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No puede subir a vehículo público adaptado por desconocer el conductor el funcionamiento de la rampa elevadora. Tomarán medidas

Queja número 18/3974

Se adoptan medidas para que las personas con discapacidad puedan acceder a autobús adaptado y evitar situaciones como la que sufrió la afectada que no pudo subir por desconocer el conductor el funcionamiento de la rampa elevadora.

La interesada manifestaba que utilizaba una silla de ruedas eléctrica y que en la estación de autobús de Montilla, el 20 de junio de 2018 a las 19:45 horas el conductor se negó a subirla porque decía que no sabía manejar la rampa, habiendo llamado por teléfono ella a la empresa el día anterior y confirmándole que el autobús vendría adaptado para poder utilizar sus servicios. Dicho autobús disponía del adhesivo de minusválido.

Tras los hechos sucedidos se dirigió a la Comisaría de Policía de Montilla contando lo sucedido, quedando registrado los hechos. Le facilitaron un taxi para su desplazamiento a Córdoba.

Admitida a trámite la queja, solicitamos informe a la Viceconsejera de Fomento y Vivienda en el sentido de que se verificasen los hechos que suscitaban la reclamación de la afectada así como de las medidas sancionadoras que, en caso de resultar procedente, se hubieran adoptado a la vista de los hechos expuestos.

Se nos remitió respuesta por la Dirección General de Movilidad, desprendiéndose el claro reconocimiento del mal servicio prestado por la empresa concesionaria debido al desconocimiento por parte del conductor del funcionamiento de la rampa de acceso al autobús. Por ello, se indicaba que, sin perjuicio de la tramitación a realizar por el Sistema Arbitral de Consumo, se había requerido a la empresa concesionaria para que informase sobre los hechos denunciados y se habían ordenado actuaciones inspectoras sobre el protocolo de asignación de vehículos adaptados y la formación de los conductores, así como que se incoasen los procedimientos sancionadores que, en su caso, fueran procedentes.

Dado el contenido de esta respuesta, cabía estimar que la Consejería de Fomento y Vivienda estaba impulsando las medidas necesarias para que hechos como los que motivaron la presente reclamación, no volvieran a producirse y las personas con movilidad reducida no volvieran a sufrir perjuicios como los que la interesada debió afrontar al impedírsele viajar en el autobús y tener que utilizar un taxi.

En consecuencia, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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