Son muy frecuentes los contactos que tenemos con las Administraciones Públicas de Andalucía (Consejerías, Ayuntamientos, Diputaciones, Mancomunidades, Hospitales, Colegios, empresas públicas, agencias, etc.)
Por ejemplo, cada vez que vamos a un ambulatorio; cuando llevamos a nuestros hijos e hijas al colegio; cuando pagamos impuestos; cuando presentamos denuncias; cuando solicitamos licencias; cuando pedimos una subvención; cuando nos ponen una multa de tráfico; cuando vamos a un polideportivo..., estamos relacionándonos con las Administraciones Públicas.
En ocasiones, la actuación que llevan a cabo estas Administraciones Públicas no es correcta y puede suponer un menoscabo para nuestros derechos o libertades.
En estos supuestos es posible presentar una queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz para que analice si la Administración Pública ha actuado correctamente y, en el caso en que detectase alguna irregularidad, que le diga a esa Administración que debe rectificar.
Al margen de lo anterior, el Defensor del Pueblo Andaluz puede abrir quejas de oficio, es decir, por iniciativa propia.
Actúa así cuando, a pesar de no haber recibido quejas de ciudadanos o ciudadanas, tenga indicios de que haya lesión o puesta en peligro de los derechos y de las libertades de las personas.
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