional del juzgado Primera Instancia e Instrucción n° 5 en su ubicación actual. Tampoco se tiene constancia de ello en la Delegación Territorial de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local en Sevilla.

- Acciones de reforma que se hubieran adoptado y, en suma, el calendario de medidas correctoras que se haya dispuesto.

Como se ha mencionado anteriormente, la ubicación del juzgado Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Sanlúcar Ia Mayor es provisional hasta que finalicen las actuaciones que se iniciaron en 2017 para el arrendamiento y adecuación del inmueble donde se ubicarán dos juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Las obras de reforma del nuevo edificio se han culminado, estando a la espera de Ia concesión de licencia de primera ocupación con Ia que se podrá solicitar el alta de los suministros correspondientes. Una vez se tengan estos servicios contratados, se procederá al traslado de los dos juzgados que ocuparán esta nueva Sede.

- Proyectos para abordar una futura sede unificada de los órganos judiciales de la localidad.

Actualmente no hay previsión de construir una nueva sede judicial en Sanlúcar Ia Mayor por carecer de suelo para ello. Tampoco el Ayuntamiento ha cedido formalmente suelo para una nueva sede judicial. De ahí la necesidad de arrendar un inmueble. El motivo de que en Sanlúcar Ia Mayor existan dos sedes judiciales no es otro que la inexistencia en el núcleo urbano de inmuebles con el tamaño necesario para unificar todos los órganos y servicios de la Administración de Justicia en una única sede.

Por tanto y, hasta disponer de suelo adecuado para construir un edificio de nueva planta, no existe proyecto alguno para abordar una futura sede unificada de los órganos judiciales de la localidad.

Tras la recepción del informe transcrito procedimos a contactar telefónicamente con el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Sanlucar la Mayor, con objeto de conocer la situación de las instalaciones del Juzgado. Siendo atendidos por un funcionaria, quien nos comunicó que si bien oficialmente no tenían noticias en cuanto a la fecha en que se produciría su traslado a las nuevas instalaciones, oficiosamente por los sindicatos han sido informados de que en el mes de octubre se produciría el traslado de los Juzgados nº1 y 3 a las nuevas instalaciones, ocupando los nº 4 y 5 las que dejen éstos.

Paso un tiempo prudencial, recientemente hemos vuelto a contactar con uno de los órganos judiciales de los de Sanlucar la Mayor, al objeto de conocer la situación actual sobre la ubicación de los distintos juzgados.

Así, se nos informa por el funcionario que atiende nuestra llamada telefónica, que el traslado de los juzgados se produjo el pasado día 12 de diciembre de 2019, quedando ubicados los Juzgados números 1 y 3 en la nueva sede, y los Juzgados números 2, 4 y 5 en la antigua sede judicial.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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