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Queremos ayudar al interés ciudadano por el Castillo “la Isabela”, en Alcolea

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/1042 dirigida a Consejería de Turismo y Deporte Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Córdoba

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Pedimos que se estudien medidas de protección para el Castillo “La Isabela” en Alcolea, de Córdoba.

A la vista de la información recibida, debemos interpretar la limitada referencia histórica y cultural del inmueble, a juicio de la valoración especializada que nos trasladan. No nos encontramos, por tanto, ante un supuesto dotado de reconocimiento y catalogación formal que exigiría la adopción de otro tipo de pronunciamiento a cardo de esta Institución en orden a garantizar las medidas que la normativa patrimonial y cultural le otorgaría.

02-03-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha venido desarrollando una amplia y dilatada labor de atención al eficaz sistema normativo de promoción y protección del patrimonio histórico artístico.

Así, en los sucesivos Informes Anuales al Parlamento, al igual que con motivo de la elaboración de los Informes Especiales, la Institución ha querido contribuir al mejor desempeño de las actuaciones de los poderes públicos para la protección y puesta en valor de nuestra riqueza monumental. Todo ello en consonancia con las funciones de protección y tutela de los derechos establecidos en los artículos 44 de la Constitución y 33 y 37.1º.18 del Estatuto de Autonomía en el ámbito de la Cultura.

En el amplio escenario de intervenciones de este tipo que se producen a lo largo del territorio andaluz, ocupa un lugar preeminente las acciones que posibilitan el efectivo disfrute de nuestro patrimonio cultural gracias a promover su conocimiento y protección.

Sin duda, en determinadas comarcas y localidades de Andalucía, esta tarea compleja e ingente adquiere la dificultad de la alta concentración de este patrimonio histórico y monumental. Tal es el caso, sin lugar a dudas, de la ciudad de Córdoba y sus entornos.

En concreto hemos tenido conocimiento de la situación del denominado Castillo “La Isabela” en Alcolea, que estaría siendo sometido a todo tipo de expolios y sin obtener medidas singulares de protección. Esta situación ha sido puesta de manifiesto por una entidad ciudadana preocupada por la conservación del patrimonio histórico y hemos creído oportuno conocer con mayor detalle los motivos de tales protestas.

Ciertamente la construcción es de fecha históricamente reciente, 1871, y sin que se hayan concretado destacados valores artísticos o monumentales. En todo caso, en atención a la labor de acogida y atención que acostumbramos a prestar a estas iniciativas comprometidas de la ciudadanía con los valores culturales, deseamos solicitar la colaboración de la autoridad cultural para conocer su criterio al respecto.

Por ello, hemos considerado oportuno incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Córdoba, a fin de conocer:

medidas declarativas de protección patrimonial-cultural del denominado Castillo “La Isabela” en Alcolea, en Córdoba.

labores de intervención que se hubieran realizado en su caso.

calendario de intervenciones previstas, en su caso, para su protección o conservación.

respuestas que se hubieran dirigido a la entidad ciudadana promotora de las peticiones de protección y conservación.

12-04-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Pedimos que se estudien medidas de protección para el Castillo “La Isabela” en Alcolea, de Córdoba.

A la vista de la información recibida, debemos interpretar la limitada referencia histórica y cultural del inmueble, a juicio de la valoración especializada que nos trasladan. No nos encontramos, por tanto, ante un supuesto dotado de reconocimiento y catalogación formal que exigiría la adopción de otro tipo de pronunciamiento a cardo de esta Institución en orden a garantizar las medidas que la normativa patrimonial y cultural le otorgaría.

No obstante, y partiendo del criterio técnico que aluden, destacamos las oportunas disposiciones legales relativas a las obligaciones de los titulares de dichos inmuebles para atender su conservación y mantenimiento. A tales efectos, dejamos a la consideración de Cultura la adopción de medidas que promuevan estas acciones de conservación y responsabilidad frente a los titulares del inmueble, en el marco de las disposiciones aplicables.

Además de promover el efectivo cuidado del patrimonio incentivando la asunción de las responsabilidades, se ofrecería una ajustada respuesta a las peticiones de colectivos ciudadanos que también se han hecho eco del estado del inmueble y la necesidad de evitar su deterioro.

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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