Página 587 - Informe_Anual_2012

Versión de HTML Básico

7. SERVICIO DEL TELÉFONO DEL MENOR
585
La misma resulta de aplicación en todos los centros docentes sostenidos con
fondos públicos de Andalucía que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de
educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato
y formación profesional inicial.
También, en base a la referida Orden se orientaba a nuestros interlocutores sobre
la importancia de no confundir el acoso escolar con agresiones esporádicas entre el
alumnado y otras manifestaciones violentas que no suponen inferioridad de uno de
los participantes en el suceso y que se atendería aplicando las medidas educativas
que el centro tuviera establecidas en su plan de convivencia.
Y en este sentido, hacemos especial hincapié que por “acoso escolar” se entiende
el maltrato psicológico, verbal o físico hacia una alumna o alumno producido por
uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo
determinado.
El acoso escolar presenta una serie de características que no se dan en otro tipo
de conflictos, como son la intencionalidad, se elige a una persona concreta para
convertirla en víctima; la repetición de la acción agresiva que hace que la víctima
sufra de forma continuada, el desequilibrio de poder entre la víctima y los agresores;
la indefensión, suele ser un solo alumno o alumna en una situación de indefensión
frente a varios agresores; y los observadores pasivos que con su dejar hacer no
contribuyen para que cese la agresión.
Este conjunto de circunstancias afectan negativamente a todos y cada uno de los
sujetos que están presentes en el escenario del acoso, aunque no cabe duda que los
primeros síntomas y los más visibles son los manifestados por la víctima.
Para la víctima las consecuencias, de la situación vivida, pueden traducirse en
fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad,
problemas de personalidad y riesgo para su desarrollo equilibrado.
Para el agresor o agresora puede ser la antesala de una futura conducta antisocial,
una práctica de obtención de poder basada en la agresión, que puede perpetuarse
en la vida adulta e, incluso, una sobrevaloración del hecho violento como socialmente
aceptable y recompensado.
Para los compañeros y compañeras observadores pasivos puede conducir a una
actitud complaciente o tolerante ante la injusticia y una percepción equivocada de
valía personal.
A tenor de las consecuencias negativas que este hecho provoca en el desarrollo
normalizado de la población infantil y juvenil, esta Institución quiere hacer una
llamada de atención a los profesionales de la infancia que se vean implicados en