Ayudamos a empadronarse a una persona sin hogar

Queja número 15/1680

El interesado, que vivía en el albergue de Sevilla, solicitaba se le empadronara en Sevilla, debido a que requería atención especializada de cardiología, tras un ingreso en los servicios de urgencias con dolencias cuyo origen pudiera estar en una cardiopatía, según informe clínico.

Nos trasladaba las dificultades que había tenido con el Ayuntamiento de Sevilla para ser censado, debido a su situación de no contar con un domicilio propio.

Nos dirigimos a la citada corporación haciendo referencia a la Resolución de 4 de julio de 1997, en aclaración a lo recogido en la Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local en relación con el padrón Municipal, conjunta de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, en la que se fijan y dan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre actuaciones del Padrón Municipal. Dicha norma, vino a unificar criterios sobre una cuestión que venía generando problemas de empadronamiento a ciudadanos que debido a las situaciones ocasionadas por la crisis económica perdían la vivienda habitual, o viven en condiciones de infravivienda, por cuanto se encontraban en los municipios en un limbo jurídico a todas luces injusto.

En su apartado 4, con el título el empadronamiento de marginados, en su párrafo segundo figura que puede y debe aceptarse como domicilios válidos del Padrón las infraviviendas, refiriéndose de forma expresa a chabolas, caravanas, cuevas, etc..., no siendo ello óbice para no ser empadronados, tal como concluye dicha instrucción.

En estos casos, implica directamente a los Servicios Sociales, como garantía de dicha situación y que sean éstos, con el apoyo de la Policía Local, los que acrediten la misma.

Es por ello, que consideramos que dicha instrucción venía a dar respuesta a una demanda que afecta, lamentablemente, a un nutrido grupo de personas en clara situación de vulnerabilidad económica, física y social. De no aplicarse dicho criterio, estaríamos ante la restricción de las prestaciones sociales, así como de los colectivos que pueden acceder a ellas y que hundiría en unos mayores niveles de pobreza y exclusión a estas personas, a la que las Administraciones tienen que ser sensibles de forma especial.

En su respuesta, se nos participaba que en el Servicio de Estadística se estaba a la espera de que el interesado renovase la documentación de identidad para poder empadronarlo, por lo que estaba pendiente de subsanar este error.

Remitida esta información al interesado, para que alegase lo que estimara conveniente, de sus alegaciones entendimos que el contenido de dicho informe había sido asumido favorablemente ya que podrá empadronarse una vez obtenido el Pasaporte o Documento Nacional de Identidad, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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17 Comentarios

Sakina rahili (no verificado) | Febrero 9, 2026

Qero empadronamento sin domicilio fijo no tengo vivo en gente una cama

El DPA responde | Febrero 11, 2026

Hola Sakina,

Te informamos que es fundamental que solicites por escrito empadronamiento en el domicilio en el que realmente residas en tu Ayuntamiento (presencialmente o en su sede electrónica), rellenando los datos de la correspondiente en la hoja padronal, y adjuntando cualquier otra documentación que acredite que resides en la vivienda. Es importante que tengas en cuenta las siguientes cuestiones:

  • En caso de no tener la documentación que te vincule con la vivienda debes solicitar que se emita informe por la Policía Local o por Servicios Sociales para acreditar la residencia efectiva en  la vivienda.

  • Si recibieras algún escrito solicitándote documentación complementaria recuerda que has de enviarla en el plazo indicado, en caso contrario tu expediente podrá ser archivado.

  • Si te enviaran una resolución denegándote el empadronamiento, no estando conforme con la misma, ten en cuenta que la has de recurrir en el plazo indicado, exponiendo los hechos y los justificantes que estimes convenientes.

  • Te informamos finalmente que en el caso de que transcurrido tres meses desde la solicitud de empadronamiento y no se haya dictado y notificado resolución, se debe solicitar al Ayuntamiento, mediante registro, que se proceda al empadronamiento por operar el silencio administrativo en base al artículo 24 de la LPAC (Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

En todo caso, si pasados tres meses sin haber recibido respuesta, o estando disconforme con la misma, puedes dirigirte de nuevo a esta Defensoría aportando la solicitud acompañada de la documentación adjunta y la respuesta dada o trasladando que no te ha sido notificada sobre tu empadronamiento. Puedes dirigirte a esta Institución por medio de cualquiera de las vías que figuran en el siguiente enlace.

Gracias y saludos

 

Sakina (no verificado) | Febrero 9, 2026

Hola empadronamento sin domicilio fijo

JOSE ANTONIO ca... (no verificado) | Enero 27, 2026

buenas tardes me llamo jose soy un chaval de 35 años que estoy en situacion de calle de hace 3 años me he movido por todas partes para pedir ayuda i me la deniegan me han suspendido una pension no contributiva que es indefifinida con una minusvalia de un 68 por ciento y por el simple echo que no tewngo empadronamientro y estoy en almeria durmiendo en la calle servicios sociales y mas entidades se niegan a enpadronarme solicito ayuda urgente

El DPA responde | Enero 29, 2026

Hola José Antonio, creemos que ya has contactado con nosotros y te hemos llamado. Si necesitas cualquier aclaración no dudes en ponerte de nuevo en contacto con nosotros.

También puedes trasladarnos escrito de queja detallando el problema y adjuntando la documentación que creas de interés: documentación sobre tu PNC y motivo de suspensión, resolución que deniegue tu empadronamiento o solicitud del mismo, registro de entrada de  cualquier instancia solicitando atención por parte de Servicios Sociales, etc.

Si así lo decides, en este enlace (El defensor en un clic) te facilitamos los distintos medios de comunicación que ofrecemos a la ciudadanía para trasladarnos escrito de queja. IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado.

Gracias y saludos

Alex Robinson ... (no verificado) | Diciembre 10, 2024

Solicito ayuda ruego representacion juridica de vosotros , estoy en calidad de infeavivienda , necesito emoadronarme y obtencion de NIE , para poder trabajar y homologar mis competencias profesionales
Llevo 1 año 10 meses en españa pasaporte y permiso de licencia válidos , estoy en malaga capital en una nave ( trasteros ) con problemas sin agua ,sin baños.( Aseos )
Atendiendo a vuestra gestion
Atento a comentarios
Saludos

El DPA responde | Diciembre 12, 2024

Hola Alex,

Para poder ayudarte, te recomendamos que nos facilites un número de teléfono de contacto o bien nos llames al 954212121 y nos expongas tu caso para poder valorarlo adecuadamente.

No obstante te recomendamos que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de  tu Málaga donde te podrán prestar ayuda y orientación.  Málaga capital tiene 12 centros de atención, te ponemos un enlace donde puedes ver su dirección y correo electrónico. https://www.malaga.eu/guia-municipal-fase-2/centros-de-servicios-sociales/

También puedes trasladarnos escrito de queja detallando el problema y adjuntando la documentación que creas de interés. Si así lo decides, en este enlace (El defensor en un clic) te facilitamos los distintos medios de comunicación que ofrecemos a la ciudadanía para trasladarnos escrito de queja. IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado.

Gracias y saludos.

Kenia Soto núme... (no verificado) | Septiembre 10, 2024

Hola soy de vera almeria, han comenzado las clases y como no estamos empadronados no me aceptan matricular a mi hijo en la escuela el tiene 8 años, he ido al ayuntamiento y me dicen que ellos no pueden hacer nada vivimos mi esposo mi hijo y yo en una habitación de la hermana de mi esposo y ellos no nos pueden empadronar, y sin ese documento no acepta mi hijo en la escuela, que puedo hacer ya me dicen que me van a multar o meter en la carcel si no llevo a mi hijo a la escuela. Gracias

El DPA responde | Septiembre 12, 2024
Hola Kenia,

Te recomendamos que para poder orientarte adecuadamente en tu situación, nos traslades un número de teléfono en el que poder contactar contigo o bien nos llames al 954212121.

Saludos

Maribel del Soc... (no verificado) | Agosto 16, 2023

Hola actualmente vivo con mi marido y mi hija de 13 años desde hace 3 años en un piso el cual nos rentan pero no tenemos contrato y no hay forma de demostrar que rentamos ahí, hemos querido empadronarnos, hemos ido al ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache Sevilla para poder empadronarnos y no hemos podido porque nos piden documentos del piso o nos dicen que la que nos alquila nos de la autorización pero le hemos dicho y ella dice que no puede, nos hemos enterado que ella no puede porque tampoco tiene los documentos del piso. Hemos intentado empadronarnos por medio del empadronamiento sin domicilio fijo y no los han negado, podrían ayudarme en infórmame cómo puedo hacer ya que necesito que a mi hija de 13 años pueda tenerte acceso a los servicios de salud

El DPA responde | Agosto 21, 2023

Hola Maribel,

Te recomendamos que para poder orientarte adecuadamente en tu situación, nos traslades un número de teléfono en el que poder contactar contigo o bien nos llames al 954212121.

Saludos

Carmen prieto c... (no verificado) | Enero 23, 2023

Hola buenas noches soi una persona sin hogar ni recursos no tengo domicilio y quería saber dónde tengo k ir y k hacer para tener una dirección para recibir mi correspondencia gracias

El DPA responde | Enero 25, 2023

Hola Carmen,

Te recomendamos que para poder orientarte en tan delicada situación, nos traslades un número de teléfono en el que poder contactatar con usted o bien nos llame al 954212121. En todo caso, Te recomendamos que acudas a los Servicios Sociales Comunitarios para dejar constancia de la situación que nos trasladas.

Saludos

Luis (no verificado) | Julio 15, 2019

Hola somos un matrimonio de marbella llegue ase 3 días desde cuba para venirme a vivir aquí algunos papeles de los q traje se me vencen en agosto y quisiera poder empadronarnos yo y mi mujer para empezar a tramitar todos los documentos y poder trabajar por favor quisiera q me ayudaran con eso

El DPA responde | Julio 15, 2019

Hola Luis. Te invitamos a que nos llames al 954 212121 para exponernos tu situación y poder asosorarte. Gracias

Carmen (no verificado) | Octubre 17, 2018

Hola somos un matrimonio de sevilla sin poder estar empadronado en ningun citio pues ni vivienda tenemos vivimos en un campo de ocupa en malas condiciones y mi marido con diferentes enfermedades mentales y ase unos dias le a venido una ayuda de la junta de Andalucía por su enfermedad mental y por no poder estar empadronado no puede solicitarla nesecito ayuda porfabor solo pido que alguien me ayude a empadronar ami mario ..

El DPA responde | Octubre 17, 2018

Hola Carmen, si te parece, nos puedes facilitar un número de teléfono y nosotros te llamamos para informarte (el número de teléfono no lo publicaremos) o puedes llamarnos al 954 212121. Gracias