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La Agencia Tributaria de Andalucía facilitará la utilización de sistemas y programas informáticos abiertos y/o de uso generalizado

Queja número 16/1295

La Agencia Tributaria de Andalucía acepta Resolución de este Comisionado relativa al establecimiento de programas abiertos y/o de uso generalizado para su uso por los contribuyentes.

El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Resolución ante la Agencia Tributaria de Andalucía, en el sentido de que sin más demora se introduzcan las medidas técnicas que permitan la utilización de sistemas y programas informáticos abiertos y/o de uso generalizado.

Al efecto se recibe informe de la Administración indicando que se acepta la recomendación formulada e informa que como consecuencia de la aprobación del Decreto-Ley 4/2016, de 26 de julio, de medidas urgentes relativas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y posterior convalidación por el Parlamento de Andalucía, entraron en vigor una serie de medidas fiscales urgentes en materia del ISD.

Dichas medidas fiscales afectan al cálculo de la reducción en la base imponible por parentesco y reducciones por adquisición de explotaciones agrarias, establecidas respectivamente en el art 18 y 22 del Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre.

Como consecuencia de tales modificaciones legales, el programa de ayuda a la confección de autoliquidaciones para el ISD ha visto demorada su puesta en explotación para los contribuyentes, debido al impacto que aquéllas tienen en el cálculo del Impuesto, lo que ha motivado la revisión completa del programa y la realización de las pruebas oportunas para corroborar el correcto funcionamiento del nuevo programa de ayuda para la confección de autoliquidaciones del ISD.

Concluye el informe indicando que la Agencia Tributaria espera que en pocas semanas esté disponible para los contribuyentes la nueva versión de dicho programa de ayuda.

En consecuencia consideramos aceptada la Resolución formulada por el Defensor del Pueblo Andaluz y se procede al cierre del expediente.

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