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Contaminación acústica: el Ayuntamiento de Málaga acepta nuestra resolución y adoptará medidas en El Romeral

Queja número 14/5246

El Defensor del Pueblo Andaluz considera que el Ayuntamiento de Málaga ha aceptado su resolución sobre la problemática de ruidos provocada por la aglomeración y acumulación de establecimientos hosteleros con terrazas de veladores en la zona del barrio de El Romeral, de Málaga, llevando a cabo diversas iniciativas para medir el nivel de contaminación acústica y adoptar las medidas a que haya lugar en función de los resultados obtenidos.

Ante la problemática de ruidos provocada por la aglomeración y acumulación de establecimientos hosteleros con terrazas de veladores en una zona de la ciudad de Málaga, formulamos resolución, dirigida a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Málaga, recordándole la obligación legal que tiene de ejercitar de forma eficaz, diligente y de acuerdo con el principio de buena administración, sus competencias en materia de protección contra el ruido, policía administrativa, control y vigilancia de actividades hosteleras, haciendo compatible la libertad de empresa y el ocio con el descanso de quienes residen en entornos ruidosos. Al mismo tiempo, le recomendábamos que se afrontara esta problemática con una reunión conjunta entre todas las áreas municipales implicadas y la policía local, recordándole la necesidad de proceder cuanto antes a tramitar la comprobación de si la zona en cuestión reunía los requisitos para ser declarada zona acústicamente saturada, con las correspondientes medidas que ello implicaba. Finalmente, y al margen de lo anterior, recordábamos la normativa municipal existente en materia de veladores cuando su utilización genera ruido para las personas residentes en sus entornos, haciendo prevalecer el descanso frente a la ampliación de los negocios con terrazas exteriores.

Tras esta resolución y después de recibir la respuesta municipal a la misma, hemos continuando nuestras actuaciones en las que hemos sido informados, por distintas áreas municipales, de las medidas puestas en marcha para solventar esta problemática:

- Red de monitorización del ruido del ocio: El Ayuntamiento de Málaga, a través de la aprobación de la 2ª Fase del Mapa Estratégico de Ruido y de los planes de Acción contra el Ruido, había implantado una Red Móvil de Monitorización del Ruido de Ocio, con más de 40 puntos en todo el municipio, especialmente en el centro histórico y en la zona de Teatinos, involucrando a la ciudadanía y logrando una interacción que permita concienciar a la sociedad en todos sus niveles mediante encuestas, recogida de incidencias, etc., a través de la web de acceso universal: www.ruidomalaga.vatia.es

Concretamente, en la zona de Teatinos estaban instalados en la avenida Plutarco y en la calle Andrómeda, trabajando en conocer exactamente el comportamiento de ruido y los niveles medidos con sonómetros, informando a la ciudadanía y promoviendo, asimismo, su participación a través de la web indicada y de las redes sociales.

- Planes de acción contra el ruido de la aglomeración de Málaga: el Ayuntamiento está finalizando el II Plan de Acción contra el Ruido, según la Directiva 2002/49/CE, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental. Este trabajo también ha valorado otras fuentes como un estudio de quejas y denuncias por ruidos con la finalidad de cubrir el vacío que existe, según el Ayuntamiento, en cuanto a la obligación de medir otras fuentes de ruido distintas al tráfico rodado, viario, ferroviario, aeroportuario y actividades industriales. Este estudio, junto con la valoración técnica de los resultados de la red de monitorización, va a permitir abordar el ruido del ocio mediante la confección de planes zonales específicos, posibles Zonas Acústicamente Saturadas y otras figuras que recoge el Decreto 6/2002, de 17 de enero. Uno de ellos se encuentra en la zona concreta de la queja.

- Otras actuaciones que se desarrollaran es el Órgano Transversal del Ruido, de carácter técnico y multidisciplinar, para abordar el problema del ruido desde diferentes perspectivas (urbanismo, movilidad, apertura de actividades, etc.) y que podrá conllevar el establecimiento de un canal de comunicación con los vecinos afectados por las fuentes generadoras de ruido y que favorezca el consenso en la toma de decisiones.

- En el sistema de gestión de calidad certificada existen indicadores que permiten vigilar, de forma continua, los tiempos y procesos, analizando las causas de posibles retrasos y adoptar medidas para corregirlos, siendo, en cualquier caso, el procedimiento sancionador un procedimiento reglado, cuyas tipos deben ser respetados por la Administración municipal.

- En cuanto al procedimiento sancionador por las instalaciones de elementos audiovisuales en terrazas, se iniciaron más de 650 expedientes sancionadores por infracciones cometidas en 2014 a la Ordenanza de Ruidos. El promedio de mecanización de estas denuncias fue, en ese año, de 22 días desde la comisión de la infracción. Si se une este dato a las fases de todo procedimiento sancionador, la duración normal de los expedientes es de 3 a 6 meses, dependiendo si el expediente se ha incoado por la propia denuncia o es necesario un acto posterior, la presentación de alegaciones, recursos y la necesidad de publicar la resolución en el boletín oficial correspondiente.

- Respecto de las actuaciones y denuncias de la policía local en el distrito Puerto de la Torre-Teatinos, se nos remitió relación sobre las denuncias presentadas en el año 2014 y 2015, hasta el 26 de Junio, de las que resultaba un total de 472 actas/denuncias en el año 2014 y 136 en el 2015. En cuanto a las inspecciones realizadas en el año 2014, se habían realizado 408 inspecciones, de las que, en 114, se comprobó que no existía irregularidad y en 294 inspecciones se formuló la oportuna denuncia; en el periodo de 2015 comentado, fueron 163 inspecciones, de las que 136 se formuló denuncia. Siempre según los datos facilitados por la Policía Local, realizaron 4.026 actuaciones de control y vigilancia de los decretos dictados en los oportunos expedientes administrativos incoados.

Por otra parte, respecto a las conclusiones finales de los datos recogidos a lo largo de estos meses por la Red y las repercusiones, efecto y resultados de la declaración de medidas de protección y prevención frente al ruido por ocio, no se podrá llegar a un acuerdo clave hasta tanto no finalicen los estudios de evaluación ya que el trabajo que se está desarrollando en la actualidad y los datos que se están recogiendo son fundamentales para cualquier acuerdo o declaración de Zonas Acústicas Especiales.

En cuanto a la coordinación entre diferentes departamentos municipales, está teniendo lugar desde los comienzos del proyecto, incluida la participación del Área de Sostenibilidad Medioambiental en la nueva Ordenanza que regula el uso de la vía pública, que incorpora medidas muy contundentes frente a las terrazas y a las molestias por ruido de establecimientos.

Por último, nos indicaron que para el desarrollo de estas actuaciones el Área de Sostenibilidad Medioambiental ha considerado una partida presupuestaria para poder comenzar a actuar en 2016.

A la vista de esta información, entendimos que no eran necesarias nuevas actuaciones por parte de esta Institución, toda vez que de los documentos recibidos se desprendía que el Ayuntamiento de Málaga había puesto en marcha, y en forma coordinada por distintas áreas, una serie de iniciativas tendentes a controlar el problema del ruido, entendiendo que nuestra resolución se había aceptado, lo que determinaba la finalización de nuestra intervención en este expediente de queja y su archivo.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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