1.2.2 Análisis de las quejas admitidas a trámite

1.2.2.2 Deportes

Así, recibimos la queja 15/3709 en la que se reclamaba por los servicios prestados en instalaciones de la ciudad de Jaén y deficiencias en las prestaciones de su personal hacia los usuarios. El Ayuntamiento explicó el régimen de explotación de esas dependencias y ofreció las respuestas necesarias en la medida en que se concretaran aquellos aspectos que el interesado aludía en su queja. Tras darle traslado de la posición municipal y de invitar a que especificara aquel con detalle sus reclamaciones, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

La queja 14/3754 pone en evidencia la falta de uso de unas instalaciones en Córdoba construidas y a la espera de poder dotarlas del equipamiento necesario. Según nos informa el Instituto Municipal de Deportes, esa aportación debía asumirse por la administración autonómica y, a la fecha de la información, no se había realizado llegando a ofrecer el Instituto una aportación del 50% como impulso. Sin embargo no tenemos noticias de que la cuestión haya podido solventarse. Más allá de evaluar algún pronunciamiento formal, debemos indicar la persistencia de una situación lamentable y, en gran medida, incomprensible de una ciudadanía que no entiende la incapacidad para alcanzar una solución colaboradora que dé sentido al importante esfuerzo de gasto que se ha volcado para contar con estas nuevas instalaciones sin estrenar.

Los responsables de una escuela de fútbol han presentado la queja 15/4548 ante el Ayuntamiento de Palomares del Río (Sevilla) por entender que se la discrimina en relación con otra escuela que hace uso de las mismas instalaciones en condiciones preferentes. Estamos a la espera de recibir la información y poder evaluar el alcance del problema.

Citamos al final la queja 14/5197 iniciada de oficio para analizar las condiciones de organización y participación de la prueba de Maratón de Sevilla. Este evento es una magnífica exposición de la potencialidad el deporte y sus pruebas como elemento de participación ciudadana, fomento de la actividad deportiva y saludable y un fenomenal escaparte de las ciudades andaluzas y sus potencialidades de atracción deportiva, cultural y turística. A la vista de la información que nos ofrecieron las autoridades locales, esta Institución estimó oportuno dirigir una Resolución en la que se dirigían varias Recomendaciones a propósito sobre todo del régimen de bonificaciones de residentes y no residentes entre los inscritos en la prueba y los criterios de fijación de los importes finales.

Al momento de redactar el Informe Anual quedamos a la espera de la contestación formal del Ayuntamiento de Sevilla, que esperamos poder relatar próximamente.

Informe Anual 2015