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Propuesta de coordinación en los procesos de incapacitación
relativos a personas con discapacidades psíquicas. Octubre 2013
básicos y consideraciones de carácter ético que, en la mayoría de las
ocasiones, tienen una plasmación legal. En este apartado se incluyen
algunas normas básicas como:
1.
La Constitución Española de1978, que regula principios básicos
como la libertad, la dignidad personal y la protección de la salud,
así como el Estatuto de Autonomía de Andalucía aprobado por Ley
Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo.
2.
En el sector sanitario, la Ley 14/1986, de 25 de Abril, General de
Sanidad, la Ley 41/2002 de 14 de Noviembre, Básica reguladora de
la Autonomía del Paciente y de derechos y obligaciones en materia
de información y documentación clínica, la Ley 2/1998 de 15 de
Junio de Salud de Andalucía y la ley 16/2011, de 23 de Diciembre,
de Salud Pública de Andalucía y las normativas que regulan los
distintos servicios sanitarios.
3.
En el sector de los servicios sociales, la Ley 39/2006, de 14 de
Diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
Personas en Situación de Dependencia, la Ley 4/1998 de 4 de Abril,
de Servicios Sociales de Andalucía, la Ley 1/1999 de 31 de Marzo,
de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, la Ley
6/1999 de 7 de Julio, de Atención y Protección a las Personas
Mayores y sus normas de desarrollo.
4.
La normativa internacional vinculada con los Derechos Humanos
en general (Carta Internacional de Derechos Humanos de la ONU)
y, específicamente, los de las personas con discapacidad, como
la Convención Internacional sobre derechos de las Personas con
Discapacidad y distintas recomendaciones de la Organización
mundial de la Salud, la Conferencia Interministerial de Helsinki, el
Consejo de Europa, etc.