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Nos interesamos sobre la problemática que afecta a la espera para la intervención de la obesidad mórbida

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 18/6003 dirigida a Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud, Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Toman medidas para hacer frente a la lista de espera para operaciones por obesidad mórbida.

15-10-2018 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Con ocasión de la queja de oficio que tramitamos en relación con los tiempos de respuesta asistencial para intervenciones quirúrgicas no sometidas a garantía de plazo de respuesta (queja 14/3235), recibimos un informe de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del SAS con los tiempos medios de respuesta para los 25 procedimientos más frecuentes, dentro de los cuales el plazo más elevado correspondía a la cirugía bariátrica (1029 días).

Por nuestra parte en dicho expediente dirigimos una resolución a la Administración sanitaria para que, entre otras medidas, elaborara un plan específico para la práctica de intervenciones de cirugía bariátrica en pacientes afectados de obesidad mórbida, que posibilitara una reducción sustancial del tiempo medio de respuesta en estos casos.

Desde el Servicio Andaluz de Salud se nos dio cuenta de una iniciativa de abordaje integral de la obesidad mórbida, para lo cual se iba a constituir un grupo de expertos destinado a revisar la situación y establecer nuevos modelos organizativos para su atención, que resultaran más eficientes.

Desde que recibimos esta respuesta no hemos vuelto a tener conocimiento de esta iniciativa, pero las quejas se suceden, por lo que en la planificación de la actividad de la Institución para este ejercicio de 2018 nos planteamos iniciar una actuación de oficio para conocer de manera global la problemática que afecta a la espera para la intervención de obesidad mórbida en el marco del sistema sanitario público de Andalucía, y así lo anunciamos en la comparecencia del titular de esta Institución en el marco de la tramitación parlamentaria de la Ley para la promoción de la vida saludable y una alimentación equilibrada en Andalucía.

Aun cuando dicho proyecto normativo aún no ha culminado su itinerario parlamentario, dicha iniciativa habla por sí sola de la magnitud que el problema de la obesidad alcanza en la actualidad, tal y como reflejan los datos de prevalencia que se recogen en su Exposición de Motivos, la cual también relaciona las distintas actuaciones que se han adoptado para combatirlo en los ámbitos internacional, europeo y estatal.

La experiencia de esta Institución en relación con las dificultades que jalonan el acceso a la cirugía bariátrica en el sistema sanitario público de Andalucía es dilatada.

Y es que con cierta frecuencia hemos podido acceder al proceso que lleva a la inclusión de los pacientes afectados de obesidad mórbida en lista de espera quirúrgica, que se traduce en un camino no exento de obstáculos, que además implica un período de tiempo considerable, pues se suceden las evaluaciones por distintos especialistas, incluidos los de salud mental, por medio de las cuales se trata de comprobar la asunción por los pacientes de una serie de pautas que puedan asegurar el éxito de la intervención, incluyendo la exigencia de una pérdida de peso objetivable con carácter previo a la misma.

Sin discutir la idoneidad del proceso, lo cierto es que nos gana la impresión de que el mismo no responde a criterios uniformes en todos los centros, algunos de los cuales se han dotado de sus propios protocolos, en los que a veces se incluyen comisiones que son las que en definitiva deciden sobre la indicación quirúrgica y determinan las circunstancias que van a marcar el orden de prioridad a la hora de la práctica quirúrgica.

A lo anterior se añade que la programación de quirófanos para este tipo de cirugía es bastante limitada, y que tras el dilatado proceso de evaluaciones que conduce a la cirugía, los pacientes tienen que aguardar un tiempo no menos elevado para someterse a la misma, sobrellevando mientras tanto la sintomatología que produce la comorbilidad asociada a la obesidad, que en ocasiones reviste carácter de gravedad.

La afectación de la salud física y mental de los pacientes que esperan esta intervención no resulta nada desdeñable, pues habitualmente se unen problemas óseos y circulatorios que en muchas ocasiones les impiden caminar, diabetes, hipertensión, dificultades respiratorias,...que ni siquiera alcanzan a paliarse con la medicación recibida, pues el único remedio para estos casos es la pérdida de peso. Ciertamente se nos habla de la consideración por parte de las unidades especializadas que los tratan, de todos estos aspectos en orden a determinar un orden de prioridad clínica, pero desde esta Institución hemos podido comprobar cómo pacientes con indicación quirúrgica preferente han estado aguardando más de tres años para ser operados.

A tenor de lo expuesto y con el objeto de interesarnos globalmente por esta problemática, hemos decidido incoar un expediente de queja de oficio, haciendo uso de la habilitación que a estos efectos nos confiere el art. 10.1 de la Ley 9/83, de 1 de diciembre, reguladora de la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, y solicitar el informe previsto en el art. 18.1 de aquella, a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud.

22-03-2019 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Este expediente se inició de oficio por el Defensor del Pueblo Andaluz para investigar sobre la problemática que afecta a la espera para la intervención de la obesidad mórbida en el marco del sistema sanitario público de Andalucía.

En el curso de la investigación, esta Institución formuló resolución ante la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud por la que recomendaba que se apruebe la Estrategia de Promoción de una Vida Saludable en Andalucía para dar un enfoque multidisciplinar a la obesidad mórbida, con su correspondientes objetivos estratégicos y operativos, actividades propuestas, e indicadores de evaluación y resultados y que en el contexto del grupo de trabajo, se valore la pertinencia de actualizar el Anexo I del Decreto 209/2001, de 18 de septiembre, para que los procedimientos quirúrgicos en el tratamiento de cirugía bariátrica se incluyan en el referido Decreto de garantía.

Asimismo, recomendaba que se identifique en los sistemas informáticos la atención sanitaria por obesidad mórbida, a fin de poder medir el volumen de personas afectadas y garantizar la continuidad asistencial médica.

También recomendaba que se publiciten las listas de espera para cada uno de los procedimientos quirúrgicos y se posibilite la consulta individual del estado de situación a través del dispositivo Salud Responde y de Clic Salud.

Recomendaba igualmente que se adopten medidas organizativas y asistenciales precisas, referidas fundamentalmente a la ampliación de los medios humanos y materiales para la satisfacción de la demanda, de tal manera que los ciudadanos disfruten del efectivo reconocimiento del derecho a la protección de la salud que establece el art. 43 de la Constitución, y en concreto, se acorte al menor tiempo posible la intervención médico quirúrgica. A estos efectos sería positivo analizar buenas practicas que tengan los centros hospitalarios con menor tiempo de espera quirúrgica.

Por último, recomendaba que se contemple especialmente el retraso que padecen los hospitales Reina Sofía de Córdoba, Virgen de la Victoria de Málaga y Virgen del Rocío de Sevilla.

Pues bien, en respuesta a nuestra Resolución se nos informa de lo siguiente:

Respecto a la Recomendación 1ª “Que se apruebe la Estrategia de Promoción de una Vida Saludable en Andalucía, para dar un enfoque multidisciplinar a la obesidad mórbida, con su correspondientes objetivos estratégicos y operativos, actividades propuestas, e indicadores de evaluación y resultados, y que en el contexto del grupo de trabajo, se valore la pertinencia de actualizar el Anexo I del Decreto 209/2001, de 18 de septiembre, para que los procedimiento quirúrgicos en el tratamiento de cirugía bariátrica se incluyan en el referido Decreto de garantía”, se informa que se en encuentra en fase de elaboración, puesto que a principios de 2020 se planificó la metodología de trabajo, que se ha visto enlentecida, a causa de la pandemia.

Manifiestan que hay un documento preliminar, con intervención de las Consejerías implicadas, que realiza un análisis de situación y diagnóstico, fruto del análisis de necesidades ya realizado en años anteriores, en el marco de la Ley para la promoción de la vida saludable y una alimentación equilibrada que decayó en la anterior legislatura.

Sostienen que en el segundo semestre de 2021 se realizará una análisis y actualización de la situación, con las aportaciones de los grupos de trabajos, y que se contará con un texto inicial para someter a consideración de los agentes económicos y sociales más representativos, que ha de culminar con la remisión de un documento final para su aprobación por Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo.

Nos indican que hay una serie de medidas paralelas que se vienen trabajando:

- Publicación, tras dos años, de la guía actualizada de recomendaciones sobre hábitos saludable en atención primaria e inicio de una estrategia de formación en cascada para llegar a todos los centros de salud.

- Publicación del portal web de promoción de salud “Mi Guía de Salud” con información sobre hábitos saludables.

- Proyecto de Decreto de medidas para garantizar la oferta alimentaria saludable y sostenible, en centros docentes, sanitarios y sociales y dependencias de las Administraciones Públicas de Andalucía.

- Recomendaciones para un afrontamiento saludable de la pandemia por la Covid.

En cuanto a la pertinencia de actualizar el Anexo I del Decreto 209/2001, de 18 de septiembre, para que los procedimientos quirúrgicos en el tratamiento de cirugía bariátrica se incluyan en el referido Decreto de garantía, nos indican que actualmente existe un compromiso de intervención de los pacientes no garantizados que superen los 365 días, que afecta a la personas pendientes de cirugía bariátrica.

Respecto a la Recomendación 2ª “Que se identifique en los sistemas informáticos la atención sanitaria por obesidad mórbida, a fin de poder medir el volumen de personas afectadas y garantizar la continuidad asistencial médica”, nos indican que el sistema que gestiona la Aplicación para la Gestión de la Demanda, de registro y lista de espera quirúrgica, identifica a los procedimientos quirúrgicos asociados al código CIE-9, 278.10 Obesidad Mórbida, y es posible conocer los tiempos de espera de cada uno de los mismos en los centros sanitarios autorizados del SSPA.

Respecto a la Recomendación 3ª “Que se publiciten las listas de espera para cada uno de los procedimientos quirúrgicos y se posibilite la consulta individual del estado de situación a través del dispositivo Salud Responde y de Clic Salud”, nos refieren que no es posible, a través de Clic Salud, que solo informa de los procedimientos garantizados por Decreto, y sostienen que en Salud Responde, tras la identificación de la persona usuaria, es posible acceder a dicha información.

Respecto a la Recomendación 4ª “Que se adopten medidas organizativas y asistenciales precisas, referidas fundamentalmente a la ampliación de los medios humanos y materiales para la satisfacción de la demanda, de tal manera que los ciudadanos disfruten del efectivo reconocimiento del derecho a la protección de la salud que establece el art. 43 de la Constitución, y en concreto, se acorten al menor tiempo posible la intervención médico quirúrgica”, nos informan que se han habilitado programas de actuación sobre los procedimientos con diagnóstico de obesidad mórbida que son:

- Programa de actividad extraordinaria mediante autoconcierto, con inicio en abril de 2019.

- Programa específico de concertación de emergencia, con entidades sanitarias del ámbito privado, desde mediados de 2020.

Sostienen que estas actuaciones han permitido, a pesar de la pandemia, que se haya podido paliar de alguna forma el número de pacientes en espera de intervención, siendo 8 hospitales los que han visto minoradas sus listas de espera, por efecto de estas medidas, y sin embargo, hay 5 que la han visto incrementada por la pandemia y otras causas (reformas de áreas quirúrgicas, falta de cetros sanitarios privados…).

Indican que no es posible evaluar en estos momentos las medidas y resultados, por la influencia que tiene en todo ello, el contexto pandémico.

Nos realizan un análisis comparado de datos de noviembre de 2028 a marzo de 2021 y reflejan que hay un número de 1062 pacientes, pendientes de intervención (programables y no programables),y refieren que el 89,08 % del volumen, se concentra en cuatro centros hospitalarios, Reina Sofía de Córdoba (29,46 %), Virgen de la Victoria de Málaga (13,73 %), San Cecilio de Granada (11,24 %) y Virgen del Rocío de Sevilla (36,64 %).

Respecto al tipo de intervención pendiente, hay tres procedimientos que engloban el 86,45 %: gastrectomía laparoscópica vertical (tubular) con 19,29 %; gastrectomía parcial abierta y otras con 26,34 % y gastrectomía parcial con anastomosis a yeyuno con 40,82 %.

Nos informan que los tiempos medios de espera por procedimiento y hospital a fecha de marzo de 2021, se sitúa en 657 días, y refieren unos tiempos superiores a los cuatro hospitales que acumulan mayor demanda. En esta tesitura, indican que los tiempos medios de 2018, se situaban en 879 días y se ha reducido la demora media en 222 días.

Igualmente, aludía a la suspensión de los plazos del tiempo de garantía, en el contexto de pandemia, y de las medidas que se habían implementado para no agravar la situación con aumento de quirófanos por la tarde, y las actividades extraordinarias de autoconcierto y concierto con la sanidad privada, que referían haberse implantado para todas las intervenciones.

Respecto a la Recomendación 5ª “Que se contemple especialmente el retraso que padecen los hospitales Reina Sofía de Córdoba, Virgen de la Victoria de Málaga y Virgen del Rocío de Sevilla”, no se hace alusión expresa, debiendo dar aquí por contenidas las medidas expuestas en la Recomendación 4ª.

Llegados a este punto, y de la lectura del informe administrativo, se puede inferir que hay un compromiso de aprobación inminente, con lo que en este aspecto entendemos que se acepta la Recomendación 1ª formulada por esta Defensoría, debiendo establecer las medidas evaluativas oportunas que permitan conocer el efecto de estas medidas, para lo que estaremos pendientes de la aprobación e implementación de la misma.

Respecto a las otras recomendaciones 2ª y 4ª, se nos ofrecen explicaciones y se exponen los datos actualizados, en un contexto de pandemia, que ha supuesto la adopción de medidas especiales.

Así, desde esta Institución, se han de poner en valor los esfuerzos realizados por los responsables y profesionales de los centros sanitarios, en un contexto inédito de prestación de la asistencia sanitaria y hemos de poner el acento en la necesidad de que estas medidas contribuyan a esbozar los cambios estructurales que se hacen precisos para mitigar la situación de persistente lista de espera que presentan algunos centros del sistema sanitario público de Andalucía.

A la vista de todo ello y considerando que hay un margen importante de mejora en este tipo de procedimiento, hemos decidido cerrar las actuaciones, quedando pendiente de la aprobación de la Estrategia y de los efectos que de su implementación se puedan derivar.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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