DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS: ¿Cuáles son las medidas previstas en el Código de Buenas Prácticas?


“3. e) Esta medida no será aplicable en los supuesto que se encuentren en procedimiento de ejecución en los que ya se haya anunciado la subasta, o en los que la vivienda esté gravada con cargas posteriores.”

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