Página 425 - Informe_Anual_2012

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6. LAS QUEJAS
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un piso de alquiler ubicado en un municipio onubense, del que había sido desahuciada
por sentencia judicial, por falta de pago, habiendo llegado con su arrendador a un
acuerdo de prórroga de favor para permanecer en la vivienda hasta el día 28 de
Febrero de 2012, como última fecha para desalojar la vivienda. Su carencia de recursos
económicos para subsistir es lo que le había llevado a no poder pagar el alquiler, no
disponiendo tampoco de suministro de luz eléctrica, por el mismo motivo.
Asimismo, nos contaba que los únicos recursos con los que contaba la unidad
familiar eran los procedentes de una pequeña pensión por incapacidad laboral de su
pareja, y que le impedía trabajar. También nos decía que su madre estaba enferma
y que le había sido reconocido un grado de discapacidad del 83%, necesitando
atención y cuidado constantes de ella misma, lo que le impedía buscarse un trabajo
y poder generar algún ingreso económico adicional.
Ante la necesidad de vivienda que padecía esta familia y su situación de precariedad,
habían denunciado posibles desocupaciones de viviendas de promoción pública en su
localidad, ya que creía que estaban vacías. En este sentido, presentaron denuncias
tanto en su Ayuntamiento como en la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, EPSA,
sin que por parte de ninguno de estos dos entes se hubiera realizado inspección
alguna.
Finalmente nos contaba que también había acudido a solicitar ayuda a los Servicios
Sociales de su municipio para paliar en algo la situación de carencia de recursos que
le impedía el sostenimiento de su unidad familiar, sin haber obtenido tampoco una
respuesta adecuada a su situación.
Ante tales circunstancias, especialmente por el hecho de que había un menor
de edad afectado, admitimos a trámite la queja de esta familia y solicitamos la
colaboración de EPSA y del Ayuntamiento en cuestión, situado en la provincia de
Huelva, con objeto de aclarar la posible desocupación de viviendas de promoción
pública y de conocer si los Servicios Sociales habían activado todos los recursos y
ayudas públicas de que esta unidad pudiera beneficiarse.
EPSA nos informó que todas las viviendas objeto de denuncia habían sido
inspeccionadas varias veces en los últimos años y que en todas las ocasiones se
había comprobado que estaban siendo ocupadas por sus titulares. En cuanto a la
necesidad de vivienda que planteaba esta familia, se limitaban a recordar que el
primer paso para acceder a una vivienda protegida era la inscripción en el Registro
Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida. El Ayuntamiento, por
su parte, nos informaba de las intervenciones que los Servicios Sociales habían
acometido con esta familia desde el año 2007, primero en el que se convirtieron
en usuarios, constatándose en su valoración que los recursos económicos que
acreditaban, derivados de su situación sociofamiliar, eran insuficientes para el acceso