Como veíamos en el cuadro precedente, en el que se recogían datos sobre población penitenciaria en Andalucía, el número de mujeres privadas de libertad ascendía a 947 en las diez prisiones andaluzas en que están internas, exclusión hecha de los establecimientos penitenciarios de Puerto I y Hospital Psiquiátrico que albergan tan solo población penitenciaria masculina.
Concretamente los datos por centros son los siguientes:
MUJERES PRESAS EN ANADALUCÍA (Datos a 5 de Octubre de 2001)
ALMERÍA | 44 | HUELVA | 103 |
CÁDIZ (Algeciras) | 135 | JAÉN | 41 |
CÁDIZ (Puerto II) | 44 | MÁLAGA | 115 |
CÓRDOBA | 56 | SEVILLA | 174 |
GRANADA | 126 | SEVILLA (Alcalá de GuadaÍra) | 109 |
T O T A L 947 |
Como puede observarse, son las provincias de Sevilla y Cádiz las que mayor número de internas presenta, destacando en esta última la numerosa presencia de mujeres en la de Algeciras, segundo establecimiento penitenciario andaluz por el número de mujeres que alberga, tras el de Sevilla. En ambos casos por delante de la cifra de Alcalá de Guadaira, establecimiento dedicado sólo a mujeres, con preferencia de penadas (sólo había en la fecha indicada tres internas preventivas) y de madres acompañadas de alguno de sus hijos menores de tres años. En los demás centros las mujeres se encuentran en módulos o departamentos de mujeres separados de los módulos destinados a hombres.
La cifra total de mujeres internas (947) suponía en la fecha indicada un 8’56% del número total de internos que ascendía a 11.063, porcentaje algo inferior al existente en otras fechas, aunque muy por encima de la población femenina de pasadas épocas.
En esa misma fecha, el número total de mujeres presas en España -incluida la Comunidad catalana era de 3.876 sobre un total de población penitenciaria de 47.296, lo que supone un 8’19% del total, algo inferior al porcentaje andaluz. Por Comunidades, la de Madrid con 880 mujeres internas, sigue a la de Andalucía, con las 947 ya señaladas. A más distancia quedan las Comunidades catalana (con 447) y valenciana (con 390).
Lógicamente, casi un millar de internas en Andalucía, tiene que dar origen a quejas remitidas por ellas a la Institución. Sin embargo, así como son muy numerosos los escritos enviados por mujeres -madres, esposas, novias-, en relación con sus familiares varones presos, no son demasiado frecuentes las quejas de mujeres presas, enviadas por ellas mismas. Decimos "demasiado frecuentes", comparadas con las que afectan a hombres presos, lo que no quiere decir que sean pocas. En muchos casos se trata de reclamaciones similares a las de los hombres (permisos, clasificaciones, traslados) pero en otras subyace en ellas un evidente matiz de género que las singulariza. De entre ellas, podríamos citar los siguientes problemas planteados:
-Pérdida de contacto con los hijos como consecuencia del encarcelamiento.
-Preocupación de las madres por tener el mayor contacto posible con sus hijos.
-Peticiones concretas de convivencia permanente en la prisión, con los hijos de corta edad.
-Oposición de madres ante resoluciones administrativas de desamparo, acogimiento familiar o ante trámites administrativos o judiciales relativos a adopción.
-Quejas que ponían de manifiesto el mal funcionamiento de algunos Departamentos o módulos de mujeres en prisiones no específicas para ellas; como las dificultades que existían en la puesta en funcionamiento del módulo de mujeres en Huelva, en 1998; o las numerosas carencias que otras ponían de manifiesto en el Departamento de Mujeres de Puerto II, que afectarían a temas tan dispares como las escasas actividades de formación que se les ofrecían; o escasez de espacios en duchas y patios, algunas de la cuales podrían superarse con las obras de remodelación que se vienen realizando a lo largo de este año 2001.
Entre los expedientes de mayor interés seguidos en el presente año aludiremos en primer lugar a uno, iniciado de oficio el año anterior (queja 00/1988), del que ya tuvimos ocasión de hablar en nuestro anterior Informe Anual bajo el título "Tareas del Instituto Andaluz de la Mujer en relación con las mujeres privadas de libertad".
Allí recogíamos nuestra Recomendación a dicho Instituto, en el seno del Informe Especial elaborado en 1998 sobre el Convenio de Colaboración Junta de Andalucía-Administración Central en materia penitenciaria, y decíamos:
"Dada la importancia numérica de la población penitenciaria femenina, que va en aumento, es imprescindible que el Instituto Andaluz de la Mujer elabore programas específicos destinados a las mujeres internas, tanto en el Centro de Mujeres de Alcalá de Guadaira como en los módulos de mujeres existentes en la mayoría de los Centros Penitenciarios Andaluces. Dichos programas deberían abarcar aspectos muy diversos concernientes a la mayoría de las áreas del Convenio-Marco, con especial incidencia, sin embargo, en aspectos laborales y de formación ocupacional, así como de información general y culturales".
Asimismo recogíamos en el Informe del año 2000 diversas consideraciones y propuestas formuladas al Instituto a las que se contestó por parte de éste sobre la posible elaboración de un "programa específico para mujeres reclusas".
Pues bien, al finalizar el año recibíamos nueva comunicación del Instituto Andaluz de la Mujer, en la que se exponían la dificultades competenciales para su intervención, a pesar de lo cual informaban de algunas iniciativas programadas. Su respuesta concreta fue la siguiente:
"Como conocerá el Defensor del Pueblo Andaluz, el acceso a las cárceles no es fácil. La organización del sistema penitenciario es competencia exclusiva de la Administración del Estado, y a nivel autonómico, tan sólo corresponde a la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia de la Junta de Andalucía, el seguimiento de los convenios con Instituciones Penitenciarias.
No obstante, desde el IAM se han venido desarrollando diversas actuaciones encaminadas a favorecer el desarrollo y la formación de las mujeres presas en las cárceles andaluzas. En concreto y como Vd. mismo refiere en el escrito mencionado, entre los meses de Febrero a Mayo de 2001 se llevó a cabo en el centro de Huelva, en colaboración con la Delegación Provincial de Cultura y la Diputación Provincial, un Taller de Artes Plásticas que sirvió como toma de contacto con la institución y las propias presas, y en la que acordaron las posibles pautas de actuación futura, de manera conjunta entre las tres instituciones: Prisiones, Diputación Provincial y Junta de Andalucía.
Sin embargo, y ante la inexistencia de nuevos contactos, el IAM ha decidido iniciar otra vía de acceso a esta población reclusa. Desde nuestro informe anterior, este organismo ha recabado información sobre estos centros, en concreto del número de mujeres y de su situación procesal (preventivas o penadas), ha visitado la cárcel de mujeres de Alcalá de Guadaira y ha contactado con diferentes organizaciones de probada experiencia en actuaciones con este colectivo de mujeres.
Tras estas actuaciones previas se van a iniciar dos proyectos con la organizaciones Igualdad y Solidaridad y con Mujeres en Zona de Conflicto. En primer lugar, se tiene previsto realizar un proyecto formativo para facilitar la orientación laboral y la búsqueda de empleo, en los centros penitenciarios de Granada, Málaga, Alcalá de Guadaira (Sevilla) y Algeciras (Cádiz). Y también, en el centro de Córdoba, un programa de apoyo para la rehabilitación psicosocial de las reclusas.
En definitiva, y dentro de nuestras competencias, el IAM va a establecer los cauces para prestar una mayor atención las mujeres presas de Andalucía, sin olvidar que estas actuaciones son sólo un complemento de las que ya vienen realizándose por la Administración penitenciaria, única competente en este ámbito.
Una vez se materialicen estos dos programas y se evalúen los resultados, se podrán hacer extensivos al resto de centros andaluces. De todo lo cual este Instituto le mantendrá informado para la cumplimentación del expediente de queja en cuestión".
Como puede apreciarse, de un modo tímido y prudente comienzan a elaborarse programas de actuación por parte del Instituto, pero tanto al principio como al final del texto reproducido, se alude a dificultades competenciales para una actuación más decidida. Como ya les hemos sugerido, nuestra opinión al respecto difiere de tal planteamiento, puesto que el marco de actuación de la Administración Autonómica en materia penitenciaria lo constituye el Convenio de Colaboración vigente, entre Junta y Ministerio, firmado en 1992.
Cierto es que el seguimiento de dicho Convenio corresponde a otro organismo de la Junta de Andalucía, concretamente el que se cita en la respuesta del Instituto, pero se trata de un Convenio multidepartamental en el que cada Consejería u Organismo implicado -por ejemplo, el Instituto Andaluz de la Mujer- debe poner de su parte los programas específicos que les correspondan.
Dado que nuestros contactos se mantienen y que la elaboración de la programación proyectada continúa, mantendremos, un año más, abierto el expediente para procurar que el millar aproximado de mujeres privadas de libertad en Andalucía puedan beneficiarse, en la proporción adecuada, de las iniciativas y dotaciones presupuestarias del Instituto Andaluz de la Mujer.
Debemos comentar también en este epígrafe las actuaciones llevadas a cabo como desarrollo de la actuación de oficio, queja 01/4023, centrada en la situación de las reclusas, con hijos menores, iniciada a raíz de la participación de la Institución en las Jornadas de Coordinación de los Comisionados Parlamentarios que tuvieron lugar en Madrid los días 12 y 13 de Noviembre de 2001, en la que se había de abordar dicho asunto.
La elaboración de una ponencia para dichas Jornadas nos llevó a conocer la Unidad Dependiente existente en Sevilla, que se adscribe y depende del establecimiento penitenciario de mujeres de Alcalá de Guadaira. Dicha unidad, especializada en mujeres internas que tienen a su cargo hijos menores de tres años, junto con la Unidad de Madres existente en dicho centro, agrupan el mayor número de mujeres internas con niños en Andalucía.
En nuestra Comunidad tan sólo dos centros cuentan con Unidad de Madres: el de Alcalá de Guadaira, con 21 madres que tienen consigo un total de 22 niños, y el de Albolote (Granada) que cuenta con 13 madres y 15 niños. Tan reducido número de Unidades de Madres, en una Comunidad tan extensa como Andalucía, contribuye al desarraigo familiar y social de las madres que necesiten, y quieran, convivir con sus hijos de corta edad, que habrán de ser destinadas a Alcalá o Albolote, por lo que pueden encontrarse a gran distancia del resto de sus hijos. Especialmente necesaria nos parece la creación de una Unidad de Madres en Algeciras, dado el elevado número de mujeres allí existente.
En cuanto a la Unidad Dependiente del Centro de Alcalá de Guadaira, se trata de una unidad que se está utilizando poco en estos momentos, a pesar de contar con una estupenda y amplia casa unifamiliar cedida por una Asociación que colabora también en la gestión general de la Unidad, en un barrio tradicional de Sevilla, perfectamente integrada en el mismo, como se demuestra por su funcionamiento sin problemas durante diez años ya. Actualmente sólo acoge a tres internas, cada una con su hijo de corta edad. Recientemente tuvimos ocasión de conocerlas y entrevistarlas y parecían estar muy satisfechas de aquella experiencia, dentro de su inevitable y traumática privación de libertad.
Lógicamente es un recurso -el de la Unidad Dependiente- caro pero mucho más si se utiliza poco. Ello parece obedecer a la dificultad de encontrar internas que, además de niños pequeños, cuenten con el perfil adecuado para vivir en régimen de semilibertad. Obviamente nuestra opinión es favorable al desarrollo de esta modalidad de ejecución de la pena privativa de libertad y la unimos a las ya expresadas por otros Comisionados Parlamentarios en diversos informes.
Nuestra Ponencia para las Jornadas referidas, tras poner de manifiesto las principales cuestiones que este asunto suscita y las principales actuaciones de los Comisionados Parlamentarios en torno a las mujeres privadas de libertad, y tras analizar exhaustivamente el ordenamiento jurídico aplicable, terminaba con las siguientes consideraciones:
"Dentro de un marco general caracterizado por el aumento considerable del número de mujeres reclusas -aunque tienda a estabilizarse en los últimos años- y por un perfil-tipo de las internas en el que destacan su relación con el mundo de las drogodependencias, especialmente en cuanto a sus condenas por delitos contra la salud pública, y su escasa peligrosidad, señalaríamos como principales CONCLUSIONES las siguientes:
1ª)Parece evidente que aún persisten situaciones de desigualdad de medios entre hombres y mujeres presas, en cuanto a los recursos que el sistema penitenciario pone a disposición de unos y otras, especialmente en el terreno de las actividades ocupacionales y laborales.
2ª)Como instrumentos para afrontar adecuadamente las necesidades derivadas de la maternidad de las internas y la convivencia de éstas con sus hijos menores de tres años, se hace necesaria la creación de Unidades de Madres en todos los establecimientos que acojan un número importante de mujeres, evitando de ese modo su traslado a lugares alejados de su entorno familiar y social.
3ª)Deberían desarrollarse más las Unidades Dependientes dedicadas a internas con niños menores de tres años, bien mediante la creación de nuevas unidades bien utilizando más intensamente las existentes, al menos en relación con la situación que hemos constatado en Andalucía".
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