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Se le reconoció el grado del 65% de discapacidad

Queja número 17/5844

El compareciente exponía que por haber cumplido 18 años debía ser citado para el reconocimiento y pedía que nos interesáramos en su expediente de discapacidad pues había debido existir error a la hora de efectuar la valoración de sus enfermedades, las cuales habían sufrido agravamiento, eran de carácter crónico, grave e irreversible y sin posibilidad de recuperación.

Éstas eran: parálisis braquial derecha y retraso psicomotor, síndrome de hiperactividad y retraso mental madurativo, trastorno del desarrollo, lesión del flexo braquial iatrofénica, retraso madurativo, teniendo que estar en continuo tratamiento y seguimiento médico.

Los factores sociales complementarios habían de verse aumentados, pues recientemente había fallecido su madre y tenía que estar acompañado de su padre, ya que las dolencias que le afectaban le incapacitaban para todo trabajo y precisaba de la ayuda de tercera persona para las principales funciones de la vida.

Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Córdoba, desde nos participaron que con fecha 14 de febrero de 2002 el interesado solicitó reconocimiento de grado de discapacidad, reconociéndosele por resolución de 1 de abril de 2002 un grado de 35%, revisable a partir del 30 de marzo de 2007.

Con fecha 28 de junio de 2007 se emitió nueva resolución de revisión de oficio, con un 45% de grado, revisable a 30 de junio de 2015. El Dictamen Técnico Facultativo recogía "Trastorno del Desarrollo."

Con fecha 12 de Agosto de 2015 se efectuó dicho reconocimiento y se emitió resolución de revisión de oficio, de fecha 9 de noviembre de 2015, con un 54% de grado, revisable a 31 de octubre de 2019.

EI Dictamen Técnico Facultativo recogía nuevas patologías “Trastorno del desarrollo y discapacidad del sistema neuromuscular por lesión del plexo braquial”.

Con fecha 15 de diciembre de 2015 presentó reclamación previa, donde explicitaba que fuese concedido un 65% por estar incapacitado de forma permanente y absoluta; estudiado el expediente por reclamación, en sesión del 26 de Enero de 2016, se decidió citar para objetivar C.l. Fue citado el 19 de Abril de 2016, estimando dicha reclamación mediante resolución de fecha 23 de junio de 2016, situando su grado de discapacidad en 56%.

Con fecha 27 de marzo de 2017, presentó solicitud por agravamiento, adjuntando informe del tutor de su Centro de Educación Especial y valorada la documentación aportada en sesión de estudio de fecha 4 de septiembre de 2017 se determinó por parte del EVO la resolución ratificando el grado de discapacidad mediante Resolución de fecha 21 de septiembre de 2017.

Con fecha 30 de Octubre 2017 se presentó reclamación previa, solicitando ser citado para dicha revisión por agravamiento. En sesión de estudio, el de diciembre de 2017, se dictaminó citar a nuevo reconocimiento.

El día 8 de enero de 2018 fue citado para dicha revisión que suponía emitir nueva Resolución de Grado de discapacidad, que sería enviada en los próximos días a su domicilio.

Dicha Resolución reconocía un 65% de grado con carácter definitivo.

Puesto que de la información anterior se desprendía que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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2 Comentarios

El DPA responde | Septiembre 10, 2020

Estimado Vicente, si ha pasado el plazo de 2 años desde que te concedieron la incapacidad o agotado el plazo de revisión que venia en la resolución puedes solicitar revisión de grado de la incapacidad permanente. Debes solicitarlo en la Oficina del INSS de tu localidad.

En este enlace puedes encontrar información http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Prestacion...

Vicente (no verificado) | Septiembre 5, 2020

Tengo una ipt y quiero presentar reclamaciones por empeoramiento dolor crónico con tratamiento unidad del dolor hace 4 años, motivo del no poder trabajar en ningún trabajo por facil que pueda parecer incluso habiéndolo probado en 2 ocasiones. Un saludo.

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