3.2.6 Justicia, prisiones, política interior y extranjería

El Área dedicada a las cuestiones de Justicia, Prisiones, Extranjería y Política Interior también recibe numerosas quejas que escapan del alcance competencial del Defensor del Pueblo Andaluz. Son quejas que aluden al funcionamiento de Administraciones que no están sometidas a la supervisión del Defensor andaluz pero que acogemos para analizarlas y ponerlas en el conocimiento de la institución del Defensor del Pueblo Estatal. En 86 ocasiones se han remitido quejas a esta Institución en estas materias.

Así en la queja 15/0797 un soldado profesional explicaba sus dificultades a partir de sufrir un accidente y procedimos a derivar su asunto a la institución estatal. También remitimos el caso de la queja 15/1599, donde una familia nos pedía que impulsáramos la repatriación del cadáver de su hijo fallecido en un penal de Lisboa; además procuramos gestionar que dispusieran de representación y asesoramiento legal en el país vecino para atender el proceso que comenzaba para esclarecer este terrible suceso.

En materia de Extranjería por estar sometida al conocimiento de las Oficinas adscritas al Ministerio del Interior, se remitieron la queja 15/1624, queja 15/1648, queja 15/1649, queja 15/1650, queja 15/1701, queja 15/1878, queja 15/1914, y en la queja 15/2004.

En otro orden de asuntos, las quejas contra actuaciones de agentes de la Seguridad del Estado también son elevadas al Defensor estatal para su conocimiento. Es el caso de la queja 15/2660, queja 15/2786, queja 15/2790, queja 15/2791, queja 15/2180, queja 15/2239, queja 15/3563, queja 15/3683, queja15/3775 o la queja 15/4098.

Otro supuesto habitual de remisión son las quejas que aluden a casos de malos tratos en los centros penitenciarios y que trasladamos al Defensor Estatal habida cuenta de que afectan al funcionamiento de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, integrada en el Ministerio del Interior. Son casos expresados en la queja 15/0041, queja 15/288, queja 15/1111, queja 15/2345, queja 15/2918, queja 15/3421 o en la queja 15/5352. Son casos que nos preocupan y que merecen sin duda una clarificadora respuesta por parte de la administración responsable si bien, en su mayoría, somos informados con posterioridad de que se derivan a los correspondientes procedimientos judiciales.