1.2.2 Análisis de las quejas admitidas a trámite

1.2.2.6 Deporte

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En otro expediente, la queja 16/0538, que tiene que ver con la celebración del mismo evento -el Maratón Ciudad de Sevilla-, se nos trasladó por los miembros de un club de ciclismo adaptado que venían solicitando desde hacía varios años la reforma de los reglamentos que regulan la participación en las carreras deportivas que el Instituto Municipal de Deportes organiza, en el sentido de contemplar la participación, como una categoría más, de corredores discapacitados en bicicleta con pedales de mano (handbike).

A tenor del informe recibido por el Ayuntamiento de Sevilla, debíamos partir de la premisa de que la modalidad reclamada consiste en una disciplina deportiva integrada en la Federación de Ciclismo, al ser el “ciclismo adaptado” un deporte que deriva del ciclismo, específicamente reglado para facilitar su práctica por deportistas con discapacidades físicas que les impiden el uso de bicicletas convencionales.

Por lo tanto, consideramos coherente y motivado que el organizador de una prueba atlética -como es una prueba de maratón-, con independencia del ámbito federado o no federado de la prueba, defina la participación propiamente centrada en la especialidad atlética, sin añadir otras disciplinas distintas de su ámbito deportivo.

Entendimos que este criterio participativo no suponía una discriminación que vulnere la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, ya que, en el caso que nos ocupa, el propio reglamento de la prueba en su artículo 5 admite la participación de atletas discapacitados en sillas de ruedas que se encuentran en el marco reglamentario de la especialidad atlética. Por otro lado, por lo que respecta al Reglamento del programa de carreras populares del Instituto Municipal de Deportes (IMD), se ha llevado a cabo su modificación con objeto de posibilitar la participación de la modalidad ciclista handbike en las mismas.

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Informe Anual 2016