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Intervienen ante el abandono de la ermita de San Ambrosio entre Vejer de la Frontera y Barbate

Queja número 18/6239

El Defensor del Pueblo Andaluz acordó la tramitación de queja ante la situación de deterioro, falta de conservación y escasa publicidad de la Ermita de San Ambrosio en Barbate. Para ello recabamos información a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Cádiz, así como al propio Ayuntamiento de la ciudad barbateña.

La citada Delegación Territorial nos ha manifestado al respecto que

DUODÉCIMO.- El 18 de abril de 2016 se emite informe del Departamento de Protección del Patrimonio Histórico, donde se manifiesta que tras el requerimiento de 11 de marzo de 2015, representantes del Obispado de Cádiz y Ceuta anunciaron verbalmente la adopción de diversas soluciones que a pesar del tiempo transcurrido no han venido a concretarse en modo alguno, sin que se haya aportado documentación ni justificación en relación con este expediente.

De esta forma se considera que tal falta de atención del deber de conservación pone en riesgo la conservación del BIC y, en consecuencia se propone la apertura de expediente sancionador, justificado por los hechos que anteceden.

DÉCIMOTERCERO.- El 27 de abril de 2016, esta Delegación reitera al Obispado su obligación como propietario de conservar, mantener y custodiar y se le requiere para que en el plazo de 30 días presente un Proyecto de Conservación.

DÉCIMOCUARTO.- En contestación a este requerimiento tiene entrada en esta Delegación Territorial contestación del Obispado, el 23 de mayo de 2016, presentando nuevamente escrito y manifestando que esta Delegación “omite que este Obispado si presentó escrito de respuesta a la solicitud planteada por esta Delegación". Añade que en el escrito del 27 de marzo de 2015 se respondía y aclaraba las dudas que se habían planteado anteriormente.

Esta Delegación Territorial emite contestación el 25 de mayo de 2016 donde se reitera el requerimiento de 30 días para aportar el Proyecto de Conservación al ser precisamente por la insuficiencia de la documentación aportada por lo que se le solicita el mismo.

DÉCIMOQUINTO.- El 7 de junio de 2016 el Obispado solicita, como propietario de la Ermita de San Ambrosio consultar el expediente administrativo relativo al citado inmueble. Se resuelve de forma favorable el 9 de junio indicándole las condiciones para la comparecencia en esta Delegación.

El 17 de junio de 2016 se levanta Acta de comparecencia y consulta de documentos de los interesados, en concreto:

  • Expediente de Declaración de BIC de la Ermita de San Antonio en Barbate, donde se consulta el expediente pero no se solicita copia.

  • Expediente de solicitud de Proyecto de Conservación de dicha Ermita.

DÉCIMOSEXTO- El 30 de junio se recibe escrito de alegaciones del Obispado de Cádiz y Ceuta como contestación al ultimo requerimiento de esta Delegación de 25 de mayo de 2016, donde se manifiesta que lo propuesto por esta Delegación Territorial son labores que solo cabe considerar como de mero mantenimiento, y en ningún caso como intervenciones de conservación, rehabilitación o restauración en los términos del articulo 21, y por tanto no procede la exigencia de Proyecto de Conservación.

DÉCIMOSEPTIMO.- El 20 de julio de 2016 se emite informe por el Departamento de Protección del Patrimonio Histórico, concluyéndose que no son validas ni las manifestaciones ni las argumentaciones técnicas formuladas y que resuelta manifiestamente desatendido el requerimiento de esta Delegación Territorial. Por tanto se remite el expediente a la Asesoría Jurídica de esta Delegación Territorial al objeto de adoptar las actuaciones que procedan de conformidad con el Titulo XIII sobre Régimen Sancionador previstas en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

DÉCIMOCTAVO.- El 2 de diciembre de 2016 se acuerda iniciar el Procedimiento Sancionador CA-27/2016 en materia de Patrimonio Histórico. Dicho Acuerdo es recibido por el interesado 12 de diciembre del mismo año.

El 15 de diciembre se se verifica comparecencia por parte del Obispado en esta Delegación Territorial para examinar los documentos que constan en el expediente, y se le entrega copia del Documento n°23 “Informe del 20 de julio de 2016 del Jefe del Departamento de Protección del Patrimonio Histórico”.

El 3 de enero de 2017 presenta alegaciones dentro del plazo establecido.

DECIMONOVENO.- El 26 de enero de 2017 se dicta Propuesta de Resolución, recibida por el interesado el 31 de enero, presentándose alegaciones al respecto el 20 de febrero de 2017.

VlGÉSIMO.- El 7 de marzo de 2017 se dicta Resolución de la Delegada de Cultura, Turismo y Deporte, recibida el 13 de marzo, contra la que presenta el letrado D. Jesús Fernández Guerrero el Recurso de Alzada el 7 de abril de 2017 dentro del plazo establecido.

En dicha Resolución se acuerda por esta Delegación Territorial la imposición de una sanción económica al Obispado de Cádiz y Ceuta por importe de TREINTA MIL EUROS (30.000 €) al considerarse a dicha entidad responsable en concepto de autor de una infracción administrativa en materia de patrimonio histórico conforme a la tipificación contenida en el art. 110.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucia.

Igualmente en dicha Resolución se impone al Obispado la obligación de presentar ante la Delegación Territorial en Cádiz de Cultura, Turismo y Deporte de un proyecto de conservación del BIC “Ermita San Ambrosio” para su aprobación, en su caso, por la misma.

VIGÉSIMO PRIMERO.- Con fecha 31 octubre de 2017 se dicta por la Viceconsejera de Cultura (por delegación del Consejero) Resolución del recurso de alzada interpuesto por la que se confirma en todos sus términos la Resolución de la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de 7 de marzo de 2017 y se desestiman, por tanto, las pretensiones de la entidad recurrente.

VIGÉSIMO SEGUNDO.- Posteriormente el Obispado de Cádiz y Ceuta presenta Recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra la Resolución de 31 de octubre de 2017.

Posteriormente mediante Auto de 10 de mayo de 2018 se acuerda por el Tribunal Superior de Justicia declarar la competencia para conocer del recurso al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz, que por turno de reparto corresponda”.

Del mismo modo, el propio Ayuntamiento de Barbate nos informó con fecha 28 de noviembre de 2018 que:

En cuanto a las señalizaciones para promover su visita, este Ayuntamiento, en una nueva rotonda de acceso desde Zahora a San Ambrosio tiene colocada ya una, no obstante a través de la Delegación de Cultura, se estudiará la ubicación de otras señalizaciones. También informarles que este Ayuntamiento colabora puntualmente con asociaciones de defensa de la Ermita de San Ambrosio, pero todas las actuaciones deben ser autorizadas y promovidas por su propietario”.

A la vista de sendas informaciones, hemos de entender que ambas administraciones, en el marco de sus respectivas iniciativas, vienen interviniendo sobre el inmueble y entorno de la citada ermita en los términos que se recogen en dichos escritos.

Es intención de esta Institución proseguir impulsado las actuaciones necesarias de todas las instancias competentes para salvaguardar la integridad de dicho entorno declarado BIC y merecedor de la protección y tutela que la normativa establece para los inmuebles inscritos en el CGPHA.

Por ello, hemos de reiterar, tanto al Ayuntamiento como a la Delegación de Cultura gaditana, la importancia de imprimir continuidad de los proyectos emprendidos y el impulso de las medidas dirigidas al cumplimiento de las obligaciones establecidas, en sus respectivos ámbitos competenciales, en la normativa patrimonial y artística.

Entendiendo que el asunto se encuentra en vías de solución, y sin perjuicio de las actuaciones de seguimiento que resulten necesarias, procedemos a concluir nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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