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Ayuda

Programas de fomento del empleo. Ayudas y subvenciones para la promoción del autoempleo. Ayudas de fomento del autoempleo individual de la Mujer

Tipo de informe: 
Anual
Año del informe: 
1998
Sección: 
EMPLEO
Descriptores: 
AYUDAS PÚBLICAS DE LA CONSEJERÍA DE TRABAJO / FOMENTO DE EMPLEO PARA MUJERES

Para comenzar con las quejas tramitadas durante el ejercicio de 1998, nos referiremos a la queja 98/1133, en la que la interesada manifestaba haber solicitado el 25 de Julio de 1997 ayuda de Fomento del Autoempleo Individual de la Mujer (Renta de Subsistencia), que le había sido concedida con fecha de 25 de Noviembre del mismo año, aunque a la fecha de la presentación de la queja -casi un año más tarde- aún no se le había hecho efectiva.

Admitida la queja a trámite y en respuesta a nuestra petición de informe, la Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Trabajo e Industria nos indicó que en varias ocasiones se había requerido a la interesada a fin de que aportara cierta documentación necesaria para hacer efectiva la subvención que le había sido concedida, resultando que no lo había hecho en último plazo que se había establecido al efecto.

Además de ello, se había podido comprobar que el local donde iba a ejercer la actividad aún no estaba disponible para su uso y tampoco le habían sido concedida la Licencia Municipal de Apertura, por lo que se resolvió dejar sin efecto la resolución por la que se le concedía la subvención.

Por nuestra parte, confirmamos que uno de los requisitos indispensables para poder proceder al pago de las subvenciones reguladas en la Orden de desarrollo y convocatoria de los Programas del Empleo de la Mujer en Andalucía, establecidos en el Decreto 56/1995, era que el inicio de la actividad coincidiera con el alta en el Impuesto de Actividades Económicas y alta en el Régimen Especial de Autónomos, lo que en el caso de la interesada no había sucedido, ya que, al parecer, la actividad no había sido iniciada.

Por estas razones, consideramos que no había irregularidad en cuanto a la revocación de la subvención en principio concedida, lo que pusimos en conocimiento de la interesada, a quien también se le señaló que una vez obtenida la documentación necesaria podría solicitarla de nuevo.

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