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Inspeccionarán qué sucedió en el acceso a un casino de una persona que tiene vetada la entrada por ludopatía

Queja número 17/2989

La queja en cuestión se tramitó para estudiar los mecanismos de control en el acceso de personas afectadas por medidas de interdicción en salas de juego. En concreto se analizaba la presencia de una persona con continuados accesos a un casino a pesar de su inclusión en el registro de tales prohibiciones generando graves perjuicios económicos.

Tras la tramitación de la presente queja, el Defensor del Pueblo Andaluz, formuló a la Dirección General de Patrimonio las siguientes Resoluciones:

Recomendación 1, para que se inicien las actuaciones oportunas, en el marco de las potestades de policía y control, para esclarecer las circunstancias que motivan la denuncia de los interesados ante la inaplicación del régimen de prohibición de acceso a establecimientos de juego que tiene en vigor el sujeto inscrito en el Registro especial.

Recomendación 2, para que se auditen los sistemas de información, gestión y acceso que ofrece el Registro de Control de Interdicciones de Acceso a los Establecimientos de Juegos y Apuestas de Andalucía a fin de asegurar su correcto funcionamiento y su aplicabilidad para el cumplimiento de las obligaciones que pesan en los establecimientos de juegos, apuestas y azar. ara garantizar las condiciones de participación de este singular colectivo.

La respuesta de la Dirección General de Patrimonio recoge textualmente:

En el cumplimiento de la Recomendación 1, se va iniciar un trámite de actuaciones previas en el marco de las potestades de policía y control que tiene recomendada esta Dirección General a los efectos de dilucidar las responsabilidades de lo ocurrido y la posible incoacción de un expediente sancionador, para esclarecer las circunstancias que han motivado que D. José Andrés Pretel Maldonado haya accedido al Casino de Torrequebrada.

Y en el cumplimiento de la Recomendación 2, se informa que el mantenimiento y mejoras en el contenido del fichero se vienen realizando de forma continua para solucionar posibles problemas de identificación, pro que no es el caso de la persona que ha presentado la queja, ésta se encontraba plenamente identificada en el Registro de Interdicciones de Acceso a los Establecimientos de Juegos y Apuestas. Así mismo, indicar que la empresa informática que realiza la asistencia técnica del SOSJUEP (Sistema de Información sobre Juegos y Espectáculos Públicos) desarrolla un seguimiento y mantenimiento del fichero, al que acceden los establecimientos de juego autorizados para ello, para solucionar los posibles errores e incidencias que puedan generarse.”

A la vista de dicha, respuesta hemos de valorar que la resolución ha sido sustancialmente aceptada, anunciando las actuaciones que promueven las actuaciones inspectoras y, en su caso, disciplinarias que se deriven de este grave caso. Y, del mimos modo destacamos el anuncio de promover medias de control y verificación de los mecanismos y aplicaciones que permiten el acceso y correcto funcionamiento de los Registros de Control de Interdicciones de Acceso a los Establecimientos de Juegos y Apuestas de Andalucía.

No obstante, permaneceremos atentos a los hechos sucesivos que afecten a tales medidas anunciadas.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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