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Analizarán su reclamación de minuta de abogado al Ayuntamiento en su condición de funcionario

Queja número 19/6220

En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente a reclamación de minuta de abogado al Ayuntamiento en su condición de funcionario, el Ayuntamiento de Benalmádena nos traslada la siguiente información:

En relación al asunto de referencia, la Sección de Recursos Humanos ha emitido informe con fecha 27/02/2020 en el que se hacen constar los siguientes antecedentes:

1.- Escrito de fecha 13/02/2014 con Registro de Entrada 4121 presentado por el Sr. (...) solicitando el abono de la Minuta de Honorarios nº 3/2014 de 12/02/2014 del Letrado (...), por un importe de 5.808,00 €, por las Diligencias Previas nº 3098/07 y nº 1751/2007 (posteriormente acumuladas a las anteriores) del Juzgado de Instrucción nº 2 de Torremolinos y por las Diligencias Previas nº 2653/05 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Torremolinos.

2.- Escrito de fecha 03/05/2016 con Registro de Entrada nº 10142 presentado por el Sr. (…) en el que pone de manifiesto que está pendiente de cobro la minuta nº 3/2014 del Letrado D. (...) de 12/02/2014 por asesoramiento en un procedimiento penal y solicita el abono de la factura de defensa jurídica correspondiente a DP 3098/07, DP 1751/07 y DP 2653/05 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Torremolinos por un importe de 4.800,00 € más IVA, al haberse decretado el sobreseimiento y archivo de la causa por resolución firmes por Auto de 9 de abril de 2012.

3.- Requerimiento de 08/09/2016 para que el interesado aporte el Auto de Sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones dictado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Torremolinos en los Expedientes Diligencias Previas nº 3098/07, DP nº 1751/2007 y DP nº 2653/05.

4.- Escrito de contestación al requerimiento de 16/09/2016 en el que D. (...) aporta únicamente Auto de 09/04/2012 de Sobreseimiento provisional y archivo de las Diligencias Previas nº 3098/07.

5.- Escrito presentado por el Sr. (...) el 18/10/2016 comunicando requerimiento judicial en juicio monitorio instado por D. (...) para unir al expediente de reclamación de gastos de defensa jurídica.

6.- Informe de fecha 05 de enero de 2015 de la Asesoría Jurídica sobre la Minuta de Honorarios nº 3/2014 de 12/02/2014 del Letrado (...), relativo al procedimiento D.P. 3098/07, único que constaba en esa fecha como sobreseído y archivado.

7.- Oficio de la Sección de Personal recibido en la Asesoría Jurídica Municipal con fecha 13/09/2016 solicitando ampliación del Informe anterior. Sin contestación.

8.- Informe de 07 de julio de 2017 de la Asesoría Jurídica remitiendo antecedentes que no aclaran el asunto solicitado.

9.- Oficio de la Sección de Personal a la Asesoría Jurídica de 29/06/2017 solicitando información sobre Procedimientos DP 1751/07 y DP 2653/05 y valoración de la minuta aportada. Sin contestación.

10.- Informe emitido por la Sección de Personal de fecha 10/10/2017 en el que se considera como cantidad indemnizable la cantidad baremada por la Asesoría Jurídica Municipal con fecha 5 de enero de 2015 de 1.612 € (sin aplicar tributos ni retenciones), relativa al Procedimiento DP 3098/07.

11.- Informe de fiscalización previa de disconformidad emitido por la Intervención Municipal de fecha 13/11/2017 por falta de consignación presupuestaria.

12.- Escrito presentado por D. (...) con R.E. en este Ayuntamiento nº 31235 de fecha 10/11/2017 reiterando el pago de la minuta 3/2014 más las costas originadas en Ejecución de títulos judiciales nº 1242/17 incoado por D. (...) por impago de la citada minuta 3/2014.

13.- Escrito presentado por el interesado con R.E. en este Ayuntamiento nº 33983 de fecha 12/12/2017 en el que recusa al Asesor Jurídico Municipal por Enemistad Manifiesta.

14- Escrito presentado por el interesado con R.E. en este Ayuntamiento nº 33984 de fecha 12/12/2017 mediante el que aporta Auto de 27-05-2013 acordando el sobreseimiento provisional y archivo de las D.P. 2653/2005 así como justificante de pago de la minuta 3/2014 por importe de 5808,00 € con fecha 29/11/2017 a D. (...).

15.- Escrito presentado por el interesado con R.E. en este Ayuntamiento nº 8396 de fecha 19/03/2018 relativo a la supresión de baremos orientativos de honorarios.

16.- Oficio de la Sección de Personal de 15/10/2018 a la Asesoría Jurídica remitiendo copia del expediente y solicitando se pronuncie sobre los escritos anteriores. Sin contestación.

17.- Escrito de 20/12/2018 de la Asesoría Jurídica devolviendo expediente y exponiendo haber recibido instrucciones de la Alcaldía-Presidencia para recabar informe a los Asesores Externos.

18.- Escrito presentado por el interesado con fecha 10/06/2019 bajo el nº de anotación 201907340 solicitando resolución expresa a su petición.

19.- Correo Electrónico de fecha 30 de enero de 2020 de la Asesoría Jurídica Municipal remitiendo el Informe de la Asesoría Jurídica Externa emitido en el expediente de referencia y procediendo a baremar la minuta objeto de reclamación aplicando el baremo del Colegio de Abogados de Málaga.

A la vista de los antecedentes obrantes en el expediente, por la Sección de Recursos Humanos se va a proceder a analizar la nueva documentación aportada por el interesado y el contenido del Informe emitido por la Asesoría Externa recibido con fecha 30 de enero de 2020, y elevar la propuesta de resolución al Concejal Delegado de Personal, previa existencia de la consignación presupuestaria necesaria para hacer efectivo al interesado el abono de los gastos de defensa jurídica que procedan”.

Tras un detenido estudio de dicha información, le comunicamos que, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por el referido Ayuntamiento a su escrito de fecha 12 de diciembre de 2013, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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