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Investigamos sobre la legalidad del nuevo criterio de ordenación de desempate para las ofertas públicas de empleo gestionadas por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE)

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 21/5131 dirigida a Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo

En esta Institución se vienen recibiendo quejas y consultas planteando dudas de legalidad y disconformidad con el nuevo criterio de ordenación de desempate para las ofertas públicas de empleo gestionadas por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) adoptado por dicho organismo, tras la aprobación de la Instrucción 2/2021 de la Dirección-Gerencia del SAE, por la que se establecen los criterios de ordenación general para la gestión de candidaturas en ofertas registradas en el sistema de intermediación laboral del Servicio Andaluz de Empleo y se modifica la Instrucción 3/2020, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las ofertas públicas de empleo.

En la instrucción Segunda, apartado 3. de la referida Instrucción se desarrollan los criterios a aplicar para desempates en el caso de ofertas de empleo gestionadas con difusión, en los términos siguientes:

“3. Como criterio de desempate, una vez aplicados los dos anteriores, se utilizarán dos valores aleatorios, que de forma automática se generan para cada oferta en el momento de su registro, sin que sea posible su modificación posterior. Estos valores serán publicados en el anuncio correspondiente a la oferta difundida y se aplicarán de la forma siguiente:

3.1. Un valor numérico aleatorio en el margen entre el 0000000 y el 99999999, que servirá como dígito de ordenación a partir del NIF/NIE de las candidaturas de manera que, se ordenará con mayor prioridad aquella candidatura cuyo NIF/NIE coincida exactamente con el dígito aleatorio calculado, y el resto se ordenarán en de manera ascendente, desbordando esta ordenación al llegar al 99999999 continuando por el 00000000. Las candidaturas que participen en este proceso con un NIE, lo harán a partir de la parte numérica de éste, y completándolo con un dígito 0 por la derecha. Esto se hace para completar con los 8 dígitos necesarios para que la ordenación sea neutral con todas las candidaturas.

3.2. Un segundo valor aleatorio alfanumérico calculado entre la A (mayúscula) y la Z(mayúscula), que servirá como criterio de ordenación por la letra del NIF/NIE, deforma ascendente, desbordando la Z por el carácter A, para aquellos casos en los que dos candidaturas compartan el mismo número de NIF/NIE”.

Las personas que se han dirigido a la Institución en relación con este asunto mantienen que la aplicación de este algoritmo relacionado con el NIF/NIE de las personas inscritas en las ofertas en difusión para desempatar es injusto y no garantiza la igualdad de oportunidades de todos los inscritos en orden a desempatar y configurar la ordenación de éstos, en aras a ser tenidos en cuenta sus candidaturas en el posterior proceso de selección de las plazas o puestos ofertados.

Consideran que ello es así, “porque la distribución de los números de NIF/NIE no es homogénea ni proporcionada en el rango numérico (0000000 – 99999999). Por ejemplo, se da una concentración muy alta de número de DNI en Sevilla, que comienzan por 27, 28 y 29, y por tanto un DNI de otra provincia menos habitada, con otra numeración, o más alejado de esta concentración se puede encontrar perjudicado o beneficiado según el algoritmo que se asigna por el sistema informático cuando se registra la oferta en difusión”.

De modo más concreto, una de las personas que se ha dirigido a esta Defensoría en relación con dicho asunto, expone que “no habría problema si esto solo pasara con las ofertas en las que el número aleatorio estuviera muy cercano a los 27000000, pero la realidad que vengo observando en las ofertas en las que me estoy inscribiendo (todas las ofertas para todas las provincias para Funcionario interino asimilado al Cuerpo Superior Facultativo de Ingenieros Industriales A1. 2004) es que cuando el número aleatorio empieza por 98, 05, 14, 20, 23, 25 o similar, nunca salgo como candidato preseleccionado con mi DNI que empieza por el número 45 (expedido en El Puerto de Santa María) y sospecho que la razón es que los inscritos en la oferta con números de DNI muy comunes por ser de provincias muy pobladas (como me consta que es el caso de Sevilla y desconozco si el de alguna provincia andaluza más) agotan enseguida el número de candidatos que se preseleccionan por el SAE”.

En el preámbulo de la Instrucción 2/2021 se justifican los cambios introducidos en la misma en la necesidad de “dar un paso más en los criterios que se aplican para ordenar las candidaturas que se inscriben en estas ofertas, garantizando que ninguna incidencia de tipo tecnológico que afecte a la disponibilidad de los servicios web o dificultades de acceso a Internet por parte de las personas usuarias, puedan condicionar la posibilidad de inscripción y posicionamiento de una candidatura en una oferta de empleo”.

A partir de esa necesidad de mejora se dicta la referida Instrucción que incorpora un nuevo criterio para aplicar “en los casos en los que la ordenación, según la adecuación al perfil del puesto y la disponibilidad para ofertas de empleo, no sea suficiente para ordenar las candidaturas inscritas en una oferta en difusión, de cara a determinar el número de personas candidatas a enviar a la entidad empleadora, atendiendo al número de curriculum por puesto solicitado en el formulario de oferta”.

Sin embargo, las personas que se han dirigido a esta institución en relación con este asunto, consideran que “aunque un algoritmo genera aleatoriamente “un valor numérico aleatorio en el margen entre el 0000000 y el 99999999, que servirá como dígito de ordenación a partir del NIF/NIE de las candidaturas” y “un segundo valor aleatorio alfanumérico calculado entre la A (mayúscula) y la Z (mayúscula), que servirá como criterio de ordenación por la letra del NIF/NIE”, este método sigue sin garantizar el principio de igualdad reconocido constitucionalmente para el acceso a la función pública por una mera cuestión matemática”.

En conclusión, las personas interesadas nos trasladan que el sistema les otorga menos probabilidades de ser seleccionadas incluso antes de que se genere aleatoriamente el número de desempate como consecuencia de la propia distribución de la población andaluza.

Ante este contexto, solicitan la intervención de esta Institución al considerar que el sistema “es injusto y no garantiza la igualdad de oportunidades de todos los inscritos por un motivo puramente matemático, la distribución de la variable que constituye mi número de DNI” y solicitan la modificación de los criterios de ordenación de los demandantes inscritos en las ofertas, o la forma de proceder al “sorteo” de quienes deben ser los preseleccionados.

Por cuanto antecede, y teniendo en cuenta los hechos reseñados, y ante la posible afectación de los derechos de las personas que pudieran resultar perjudicadas por la situación descrita, se ha iniciado actuación de oficio en aplicación de lo establecido en el art.1.1, en relación con el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz y nos hemos dirigido a la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo a fin de que nos informen sobre las cuestiones expuestas que pudieran afectar a los derechos que se derivan para la ciudadanía de los artículos 23.2, 35 y 103.1 de la Constitución Española y de los artículos 26 y 133.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, solicitando que se nos remita información al respecto, a la mayor brevedad, de conformidad a lo establecido en el art. 18.1 de nuestra Ley reguladora.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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32 Comentarios

Maria Elena (no verificado) | Marzo 20, 2023

Buenas noches:
Considero q es totalmente injusto la forma de selección, ya q cogen nuestro DNI como si formaran parte de una lotería. No somos bolas de lotería y si estamos inscritos en el SAE es porque necesitamos un trabajo, cosa q no debería ser elegida al azar.
Gracias

Desiré (no verificado) | Marzo 2, 2023

Esta publicación es de 2021 y aún seguimos con un procedimiento de selección que va en contra de los principios de selección de la Adm.Pública ¿Se sabe algo al respecto? ¿Alguien va a hacer algo?

JUAN ANTONIO (no verificado) | Enero 27, 2023

Esto es discriminatorio , encima de que no encontramos empleo, la edad , tenemos las condiciones , estudios , categoría , experiencia , nos trate como MIERDA, ó sea que ya no valemos , además quien me dice si hay la suficiente claridad en otorgar una plaza para acceder a un puesto de trabajo sea público ó privado , porque nadie lo dice ,solo una pantalla de ordenador qué dice DESCARTADA, NO SELECCIONADA, etc , no HAY TRASPARENCIA, en la fase de selección, eso sí , si no nos presentamos a las distintas ofertas de empleo , se nos puede advertir de que no buscamos intensamente un puesto de trabajo.

MARIA DOLORES CT (no verificado) | Octubre 24, 2022

Cada día miro presurosa la web del Servicio Andaluz de Empleo a ver si han publicado una oferta pública en Servicios Generales. Cuando veo una oferta publicada sonrío con la ilusión de una niña y procedo a leer la oferta..., al leer las dos primeras líneas, tal ilusión desvanece aunque igualmente me inscribo pero con el corazón compungido. Igual que a mi padre, él lleva más de 60 años jugando a la lotería y nunca le ha tocado aun así juega pero juega ya con suma tristeza y miedo preguntándose..., ¿ y si no juego más y pudo haberme tocado al fin?. Pues eso, ¿ Y si dejo de inscribirme en una oferta pública en el SAE porque llevo años intentándolo sin éxito y pude haber sido seleccionada?. Es desesperanzador.

JobsQuestions2022 (no verificado) | Septiembre 27, 2022

Entendemos que a pesar de tu enorme esfuerzo en la busqueda de empleo a traves de las ofertas del Servicio Andaluz de Empleo, tus resultados en la consecucion de trabajo, durante estos anos, son insuficientes. Con respecto al criterio de desempate a traves del DNI, debes tener en cuenta que la numeracion es aleatoria para cada oferta, por lo que dependiendo de la oferta y el numero aleatorio podras tener mayores o menores posibilidades de acceso.

Mariangeles (no verificado) | Agosto 17, 2022

Es una forma de seleccionar injusta, te llevas formando toda tu vida formándote para entrar en un sorteo . Esto no lo tendrían que consentir.
Ostentan algunas personas categorías laborales que no tienen ni idea que tú con una categoría inferior y ganando menos sueldo tienes que enseñar.

Jose Luis (no verificado) | Julio 4, 2022

Esto es un despropósito. Puesto gestionado por el sae de empleo público como policía portuaria. Tengo un grado en Criminología, habilitado por el Ministerio del interior como Director de Seguridad, Jefe de seguridad, detective. Profesor de Seguridad privada en Jurídica, técnico profesional y socio profesional, experiencia como Aux de policía, etc. Pues de 100 instancias no estoy en los 45 seleccionados. ¿ porqué? Porque no estoy en los números de la bonoloto del dni. El único requisito para policía portuaria la eso y un sorteo, manda perejiles… en vez de estudiar tendrá que salir más. Agente de la autoridad una persona que tuvo una función cualquiera, camarero, albañil, etc. Ojo, igual de injusto veo que me elijan para albañil en un ayto solo por mi dni. No me dieron la opción de llevar mi currículum, pelear con mis conocimientos o experiencia. No lo entiendo.

Mohamed (no verificado) | Julio 6, 2022

Lo dicho,
Esto solo se puede arreglar exponiendo el caso en canal sur .
"La Mañana de Andalucía"
Teléfono 670940200 (sólo para wasap, no responden llamadas).

Mohamed (no verificado) | Junio 23, 2022

Esto solo se puede arreglar exponiendo el caso en canal sur .
"La Mañana de Andalucía"
Teléfono 670940200 (sólo para wasap, no responden llamadas).

Eva (no verificado) | Junio 20, 2022

Tengo 52 años, experiencia y formación universitaria que al final no sirve para nada, pues es la suerte la q interviene. La probabilidad de q te toque el cupón de la Once es igual de que te llamen para un puesto de trabajo por el SAE. Es frustrante.

Débora (no verificado) | Junio 13, 2022

Esto es un insulto, primero porque ser un profesional para un puesto no es un sorteo navideño de una pata de jamón. Se están riendo de la gente que estudia, que trabaja, que renuncia a pasar tiempo con su familia y se la juega todos los días en la carretera por tener más experiencia y segundo dudo de la transparencia del proceso disfrazado bajo “La ley de protección de datos”. Si no hay forma de saber los DNI no hay trampa. La jugada es perfecta.

Juan (no verificado) | Junio 7, 2022

Después de verme afectado por la misma situación que aquí comentan. ¿Alguien me podría confirmar si aplicando el principio de transparencia el SAE está obligado a facilitarme el listado de las personas que han participado en el proceso de selección "aleatorio"? ¿Me podrían confirmar también si ya se se tiene en cuenta el DNI a la inversa en el proceso de selección? Muchas gracias de antemano.

El DPA responde | Junio 20, 2022

Hola Juan,

Respecto a la primera consulta, te recomendamos que la dirijas al Consejo Andaluz de Transparencia y Protección de Datos. a través de este enlace, puedes reclamar tu derecho al acceso a información pública: https://www.ctpdandalucia.es/%C3%A1rea-de-transparencia/reclamaciones-ante-el-consejo-en-el-ejercicio-del-derecho-acceso-a-la-informacion-publica

Respecto a la segunda cuestión, la utilización del criterio de ordenación del DNI en sentido inverso, se aplica en caso de existencia de empate o igualdad de cumplimiento de los requisitos que se hayan fijado en la oferta de empleo.

Saludos

Mohamed (no verificado) | Junio 8, 2022

Se niegan en rotundo alegando protección de datos y en las reclamaciones que he interpuesto me remiten a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El numero invertido se aplica desde hace seis o siete meses

Mohamed (no verificado) | Mayo 27, 2022

Sr. Defensor Del Pueblo
Por que no hace nada, sabiendo que es inconstitucional la medida de seleccionar a los candidatos por un numero de orden aleatorio, actualmente da igual el numero que tengas en el DNI ya sea invertido o no.
Un ejemplo mi numero de DNI invertido empieza por 51. xxx .xxx pues bien para tener una mínima oportunidad el numero aleatorio a de empezar 49-50 o 51 y a esto hay que añadir que la oferta de empleo se adapte a mi demanda.
Anécdota, hace dos semanas se publico una oferta de empleo de personal de limpieza con un número aleatorio 25.xxx.xxx inscribí a un amigo mío que tenia el numero del DNI invertido casi igual, pues bien, sin tener ni idea de limpieza sin antigüedad en el SAE lo seleccionaron como candidato, cuando fue a la entrevista no lo seleccionaron ni a el ni a los que fueron con él, por no tener experiencia en el puesto.
¿A dónde debemos acudir para solucionar esta injusticia?
Un saludo

El DPA responde | Mayo 28, 2022

Hola Mohamed,

Te agradecemos los comentarios que nos trasladas. Esta Institución está tramitando queja de oficio sobre este asunto. Actualmente se está estudiando la respuesta por parte de la Dirección General de Recursos Humanos y Pública.  Todas las actuaciones de esta queja de oficio pueden consultarse en nuestra web.

En todo caso, si quieres realizar alguna aportación a esta actuación de oficio, te sugerimos que nos remitas un escrito trasladándonos tus reflexiones y tus datos de contacto.

Para ello debes hacernos llegar un escrito de queja a través del siguiente enlace: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario aportando, en su caso, la documentación que tengas.

Saludos

Mohamed (no verificado) | Junio 23, 2022

Buenos días, me podrían facilitar enlace a las actuaciones , no las encuentro en la web

El DPA responde | Junio 25, 2022
Mohamed (no verificado) | Abril 25, 2022

Esta corrección es como si no hubieran echo nada seguimos jugando billete de la once.

ADENDA A LA INSTRUCCIÓN 2/2021, DE LA DIRECCIÓN-GERENCIA DEL SERVICIO ANDALUZ DE
EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE ORDENACIÓN GENERAL PARA LA
GESTIÓN DE CANDIDATURAS EN OFERTAS REGISTRADAS EN EL SISTEMA DE INTERMEDIACIÓN
LABORAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO Y SE MODIFICA LA INSTRUCCIÓN 3/2020, DE LA
DIRECCIÓN-GERENCIA DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECE EL
PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LAS OFERTAS PÚBLICAS DE EMPLEO.

La Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, en ejercicio de las competencias que tiene
atribuidas en el artículo 9.2 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de
Empleo y en el artículo 15.2.k) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por
Decreto 96/2001, de 16 de abril, dictó la Instrucción 2/2021, por la que se establecen los criterios de
ordenación general para la gestión de candidaturas en ofertas registradas en el sistema de
intermediación laboral del Servicio Andaluz de Empleo y se modifica la Instrucción 3/2020, de la
Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se establece el procedimiento para la
gestión de las ofertas públicas de empleo.
Dicha Instrucción se dicta con el objeto de dar un paso más en la ordenación de las candidaturas que
se inscriben a las ofertas, incorporando un nuevo criterio para aplicar en los casos en los que, según
la adecuación al perfil del puesto y la disponibilidad para ofertas de empleo, no sea suficiente para
ordenar las candidaturas inscritas en una oferta en difusión, de cara a determinar el número de
personas candidatas a enviar a la entidad empleadora, atendiendo al número de curriculum por
puesto solicitado en el formulario de oferta.
En efecto, la Instrucción 2/2021 proyecta un sistema de desempate en el cual, una vez aplicados los
criterios anteriores, se utilizarán valores aleatorios que de forma automática se generarán para cada oferta en el momento de su registro.
No obstante, se ha comprobado que se hace necesario la mejora del sistema actual previsto, con el
objeto de tratar de evitar la posibilidad de ocasionar sesgos o saltos en la ordenación debido a la
concentración geográfica de valores, concentración de valores numéricos o concentración de
valores por edad que con el actual sistema podría producirse.
Por todo lo anterior, y de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 de la 40/2015, de 1 de octubre,
del Régimen Jurídico del Sector Público, y por el artículo 98.3 y 5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía; esta Dirección-Gerencia, en uso de las facultades que
le otorga el artículo 9.2 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, y en el artículo 15.2.k) de los Estatutos
del Servicio Andaluz de Empleo, aprobado por Decreto 96/2011, de 19 de abril, dicta la siguiente
ADENDA A LA INSTRUCCIÓN 2/2021
Primera. Modificación del punto 3 de la instrucción segunda de la Instrucción 2/2021, de la
Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo.
Se modifica el punto 3 de la Instrucción segunda de la Instrucción 2/2021, de la Dirección-Gerencia
del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se establecen los criterios de ordenación general para la
gestión de candidaturas en ofertas registradas en el sistema de intermediación laboral del Servicio
Andaluz de Empleo y se modifica la Instrucción 3/2020, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las ofertas públicas de
empleo, que queda redactado como sigue:
«3. Como criterio de desempate, una vez aplicados los dos anteriores, se utilizarán dos valores
aleatorios de referencia, uno numérico que estará comprendido entre el 00000000 y el 99999999 y
otro alfabético, comprendido entre la A y la Z que de forma automática serán generados por el
sistema para cada oferta en el momento de su registro. Estos dos valores que se generen no podrán
ser modificados posteriormente, y serán publicados en el anuncio correspondiente a la oferta
difundida para ser aplicados como criterio de desempate mediante el siguiente proceso:
3.1 En primer lugar, el sistema invierte la parte numérica de los identificadores de las demandas de
las personas inscritas en la oferta (este identificador de demanda coincide con el NIF ó NIE de la
persona) a los que hay que aplicar el desempate y los ordena de forma ascendente a partir del valor
numérico aleatorio que corresponde a la oferta, llegando hasta el 99999999 y continuando desde
00000000.
En el caso de candidaturas con NIE, dado que sólo disponen de 7 dígitos numéricos, una vez
invertido el orden del identificador se añade un dígito 0 por la derecha hasta completar los 8 dígitos
necesarios para la correcta ordenación de todas las candidaturas.
3.2. En segundo lugar, para el caso en que dos candidaturas compartan el mismo número de NIF/NIE,
considerados o transcritos de la forma inversa ya referida, se tendrá en cuenta el segundo valor
aleatorio, en este caso alfabético, calculado entre la A y la Z, que servirá como criterio de ordenación
por la letra del NIF/NIE, de forma ascendente, hasta llegar al carácter Z, continuando por el carácter
A en caso de ser rebasado el carácter Z. »
Segunda. Efectos.
La presente Adenda surtirá efectos una vez adaptado el aplicativo de intermediación laboral,
Hermes, a lo dispuesto en la misma.
Una vez adaptado, se comunicará mediante publicación en la página web del Servicio Andaluz de
Empleo.
El resto del contenido de la Instrucción 2/2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de
Empleo, no afectado por la modificación contemplada en la presente Adenda se mantendrá
inalterable.
Tercera. Entrada en vigor.
La presente Adenda entrará en vigor el día de su firma, día en que se publicará en la página web del
Servicio Andaluz de Empleo
No obstante, de manera transitoria, las ofertas que, a día de la firma de la presente Adenda estén
actualmente en fase de gestión, se regirán por la Instrucción 2/2021
EL DIRECTOR-GERENTE
Fdo.: Miguel Ángel Terrero Prada
Consejería de Empleo, Formación y
Trabajo Autónomo
Servicio Andaluz de Empleo
FIRMADO

Mohamed (no verificado) | Abril 25, 2022

Buenos días,
El problema esta en las ofertas publicadas por las entidades publicas que no exigen como requisitos valorables ni la experiencia ni la antigüedad , solo lo ponen en la exposición de la oferta de empleo y deberían solicitarla en la oferta como requisito valorable ,porque sino la aplicación Hermes no lo toma en cuenta y salen todos los candidatos como empatados . Da igual los cursos que tengas ,los estudios que poseas, saldrán seleccionados los que mas se acerquen al precio justo.
Yo creo que habría que comunicarse con los departamentos de RRHH de las entidades publicas para que incorporasen en las ofertas de empleo que publican el SAE como REQUISITO VALORABLE la experiencia ,la antigüedad los estudios ,para que la aplicación Hermes las pueda tomar en cuenta y evitar que la selección de los candidatos sea como echar una primitiva.
Un saludo.

El DPA responde | Abril 25, 2022

Gracias Mohamed, pasamos tu opinión a los compañeros para que tengan conocimiento. Un saludo

Eva (no verificado) | Enero 21, 2022

Una aclaración, he hablado con el SAE, es el número del carnet de identidad al revés.
Se convierte algo así como el 'euromillón' con el complementario que es la letra... No evalúan estudios, capacidad o adecuación al puesto. Los puestos suelen tener requisitos mínimos con los que somos muchos los que optamos a el. No vale el nivel de preparación o años de experiencia. Es más si el número aleatorio de desempate (tu dni al revés) no se acerca ni por asomo, lo que llevas es una papeleta de euromillón, bonoloto o primitiva... ya es inscribir por inscribirte a ver si hay suerte de que te toque el puesto.
En mi caso opto a puestos de mucha responsabilidad, en los que a mí me ha costado llegar a tener la destreza y conocimientos necesarios. Puestos en los que el desempeño supone la vida de otras personas. Los requisitos son tan mínimos que un recién titulado con un curso de 50 horas online gratuito puede acceder... Y yo me pregunto, no ya por la selección en sí , como profesional que sí me importa mi trabajo en su desempeño ¿ no tener en cuenta la capacitación, estudios y la experiencia es realmente igualdad de oportunidades ?
Si tu número de dni, no se acerca ni por asomo al numérico de desempate así tengas 16 años de experiencia y miles de horas en estudios, como los criterios de selección son tan bajos no tendrás opción alguna , y no solo eso, sino que el puesto lo pueden obtener personas que no están capacitadas para el ejercicio y desempeño.
Cuando he solicitado que el listado de presentados y demás, nada es visible (protección de datos ¿?) en una bolsa oficial sí lo es ¿por que para un puesto de Oferta pública no??

Rocío (no verificado) | Febrero 18, 2022

Ante la duda, he consultado con el Sae y me confirman que el dígito numérico es el Dni al revés, es decir que si mi carnet es por ejemplo xxxxx577, todas las ofertas de trabajo que comiencen por el dígito numérico 77xxxxxx me beneficiarían, y que todas aquellas que comiencen por 8 me perjudicarían.
La verdad es que cuesta trabajo entender la norma tal y como la han redactado.

Mohamed (no verificado) | Mayo 26, 2022

Es un despropósito ,un billete de la once tiene 5 dígitos y el DNI 8 es inútil apuntarse a las ofertas si no coinciden los dos primeros dígitos, yo ya miro el numero y no el titulo de la oferta.

Otro Apaleado m... (no verificado) | Diciembre 22, 2021

Bueno, Dímelo a mi, que después de presentarme muchas veces a ofertas del SAE, finalmente resulto candidato a un puesto de trabajo, en el que demuestro tener mas experiencia en el sector y mas formación relacionada (Lo se porque en mi pueblo estamos unos 7000 habitantes y nos conocemos todos). Pues Bien, llevando un currículo echo a medida al puesto, demostrando la experiencia con certificados oficiales, y presentando los cursos de formación que me preparan aun mas para el puesto, e incluso el certificado de "no delitos sexuales" resulta que le dan el puesto a dos personas que lo único que llevaron fue la copia de la oferta que publico el Sae con la citación a la entrevista. Cuando me entere por el SAE de la resolución (por que ellos, el Ayuntamiento, ni se molestaron en decirme la el resultado ni entregarme el papel que se debe entregar después de la entrevista en el SAE) le pedí explicaciones al Concejal de empleo. Y la respuesta fue, precisamente, que no me cogieron porque todo el mundo tiene derecho a trabajar para el ayuntamiento (yo entiendo de que se refería a sus amigos) y por eso no cogieron al mas preparado, sino que cogieron al amigo de cubatas en la adolescencia del encargado de valorar en la entrevista). Y estoy hablando de un puesto en el que se trabaja con niños haciendo deporte, y en los que hay que estar al cargo de unas instalaciones en las que se debería valorar la formación en primeros auxilios y extinción de incendios, algo que yo si domino y los otros candidatos elegidos no, además de mas de un año de experiencia en el sector .
Esta claro que el método que mantiene el SAE para otorgar Empleo publico beneficia a los corruptos, porque cuando fui también a la oficina del SAE a explicarle lo sucedido, ellos me dijeron que no podían hacer nada, y que no hay forma de denunciar estas irregularidades, es decir se convierten en colaboradores necesarios para realizar estas irregularidades. Y cuando les pedí que me dijeran que motivos había puesto el ayuntamiento para desecharme a mi o para seleccionar a los otros me contestaron que fue un simple: "Otros motivos". En fin, echo sucedido en un pueblo de Andalucía como cualquier otro. LES AGRADECERIA SI ME PUDIERAN ORIENTAR EN COMO DENUNCIAR ESTA IRREGULARIDAD.

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