Página 617 - Informe_Anual_2012

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8. OFICINA DE INFORMACIÓN
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separaciones y divorcios, las críticas de uno de los progenitores o de sus familiares
hacía el otro, ya sea el que tenga atribuida la guarda y custodia o no, etc.
No obstante, también se nos han planteado asuntos o problemáticas emergentes,
que si bien ya dieron ocasión a consultas relacionadas con ellas en años precedentes,
han sido el ejercicio de 2012, en el que hemos visto que van adquiriendo cierta
relevancia tanto por su cuantía como por los propios contenidos; nos referimos a
todo lo relacionado con el uso de las Tecnologías de la información y la comunicación,
las denominadas TIC, y las variopintas situaciones en materia de conculcación de
derechos de las personas menores que su uso y abuso propician, dado el anonimato
con el que muchas veces se usan estas Tecnologías, así como la mayor posibilidad
de que se puedan suplantar con creída impunidad, los perfiles de personas usuarias.
Así, asuntos tales como casos de acoso a niños, niñas y jóvenes adolescentes
llevados a cabo a través de las redes sociales con mayor penetración, el denominado
ciberbulling, o el planteamiento de posibles vulneraciones a Ley de Protección de
Datos por difusión de imágenes de personas menores en soportes audiovisuales, sin
consentimiento de sus progenitores e incluso denuncias de posibles ilícitos penales por
difusión de vídeos de contenido pedófilo etc., han sido consultas también ciertamente
significativas durante este ejercicio.
Finalmente, para concluir esta introducción, no podemos sino referirnos al
importante papel que desde hace años desempeña nuestra Oficina de Información,
en la detección y recogida de información que nos transmiten las personas que se
dirigen a nosotros mostrando su preocupación por posibles situaciones de riesgo en
la que se pueden encontrar niños y niñas de nuestra Comunidad. De consultas, en
algunas ocasiones y tal como ya veníamos haciendo en ejercicios anteriores, damos
cuenta de las mismas al Defensor del Menor de Andalucía, por si estima oportuno
llevar a cabo actuación de oficio a fin de investigar los hechos y, en su caso, de poner
en marcha los adecuados mecanismos de protección.
En otras ocasiones, tras informar a las personas consultantes, estas deciden, o
manifiestan su intención de poner queja ante el Defensor del Menor, las más de las
veces por considerar que las Administraciones competentes en la materia no están
actuando con la diligencia debida en la protección de los intereses y derechos de
las personas menores, cuando previamente ante las mismas se han expuesto las
presuntas situaciones de riesgo en las que se puedan encontrar.
Finalmente y en relación a toda esta cuestión, ya en este mismo Capítulo del
Informe Anual del Defensor del Menor correspondiente a 2011, llamábamos la
atención sobre el hecho de que situaciones de violencia de género y situación de
riesgo de las personas menores que pertenecían a la unidad familiar en la que la
madre la estaba padeciendo, era un binomio que sospechábamos, a raíz de las