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Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2012
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4) En la provincia de Granada existen 2 Juzgados de Menores.
5) En la provincia de Huelva existe un Juzgado de Menores.
6) En la provincia de Jaén existe un Juzgado de Menores.
7) En la provincia de Málaga existen 3 Juzgados de Menores.
8) En la provincia de Sevilla existen 3 Juzgados de Menores.
Por último también se ha de reseñar la importante misión atribuida a los Juzgados
de Instrucción por la Ley 27/2003, de 31 de Julio, reguladora de la Orden de protección
de las víctimas de violencia doméstica, respecto de los asuntos relacionados con la
violencia doméstica, encomendando a dichos órganos del orden jurisdiccional penal el
establecimiento de medidas urgentes de protección a las personas afectadas por dichos
actos de violencia, entre ellas los menores de edad. La Orden de Protección, cuya vigencia
es necesariamente temporal, puede englobar diferentes medidas y afectar incluso a
cuestiones civiles relacionadas con la guarda y custodia de menores de edad así como
incidir en prestaciones sociales urgentes para las víctimas de la violencia doméstica.
4.3.2. El Ministerio Fiscal.
El
Ministerio Fiscal
es un órgano de relevancia constitucional y con personalidad
jurídica propia integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial, al que el artículo
124 de la Constitución Española, y que tiene por misión promover la acción de la Justicia
en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado
por la Ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia
de los Tribunales y procurar ante ellos la satisfacción del interés social.
El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme
a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en
todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.
La norma básica que regula el Ministerio Fiscal español es el Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal, aprobado por Ley 50/81 de 30 de Diciembre y modificado por la Ley
24/2007, de 9 de Octubre, que refuerza su autonomía y moderniza su organización
territorial. En este estatuto se contiene la regulación básica de las funciones, la
organización, estructura y principios, normas de actuación, formas de acceso y pérdida
de la condición de Fiscal, los derechos y deberes de los Fiscales y el régimen disciplinario.
Los principios de legalidad e imparcialidad son los que rigen en todo caso la
actuación del Ministerio Fiscal. Por el principio de legalidad el Ministerio Fiscal
actúa con sujeción a la Constitución, a las leyes y demás normas que integran el
ordenamiento jurídico. Por el principio de imparcialidad el Ministerio Fiscal actúa
con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le están
encomendados.