Página 296 - Los Derechos Pol2

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Derecho Internacional bajo el principio de reciprocidad para ampliar la
participación de residentes extranjeros en España en el ámbito electoral
local. Esta iniciativa sigue la dirección política que interesaron algunas de
las proposiciones no de ley que se han presentado en los últimos años
en sede parlamentaria, el citado informe del Consejo de Estado de 24 de
febrero de 2009 o incluso nuevos textos normativos como el Estatuto de la
Ciudadanía Española en el Exterior (Ley 40/2006, de 14 de diciembre)
326
.
Hasta el momento, los resultados del proceso son los siguientes:
Tratados firmados, autorizados en sede parlamentaria, publicados en
el BOE y en vigor con Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur,
Ecuador, Islandia, Paraguay, Perú, Nueva Zelanda y Trinidad y Tobago
327
.
Tratados firmados, enviados por el Consejo de Ministros a sede
parlamentaria, y pendientes de publicación en el BOE, con Argentina y
Uruguay
328
.
3) Tratados anunciados de forma indirecta en Consejo de Ministros,
pero que aún no han sido firmados, con Burkina Faso y Venezuela
329
.
El perfil de la presente iniciativa de suscripción nuevos tratados es
distinto al de los primeros antecedentes de los años ochenta y noventa.
Hay que reconocer que en ella parece residir una voluntad política algomás
firme de ampliar la participación electoral de los residentes extranjeros
en el ámbito municipal que en aquellos convenios internacionales. La
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El art. 4.2 de la Ley 40/2006 establece que “El Estado fomentará los tratados internacionales oportunos
para que los residentes españoles en el exterior vean reconocido el derecho a ser elector y elegible en las elec-
ciones municipales de su lugar de residencia, bajo los criterios de reciprocidad que se establezcan en dichos
tratados o en la ley…”.
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Ecuador (BOE 05/01/2010), Colombia (21/01/2010), Nueva Zelanda (BOE 26/01/2010), Chile (BOE
09/02/2010), Perú (BOE 19/05/2010), Paraguay (BOE 21/06/2010), Islandia (BOE 16/12/2010), Bolivia
(BOE 17/12/210), Cabo Verde (BOE 13/01/2011), Corea del Sur (BOE 06/07/2011) y Trinidad y Tobago
(BOE 02/12/2011).
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Los trámites parlamentarios respecto a los canjes de de Argentina y Uruguay han terminado caducando,
por lo que deberán retomarse en la nueva legislatura si se desea que acaben entrando en vigor.
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El 16 de enero de 2009 se realiza la primera referencia en Consejo de Ministros respecto al inicio de este
proceso de suscripción de nuevos tratados. Aunque se daba cuenta de la firma de los canjes de notas con
Colombia y Perú concretamente, también se anunciaba la intención del Gobierno de España de firmar instru-
mentos internacionales con otros 13 países más, entre en los que se encontraban Venezuela y Burkina Faso.
Un análisis de los nuevos instrumentos internacionales suscritos por
España para el reconocimiento del derecho de sufragio a residentes
extranjeros nacionales de determinados países.