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Inspeccionarán la climatización de un establecimiento hostelero que molesta a la vivienda del piso de arriba

Queja número 18/2600

En su escrito de queja, el interesado nos exponía, en esencia, los daños físicos y psíquicos que le estaba ocasionando la actividad de un establecimiento hostelero situado en los bajos de su edificio, en la zona de La Antilla, en el municipio onubense de Lepe, donde residía “durante largos periodos, sobre todo en la época estival, desde Junio a Septiembre, ambos inclusive en la misma”. Siempre según el interesado, su vivienda “está situada en la planta primera del citado edificio, hallándose en la planta baja del mismo el local cuya actividad es la de restaurante, conocido actualmente por ... que, según información obtenida, lo explota en régimen de alquiler. Desconocemos si el citado negocio cuenta con licencia de apertura y demás documentación administrativa y legal para su explotación. Dicho local cuenta con un espacio en el que se halla instalada diversa maquinaria de climatización de gran potencia, que se halla bajo mi vivienda, con unas rejillas de ventilación hacia el exterior. El funcionamiento de dicha maquinaria conlleva un incremento anómalo y considerable de la temperatura en parte del suelo de mi vivienda, llegando a provocar fisuras en determinadas zonas de la solería. Dicho incremento de temperatura ha afectado gravemente a la habitabilidad de la vivienda, cuando el negocio instalado en la planta baja acciona el sistema de climatización. Es tal la afección que me ha causado graves estados de ansiedad, impidiéndome conciliar el sueño y desarrollar una vida digna en el interior de mi vivienda en dichos periodos”.

Había denunciando estos hechos en el Ayuntamiento de Lepe y en las dependencias de la Policía Local, pero no le constaba la apertura de ningún expediente, ni actuación por parte del Ayuntamiento dirigida a mitigar o eliminar esta incidencia. Sobre estos hechos nos remitía un informe pericial encargado por él en el que se indicaba, a modo de conclusión, que “se considera que la afección de un incremento anómalo de la temperatura de la vivienda, afectando a su habitabilidad, se debe a la existencia de maquinaria en una zona del local del piso inferior, pudiéndose y debiéndose implantar medidas correctoras para minimizar dicha afección”.

También nos remitió el interesado la copia de una comunicación del Ayuntamiento de Lepe, de agosto de 2018, en la que se indicaba, tras una visita al lugar donde se ubicaba el aparato de climatización objeto de la queja, que “el horario de inspección puede no haber sido el de pleno rendimiento de la actividad. Por lo que se entiende que la Policía Local podría verificar tal situación en cualquier otro horario que sea más óptimo para el análisis. Dado cuenta que no tiene en estas dependencias maquinaria para detallar la diferencia de gradiente térmico que pueda existir (…) a posteriori se hace inspección del lugar denunciando, en referencia al restaurante «...» en la fachada del local existen unas rejillas que echan aire caliente de una forma normal, aunque se hace referencia de nuevo al horario de visita que puede no ser el rendimiento óptimo del establecimiento”, así como que “se visita en el interior la sala donde se alberga el aparato de aire acondicionado y no se nota ningún calor ni se puede ver la maquinaria que se utiliza dado que está cerrada pero se encuentra en funcionamiento”. Finalizaba el informe municipal diciendo que “por todo ello, comunicar que dado que por los técnicos no se aprecia tal calentamiento y haciendo inciso en que quizás sea por el horario de la inspección, se estima oportuno que lo ponga en conocimiento de la Policía Local para que levante acta de las quejas en un horario que sea óptimo de la actividad si persiste el calor para poder continuar con el trámite si fuere oportuno”.

Tras admitir a trámite la queja e interesar el preceptivo informe al citado Ayuntamiento, éste nos indicó, en síntesis, que el establecimiento disponía de calificación ambiental favorable otorgada en febrero de 2006 y de licencia de apertura para restaurante desde abril de 2006. En cuanto a si el establecimiento se encontraba conforme a lo autorizado en su momento, nos indicaban que “ha sido requerido al titular de la actividad la presentación de certificado técnico elaborado por competente en la materia en el que se describa la instalación de climatización, si cumple con la normativa vigente y diseño necesario para el establecimiento, así como la marca, calorías y todo para definirlo, encontrándose pendiente de la presentación”.

Posteriormente, conocimos que la propiedad del establecimiento hostelero no había presentado la documentación exigida, por lo que el Ingeniero Técnico Municipal, en enero de 2019, había evacuado informe por el que “entiende que la referida actividad no cumple con las condiciones exigidas legalmente por lo que deberán adoptarse las medidas oportunas. En estos momentos se encuentra en estudio el inicio de un expediente para la revocación de la licencia concedida en el establecimiento”.

Después de ello, en un nuevo informe del Ayuntamiento, éste nos informó que el establecimiento ya no ejercía actividad alguna, encontrándose cerrado al público aunque, en todo caso, ya se había incoado expediente administrativo para la resolución, por extinción, de la licencia de apertura del establecimiento al no acreditar su titular el cumplimiento de las condiciones ambientales exigibles. La incoación de este expediente había tenido que ser publicada en el Boletín Oficial del Estado ante la imposibilidad de notificación personal al denunciado.

Por tanto, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones al desaparecer el problema de fondo objeto de la queja con el cese de la actividad del establecimiento, provocada a su vez por la intervención municipal, con lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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