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Defensor del Pueblo Andaluz
sanitarios, en especial a los hospitales. Y en todo caso no se logran coordinar
adecuadamente los recursos asistenciales para garantizar la atención integral que
los enfermos necesitan. Mientras, la propia permanencia en la cárcel repercute
negativamente en la enfermedad que padecen.
Al mismo tiempo se constataba que la escasez de alternativas
asistenciales adecuadas a la situación de los enfermos mentales les lleva a
un progresivo abandono y a un proceso de agravamiento de su enfermedad,
acercándoles a la marginalidad, situación de riesgo ante el cumplimiento de la Ley
que en ocasiones concluye con comportamientos asociales de repercusión penal.
Coincidente en el tiempo con el informe referido podemos aludir al
expediente de
queja 99/3492
por medio del cual el interesado nos da cuenta
de la situación de su hijo, aquejado de trastorno obsesivo compulsivo grave.
“(...)
recientemente ha sido condenado a un año de prisión y tres fines de semana
de arresto, como autor de un delito de agresión sexual y una falta de lesiones.
Sin embargo el órgano judicial no ha tenido en cuenta la grave enfermedad que
padece para eximirle de responsabilidad criminal o al menos para constituirse
en circunstancia modificativa de la misma, atendiendo a la opinión del forense,
por encima de los informes de especialistas que han seguido al enfermo durante
mucho tiempo.
Así considero que sus derechos no han sido tutelados, y estimo que los
hechos ocurridos pueden achacarse a la falta de atención psiquiátrica dispensada,
derivada del deficiente desarrollo de la reforma prometida, que en la actualidad
no permite contar con los dispositivos alternativos que habían sido diseñados. Ello
conlleva una deficiente atención médica que desemboca en la descompensación
del enfermo, en cuya situación puede fácilmente incurrir en conductas tipificadas
como infracciones penales (...)
”.
En no pocas ocasiones la denuncia de los familiares de estos enfermos
se relaciona con el ingreso de los mismos en centros penitenciarios ordinarios,
demandando a efectos del cumplimiento de las medidas de seguridad impuestas,
la posibilidad de que accedan a otro tipo de centros que resulten adecuados a su
discapacidad.
En este sentido en la
queja 04/4495
la madre de un enfermo mental
requiere nuestra intervención para que su hijo, que tras agredir a una vecina se
encontraba en el psiquiátrico penitenciario a la espera de juicio, pueda ingresar
en un centro terapéutico cerrado para cumplir la condena que se le imponga, de