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El cobro de tasas de basura ha prescrito. Le devuelven los importes cobrados

Queja número 12/1694

Devolución de las cantidades indebidamente cobradas por tasa de basuras.

Una ciudadana se dirige a esta Institución y expone que es propietaria de un local que tiene alquilado. Ante la falta de pago del inquilino de la tasa de basura, obligación derivada del contrato, la Diputación Provincial decretó el embargo sobre cuentas corrientes de su hija, en concepto de tasa de basura del local de referencia, por el período 2002 a 2010.

Al no ser su hija la propieraria del local, formuló la oportuna reclamación solicitando la devolución de las cantidades indebidamente embargadas. Siendo estimada dicha reclamación.

De acuerdo con la legislación tributaria, las cantidades correspondiente al período 2002 a 2006 ambos inclusives, se encontrarían prescritas, por lo que con fecha 16/09/2011 procedío a liquidar únicamente el período 2007 a 2010.

No obstante, la Diputación Provincial de Granada seguía reclamando el período 2002 a 2006.

Tras solicitar informe a la Diputación Provincial de Granada, dicho organismo informa que se ha procedido a la devolución de la cantidad adeudada. 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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52 Comentarios

Sergio Carrasco (no verificado) | Febrero 21, 2016

En 2015 hice frente a unos recibos emitidos por diputación sobre la tasa de residuos. Otros que por falta de liquidez no pude hacer frente quedaron en pendiente y una vez publicada la resolución de TSJA opté por ignorarlos. En fechas del 2016 Volvió a pronuciarse el TSJA sobre el tema quedando zanjado que diputación no puede pasar al cobro ninguna cuota por ese concepto de reciclaje pues no corresponde . Hace pocos días en la única cuenta de ahorros que tenemos a nuestra hija menor de edad, sin ningún aviso ni por diputación ni por BMN han bloqueado las cantidades pendientes de dos recibos de diputación de residuos. Si está considerando fuera de potestad de diputación . Es legal esta apropiación de la cuenta?

El DPA responde | Febrero 23, 2016

Estimado Sergio, para poder estudiar tu caso y ver si podemos ayudarte, necesitamos más información. A través de este enlace http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic cuéntanos con detalle tu problema y adjunta toda la documentación de la que dispongas. Si nos escribes desde la web sin firma digital tendrás que adjuntarnos también el mismo escrito con tu firma.

Esperamos poder ayudarte. Un cordial saludo

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