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Obtiene la ayuda a domicilio por su situación de dependencia grave

Queja número 16/3942

Aceptada la Resolución formulada para que se aprobase el PIA de un Gran Dependiente.

El interesado, Gran Dependiente por resolución de 29 de marzo de 2016, no estaba recibiendo prestación ni servicio alguno.

Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, en su respuesta no quedaba aclarado el estado de tramitación del expediente ni las previsiones temporales para el efectivo disfrute de la prestación que le pudiera corresponder, por lo que acordamos solicitar un nuevo informe. Recibido éste se nos indicaba que la resolución de grado había sido remitida a los servicios sociales comunitarios para que iniciaran la elaboración de la propuesta del Programa Individual de Atención (PIA), que ya había sido validada y estaba pendiente de entrada en la Delegación, por lo que en cuanto la recibieran, la aprobación del PIA se haría en función de la fecha de entrada de las solicitudes iniciales, tal y como dispone el artículo 74.2 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.

Trasladada esta información al promotor de la queja, alegó que continuaba sin aprobarse el PIA, por lo que, en virtud del artículo 29 de nuestra Ley reguladora, formulamos a la citada Delegación Territorial Resolución en el sentido de que se aprobase el mencionado PIA, así como que se investigasen los motivos que hubieran causado la tardía recepción de la propuesta de PIA, adoptando las medidas necesarias para que no volvieran a darse estas circunstancias.

En su respuesta, la Delegación Territorial nos informó que, finalmente, con fecha 24 de julio de 2017 se aprobó mediante resolución el PIA por el cual se le reconoció el derecho al disfrute del Servicio de Ayuda a Domicilio (70 h/mes).

De lo anterior se deducía la aceptación de la Resolución formulada, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones al haber sido aceptada la pretensión del interesado.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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