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Actúan para la correcta aplicación de los procedimientos en las urgencias de atención primaria del Centro de Salud de Olula del Río

Queja número 18/2386

Las presentes actuaciones se iniciaron por la queja que interponía el promotor de la misma quien exponía que tras haber precisado asistencia urgente en dos días consecutivos en el centro de salud de Olula del Río por un fuerte dolor en el pecho, garganta y mandíbula, se le había suministrado Nolotil, restando importancia al episodio y a la preocupación manifestada por el mismo acerca de la posibilidad de tratarse de un infarto.

En esta tesitura, narraba que por suerte el médico de su empresa, tras escuchar los síntomas, activó el protocolo de infarto y tras la práctica de un electro fue enviado al hospital de Huércal Overa donde le atendieron y pudo regresar y estar ya en su casa con un stent puesto.

Tras la sustanciación de la queja y recepción del informe administrativo del Área de Gestión Sanitaria Norte de Almería, se consideró oportuno formular una resolución en la que se contenía la siguiente recomendación:

“Que se revise la correcta aplicación y seguimiento en las urgencias de atención primaria del Centro de Salud de Olula del Río de los procesos asistenciales y en particular el relativo al manejo de pacientes con síndrome agudo coronario sin elevación del segmento ST y, en su caso, se revise la definición de los síntomas equivalentes que no van asociados a un claro dolor torácico, a fin de vislumbrar si puede existir un espacio que no permita la atención médica apropiada y derivación de enfermos con esta patología.”

En respuesta a nuestra Recomendación se nos explican que en el Hospital Comarcal La Inmaculada y el Distrito de Atención Primaria Levante Alto-Almanzora, tiene protocolizado en ARQUITECTURA NIVEL IV: EL PROCESO ASISTENCIAL DOLOR TORÁCICO y que de su contenido se desprende que se da cumplimiento a la Recomendación formulada por esta Defensoría, dándonos traslado del mismo, puesto que se incluye expresamente el proceso asistencial y en particular el relativo al manejo de pacientes con síndrome agudo coronario sin elevación del segmento ST.

No obstante, informan, que lamentado la queja interpuesta por el paciente y los motivos en los que fundamenta la misma han procedido a realizar las siguientes actuaciones:

- Revisión del Proceso Asistencial dolor torácico

- Traslado de la Reclamación al Director dela Unidad de Olula del Río

- Reunión con profesionales, teniendo presente los de nueva incorporación los procesos asistenciales, importancia y debate sobre los mismos.

A la vista de ello, entendemos que dan cumplimiento a nuestra Recomendación, procediendo al cierre de las presentes actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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