El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

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¿Qué medidas de protección recibe el Castillo de Alcalá de Guadaira?

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 15/4897 dirigida a Consejeria de Cultura, Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Sevilla, Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla)

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Conocemos las últimas intervenciones sobre el Castillo y proponemos mejorar las condiciones de protección de su entorno.

19-11-2015 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha venido desarrollando una amplia y dilatada labor de atención al eficaz sistema normativo de promoción y protección del patrimonio histórico artístico.

Así, en los sucesivos Informes Anuales al Parlamento, al igual que con motivo de la elaboración de los Informes Especiales, la Institución ha querido contribuir al mejor desempeño de las actuaciones de los poderes públicos para la protección y puesta en valor de nuestra riqueza monumental. Todo ello en consonancia con las funciones de protección y tutela de los derechos establecidos en los artículos 44 de la Constitución y 33 y 37.1º.18 del Estatuto de Autonomía en el ámbito de la cultura.

En el amplio escenario de intervenciones de este tipo que se producen a lo largo del territorio andaluz, en ocasiones aparecen noticias sobre la ausencia de protección y tutela de estos inmuebles o espacios, por lo que se sitúan bajo la amenaza de intervenciones de terceros que perjudiquen su conservación o incluso quedando en un riesgo cierto de expolio. En otras ocasiones hablamos de supuestos en los que no se encuentran definidas las intervenciones formales de tutela que tales inmuebles necesitan para dotarse y perfeccionar el régimen de protección que la normativa prevé.

En esta ocasión hemos conocido, según diversos medios de comunicación, la situación que presenta el castillo y alcazaba de Alcalá de Guadaira (Sevilla). Se da la circunstancia de que está situado en un alto sobre el río Guadaíra, de traza Almohade y con construcciones bajomedievales, comprende una serie de edificaciones entre las que destaca el Alcázar. El Castillo está flanqueado por once torres, con detalles arquitectónicos y decorativos de gran valor.

Efectivamente, el castillo está declarado BIC desde 1985 y así aparece reseñado en el inventario de bienes inmuebles protegidos con las siguientes reseñas:

Denominación del bien: Castillo

Otra denominación: Recinto amurallado, Castillo y recinto fortificado.

Provincia: SEVILLA

Municipio: ALCALA DE GUADAIRA

Régimen de protección: B.I.C

Estado administrativo: Inscrito Fecha de disposición: 25/06/1985

Tipo de patrimonio: Inmueble Tipología jurídica: Monumento

Boletín oficial: BOE del 29 de junio de 1985”

Según distintas informaciones, la catalogación del inmueble en los términos indicados exige el despliegue consecuente de las medidas y planificación, protección tutela y puesta en valor que la normativa establece que, sin embargo, no se habrían definido ni aprobado formalmente.

Esta Institución al tener conocimiento de estas noticias, ha considerado oportuno profundizar en las causas de esta peculiar situación que, en todo caso, necesitaría una información más detallada y explicativa. No debemos dejar de reseñar los precedentes contenidos en el expediente Q05/2019 seguidos por análogos motivos y que, tras la información ofrecida por las administraciones responsables, creímos considerar que se encontraba en claras vías de solución. Por ello, hemos considerado oportuno proponer incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira y Delegación Territorial de Cultura de Sevilla, a fin de conocer:

  • medidas protectoras previstas para dicho Bien de Interés Cultural.

  • ejecución y control de las mismas.

  • proyectos que se prevean realizar con un carácter más definitivo para la conservación del entorno.

  • intervención de las autoridades culturales en la adopción de estas medidas y futuras actuaciones de carácter más definitivo.

 27-04-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Conocemos las últimas intervenciones sobre el Castillo y proponemos mejorar las condiciones de protección de su entorno.

A la vista de la relación de intervenciones que nos comunican, entendemos procedente impulsar las medidas de delimitación y protección del entorno del conjunto monumental, rogando a las autoridades nos mantengan informados de los trámites y su conclusión.

Procede concluir la queja situando la cuestión en vías de solución para facilitar su ulterior control.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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