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Aceptan la insuficiencia del servicio en las bibliotecas municipales de Córdoba y toman medidas

Queja número 25/5893

La presente queja fue tramitada por el Defensor del Pueblo Andaluz, a fin de analizar las circunstancias expresadas acerca de determinadas restricciones en las jornadas, horarios y servicios ofrecidos por las bibliotecas municipales de Córdoba.

Para analizar la cuestión, el ayuntamiento cordobés remitió informe con fecha 3 de octubre de 2025:

MARCO NORMATIVO

El vigente Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía aprobado por Decreto 230/1999, de 15 de noviembre, regula los niveles de servicio de las bibliotecas de uso público en función del tamaño de la población a la que atienden. En su artículo 24 se prevé que “La Consejería de Cultura elaborará normas específicas de manera que los servicios bibliotecarios queden suficientemente atendidos en los siguientes casos: a) Municipios de más de 250.000 habitantes”. Este sería el caso del municipio de Córdoba, no obstante, a día de hoy, esas normas específicas no se han llegado a publicar, por lo que hay que estar a lo dispuesto en el artículo 22: “Las entidades de población de más de 20.000 habitantes deberán contar con una Biblioteca Central y una sucursal por cada 20.000 habitantes más o fracción, constituyéndose para su funcionamiento en una red local. A cada una de las bibliotecas sucursales se les aplicarán los requisitos mínimos expuestos en los artículos anteriores, en función del número de habitantes atendidos.” Corresponde, por tanto, aplicar a cada una de las bibliotecas integradas en la Red Municipal de Bibliotecas de Córdoba (RMBCo) los niveles de servicio fijados para bibliotecas que atienden a poblaciones de hasta 20.000 habitantes (artículo 21) que en lo que se refiere a horario de atención al público establece 35 horas semanales, con un mínimo de 4 horas diarias de apertura en horario de tarde.

HORARIOS DE LA BIBLIOTECAS MUNICIPALES

El horario de atención al público es igual para todas las bibliotecas sucursales de la RMBCo: un horario ordinario de 24 horas semanales, de las cuales 20 son en horario de tarde y 4 en horario de mañana. Este horario ordinario, cambia en los periodos de Semana Santa, Feria, verano y Navidad, en los que pasa a ser de 25 horas semanales, todas ellas en horario de mañana. Los días de la semana en que se presta servicio son de lunes a viernes.

Con la excepción de la Biblioteca Poniente Sur, que por su elevado número de usuarios y denso programa de actividades culturales tiene 2 trabajadoras asignadas, las bibliotecas sucursales de la RMBCo están atendidas por una sola persona, auxiliar o ayudante de biblioteca, que además de atender al público en horario de apertura ha de realizar otras tareas a puerta cerrada necesarias para el funcionamiento de la biblioteca y que no pueden realizarse mientras se atiende al público.

Por otra parte, al disponer la biblioteca de una sola persona trabajadora asignada, las bajas y permisos reglamentarios de ésta han de ser cubiertos por personal de la Biblioteca Central, lo que no siempre es posible, pues hay ocasiones en las que el número de bajas añadido al de permisos programados impide que puedan atenderse todas las bibliotecas de la Red.

La Biblioteca Central, por su parte, tiene un horario ordinario de apertura de 12 horas diarias (60 horas semanales) en horario de 9 a 21 h, de lunes a viernes, durante todo el año, incluidos los meses de verano.

CONCLUSIONES Y PREVISIONES

Con el número de personal disponible actualmente no es posible alcanzar el horario mínimo que establece el Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía. No obstante, se está trabajando en el refuerzo de la plantilla: ya se encuentran en Oferta Pública de Empleo las convocatorias para la cobertura de plazas de 1 Técnico/a de Biblioteca (Grupo A2) y 7 de Ayudante de Biblioteca (Grupo C1), todas previstas para cubrir por promoción interna”.

Tras analizar el informe emitido, hemos de recordar que esta cuestión ya fue motivo de análisis con motivo de otra queja, cuya tramitación llevó a formular Resolución con fecha 8 de abril de 2025 ante el Ayuntamiento de Córdoba:

RECOMENDACIÓN para disponer una plan de medidas de ordenación del servicio de bibliotecas de gestión municipal, garantizando el régimen de jornadas y horarios fijados por la normativa, así como disponer la cartera de servicios que cada biblioteca debe ofrecer a la ciudadanía".

Con fecha 8 de julio de 2025, la asesoría jurídica del ayuntamiento respondió al Defensor del Pueblo Andaluz, conforme señala el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, indicando:

En relación con escrito del Defensor del Pueblo Andaluz relativa a Horarios de apertura de la Biblioteca de Levante en Córdoba, en el que se incluía informe del Departamento de Bibliotecas del Ayuntamiento de Córdoba; aludiendo a que la falta de personal no permitía el cumplimiento de horarios de atención al público establecidos reglamentariamente y a que tampoco se puede garantizar su apertura todos los días laborables de lunes a viernes.

A este respecto le comunico, en lo que compete a la dotación de medios personal de la Dirección General de Recursos Humanos y Salud Laboral, integrada en la Delegación de Recursos Humanos y Salud Laboral, le informo que en la actualidad se encuentran en proceso de aprobación la bases de una convocatoria en turno de promoción interna de 7 plazas de Ayudante de Biblioteca correspondientes a las ofertas de empleo públicas de los años 2023 y 2024.

Asimismo se encuentra pendiente de aprobar la oferta de empleo público de 2025 en la que se incluyen 4 plazas de Auxiliar de Biblioteca, por lo que entre lo que resta del presente año y el próximo 2026 se dotará al Departamento de Bibliotecas con 7 Ayudantes de Biblioteca en turno de promoción interna y 4 Auxiliares de Biblioteca en turno libre, con lo que se podría llegar a la dotación de 7 ayudantes de biblioteca y 11 Auxiliares de Biblioteca (4 de la oferta de 2025 y 7 vacantes más producidas por los Auxiliares de Biblioteca que promocionarían a Ayudantes de Biblioteca); llegando por tanto a dotarse con 18 plazas que paliarían la falta de personal que existe en la actualidad”.

La queja que ahora analizamos, expone la intención de gestionar una “Oferta Pública de Empleo las convocatorias para la cobertura de plazas de 1 Técnico/a de Biblioteca (Grupo A2) y 7 de Ayudante de Biblioteca (Grupo C1), todas previstas para cubrir por promoción interna”.

La información ofrecida ahora viene a ratificar un proceso paulatino de ausencia de recursos de personal en estos destinos que se ha ido prolongando en el tiempo y que exigen una decidida reposición y refuerzo del personal, ya que el ayuntamiento confirma que “Con el número de personal disponible actualmente no es posible alcanzar el horario mínimo que establece el Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía”.

En resumen, en estos dos años se dispone a “dotarse con 18 plazas que paliarían la falta de personal que existe en la actualidad”. Con todo, valoramos este ejercicio de refuerzo de los recursos humanos adscritos y, por tanto, hemos de insistir en la necesidad de impulsar un cambio en la situación que fue motivo de análisis a través de la tramitación de las recientes quejas aludidas.

Contando ya con el pronunciamiento emitido por el Defensor del Pueblo Andaluz el pasado 8 de abril de 2025 —en el que nos ratificamos— esperamos que ese proceso de refuerzo de personal concluya a la mayor brevedad posible permitiendo que ese municipio ofrezca el servicio de biblioteca definido legalmente.

Y así, procedemos a concluir nuestra actuaciones desplegadas en el expediente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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