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Defensor del Pueblo Andaluz
En estos momentos sin embargo asistimos a un amplio debate en
torno a las posibles soluciones de esta problemática, pues se constata que los
recursos existentes por la vía del protocolo de actuación conjunta al que antes
nos referíamos, solo han servido para mejorar la coordinación de los profesionales
en algunos lugares cuando ha existido voluntad para ello.
Dicho debate se postula desde una dimensión ética de esta cuestión,
que va desde un posicionamiento claramente favorable a la libertad individual,
hasta el que propicia la recepción de tratamientos de manera involuntaria, con
fines de estabilización. Observamos sin embargo que las posiciones existentes
son poco flexibles y que las posibilidades de acercamiento son escasas, en tanto
subsiste y se acrecienta el sufrimiento de familiares y afectados.
La existencia de una población adulta cronificada en el consumo que
está afectada por trastornos mentales de carácter leve o grave, ha motivado
que recientemente se haya promovido una revisión del protocolo de actuación
conjunta entre las unidades de salud mental comunitaria y los centros de
tratamiento ambulatorio de drogodependencias, tal y como se recoge en el II
Plan Integral de Salud Mental 2008-2012, en cuya elaboración ha participado
esta Institución mediante aportaciones que han ido dirigidas a proponer un mayor
acercamiento entre ambas redes en el momento de la intervención, así como en
el control de funcionamiento del protocolo, al considerar que el aún vigente ha
producido escasos resultados en la práctica.
Algunos ejemplos de las situaciones que nos exponen los ciudadanos
en estos casos vienen referidos en los siguientes expedientes de queja. Así en la
queja 98/2817
el interesado nos habla de la angustiosa situación que vive su
familia:
“(...) mi hijo es violento y no asume ni su enfermedad ni su toxicomanía,
y temo que pueda producir daño físico a sí mismo, a su familia, o a cualquier
persona. Insisto especialmente en que a mi hijo lo rechazan sistemáticamente
de todos los Centros a los que acude, bien sean de salud mental, bien sean de
atención al drogodependiente, sin que le ofrezcan un recurso asistencial adaptado
a sus características: enfermo mental y toxicómano (...)”.
En la
queja 98/2947
el interesado explica que tiene un hijo
esquizofrénico y drogadicto:
“(...) es agresivo, no se puede convivir con él
porque no respeta ninguna norma, roba diariamente para conseguir droga, etc...
Actualmente se encuentra en prisión, y le pido que haga lo posible para que a la
salida de la cárcel tenga previsto su ingreso en un Centro Psiquiátrico adaptado a
sus especiales características (...)”.