Fecha:
Mié, 23/07/2014
Medio:
Poder Judicial
Una resolución respalda la cuestión prejudicial planteada por la sección tercera de la Audiencia Provincial de Castellón. La Ley de Enjuicimiento Civil sólo permite a los bancos, pero no a los deudores, recurrir en apelación ante resoluciones contrarias a sus intereses
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