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Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2012
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estatutario de su personal, se regula y establecen mediante los Reales Decretos
221/1991, de 22 de Febrero, y 1089/2000, de 9 de Junio, respectivamente.
Por su parte, la Disposición Adicional Segunda de la Ley 1/1998, de 20 de Abril,
de los Derechos y la Atención al Menor, establece que la Unidad del Cuerpo Nacional
de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía ha de recibir formación
específica sobre cuestiones relacionadas con menores, velando por el cumplimiento
de las previsiones de la Ley del Menor y colaborando en la ejecución de los actos que
la Administración de la Junta de Andalucía dicte en aplicación de la misma.
En este ámbito, la policía autonómica ha establecido en su organización un grupo
especializado en cuestiones relativas a menores de edad que viene ejecutando las
siguientes competencias:
a) Ejerce funciones de asistencia y protección al menor, ya como víctima de
conductas ilícitas, ya como de situaciones de riesgo o abandono.
b) Se detectan e indagan las mismas, persiguiéndolas y, en su caso, ejecutando
las resoluciones de retirada y acogimiento de menores en desamparo.
c) En el área de la familia, la prevención, investigación y persecución de cualquier
modo de maltrato o violencia hacia la mujer, o de los hijos hacia sus padres y
contra personas desvalidas.
d) Con la Consejería de Educación, en colaboración con sus equipos propios, se
realiza el seguimiento y estudio de las causas de absentismo escolar, grado de
implicación de los padres y exigencias de responsabilidades.
e) También de la violencia entre iguales, y entre el alumnado y profesorado, en el
interior de los centros escolares. Tratándose de consolidar las actuaciones que
en este campo vienen desarrollándose de forma experimental en coordinación
con las Delegaciones de Educación desde el año 1998.
f) En espectáculos públicos y establecimientos, en lo relativo a su desarrollo y
observancia de las disposiciones que les afectan.
g) En relación con los establecimientos y espectáculos públicos presta especial
atención a la participación, permanencia de menores, así como a la venta y
consumo de alcohol.
4.7.2. La Unidad de Mujer y Menores de la Guardia Civil.
El aumento de casos delictivos en los que se encontraban implicados las mujeres
y los menores, tanto como víctimas como en calidad de autores, unido a las
características especiales de estos sectores de la población, que se consideran los
más desvalidos socialmente, y considerando que la dignidad de la persona y su
bienestar físico, psíquico y social son ejes morales básicos de nuestra sociedad y, por