Queja número 22/4934
Se ha recibido comunicación en nuestra Institución a la Recomendación (Ver Resolución completa) que desde esta Defensoría remitimos a esa Diputación en el marco de la tramitación del expediente de queja de oficio, registrado con el número de referencia arriba indicado, en el que se analizaban los criterios y plazos para la elaboración y emisión de los informes de inserción social de la población migrante en los municipios de su provincia.
En nuestro escrito formulamos las siguientes recomendaciones y sugerencia:
“RECOMENDACIÓN 1: Que, en cumplimiento de la normativa de aplicación referida, los informes sean emitidos y notificados a los interesados en un plazo de treinta días desde la fecha de solicitud, adoptando para ello las medidas necesarias para que se cuente con el personal necesario para que en los municipios que así lo requieran, se puedan emitir los informes en el plazo indicado.
RECOMENDACIÓN 2: Que se proceda a la elaboración del informe de inserción a los vecinos extranjeros que lo soliciten de acuerdo a lo establecido tanto en
la normativa de aplicación como en las instrucciones elaboradas al efecto por la Secretaría General de Inmigración y Emigración, evitando la exigencia a los solicitantes de requisitos distintos a los establecidos legalmente como el de aportar antecedentes penales que los interesados deben aportar en la Oficina de Extranjero competente o una carencia en el padrón.
RECOMENDACIÓN 3: Que para la valoración de la integración de las personas migrantes en cumplimiento de la Instrucción DGI/SGRJ/3/2011, en los informes de inserción social se recoja el “sentido favorable o desfavorable del informe en base a la ponderación de los aspectos señalados en el art. 124.2.c) del Reglamento de la Ley Orgánica” que son los medios económicos con los que cuente, vínculos familiares con residente en España y esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales.
SUGERENCIA 1: Para que se traslade a los ayuntamientos que se tiene constancia que no cumplen con la normativa de referencia, las recomendaciones de la presente resolución, y en su caso, se aloje en su página web los criterios fijados”.
Según recogen en su informe, aceptan nuestras recomendaciones y en cumplimiento de las mismas, a través de su Área de Servicios Sociales, Familia y Dependencia han trasladado a los ayuntamientos citados en nuestra resolución el contenido de nuestras recomendaciones para que éstas sean tenidas en cuenta damos por concluidas nuestras gestiones y procedemos al cierre de este expediente de queja.
Esta gestión favorece la integración de la población migrante contribuyendo tanto al cumplimiento de los ODS de la Agenda 2030 como a la creación de sociedades inclusivas, por lo que agradeciendo su colaboración damos por concluidas nuestras actuaciones en este expediente de queja con respecto a esa Diputación y procedemos a su cierre.





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