Únicamente es necesario que esté firmado por la persona interesada, indicando su nombre, apellidos y domicilio, razonando, en un escrito realizado en papel común, los motivos de la queja. También puede presentarse queja a través de fax y por correo electrónico (existe un formulario en las páginas de internet de esta Institución: http://www.defensor-and.es).
Por otro lado, aunque no es obligatorio, resulta aconsejable que, quienes presenten queja, acompañen, si es posible, fotocopia de los documentos que acrediten las gestiones previas que, en su caso, hayan realizado y de las respuestas, si éstas se han producido, que hayan tenido de la Administración. Esto facilita el conocimiento de los antecedentes y la información previa, tanto para las posibles actuaciones que realice la Institución, como por la identificación objeto de la queja por parte de la Administración supervisada.
Enviado por admin el Jue, 02/02/2012 - 19:28
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