Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/2380 dirigida a Consejería de Justicia e Interior
La queja 14/2380 fue tramitada de oficio para dar un tratamiento global a varias quejas que de manera individual nos exponían retrasos en la tramitación y concesión de las ayudas para víctimas de terrorismo previstas por la Ley 10/2010. Ciertamente ya habíamos recibido reclamaciones individualizadas sobre esta cuestión que fueron debidamente tramitadas, pero el asunto merecía un análisis más genérico en cuanto observamos determinados problemas de gestión compartidos en diferentes expedientes.
La información ofrecida por la Consejería y el análisis del caso nos llevó a formular una resolución que venía a plantear varias medidas. De un lado, solicitamos la contestación expresa de cada solicitud presentada evitando un empleo abusivo e innecesario de la figura del silencio administrativo; además requerimos una notificación individualizada de las resoluciones sin acudir a fórmulas acumuladas de comunicación mediante anexos en los que aparecían datos de carácter personal que no debían ser revelados de manera indebida. Además, propusimos una serie de mejoras en los contenidos de cada notificación para motivar con mayores garantías los cálculos y cuantía de las ayudas concedidas, junto a la conveniencia de promover medidas de participación con el colectivo de las víctimas de terrorismo, así como realizar un informe o memoria completa de las actuaciones desarrolladas por la Comunidad Autónoma a tenor de todas las previsiones que recoge la Ley 10/2010 a favor de estas víctimas.
Finalmente, la respuesta ofrecida desde la Consejería de Justicia e Interior viene a aceptar, en su conjunto, las medidas propuestas. Así, se anuncia que se están notificando individualizadamente todas las resoluciones de estas ayudas, sin acudir a comunicar anexos con datos personales de todas las personas solicitantes, del mismo modo que se manifiesta haber acogido las Sugerencias dirigidas para abordar un trabajo de información que permita conocer y evaluar el resultado de todas las medidas recogidas por la Ley 10/2010 y que merecen un ejercicio de estudio y evaluación.
A la vista de esta respuesta, el Defensor ha entendido globalmente aceptada la Resolución que fue dirigida y permaneceremos atentos a las medidas que se han anunciado.
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