3.3.7 Sin interés legítimo

Cuando la persona reclamante se dirige a la Institución planteando un asunto que no es propio, sino afectante a un tercero, del que ni siquiera actúa legalmente en su representación, procede la inadmisión de la queja.

En asuntos sobre Dependencia y Servicios Sociales han sido 4 quejas las que por este motivo se inadmitieron. En la queja 15/0654, se planteaba la necesidad de una plaza en residencia para el hijo, autista, de una vecina, enferma y sin familia, que ahora ocupaba una plaza de unidad de día por no haber plazas concertadas; en la queja 15/4188 y la queja 15/4405, se solicitaba que investigásemos sobre la atención prestada a una persona sin hogar, tanto en el Albergue Municipal como en el Hospital Universitario Virgen Macarena, a raíz de una presunta agresión que sufrió la misma.

Y la queja 15/4860, en la que un candidato al Congreso de los Diputados por Sevilla instaba a esta Defensoría a que tomase medidas ante la administración de la Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Sevilla, ante la situación de desamparo en la que se encontraba el “colectivo de personas sin techo”. De sus manifestaciones, se deducía que presuponía que esta Institución permanecía inactiva ante el drama humano y el desamparo en el que se encontraba el colectivo de personas sin hogar de la ciudad de Sevilla. Nada más lejos de la realidad, por cuanto que la preocupación por la situación de las personas que viven en la calle, desde hace años, ha sido objeto de especial atención por parte de la Institución para conocer qué respuestas han venido dando las administraciones y la sociedad para ayudar a estas personas y pedir la puesta en marcha de medidas adecuadas para este colectivo. Se le informó ampliamente de las distintas actuaciones llevadas a cabo y se le indicó que seguiríamos llevando cuantas considerásemos pertinentes como garantes y defensores de los derechos sociales de los ciudadanos y ciudadanas de Andalucía y, especialmente de las personas más vulnerables.

Durante 2015 solo se han inadmitido a trámite 4 expedientes de queja por carecer las personas denunciantes de interés legítimo en el asunto en temas de Educación. Son supuestos en los que se demanda una determinada intervención a favor de la escolarización o de la atención escolar de alumnos por personas que no son los progenitores de los menores ni sus representantes legales.

En Menores se ha rechazado la admisión a trámite de 1 expediente de queja durante 2015 (queja 15/3540) donde se solicitaba la reagrupación de hermanos en un mismo centro de protección por persona ajena a la familia.