El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

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La Oficina de Información del DPA se desplaza al Valle del Almanzora-Los Vélez

La Oficina de Información del DPA se desplaza al Valle del Almanzora-Los Vélez

La Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía del Defensor del Pueblo Andaluz de desplazará a la comarca del Valle del Almanzora-Los Vélez (Almería) los próximos días 9 y 10 de mayo para atender en persona las quejas y consultas que quieran hacerle llegar los vecinos.

El objetivo de esta visita in situ es acercar los servicios de la Institución a la ciudadanía con el fin de atender, proteger y defender sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia, transporte público, etcétera. Y también en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, tales como reclamaciones de telefonía, entidades financieras, suministros de luz y agua, etc.

Queremos reunirnos con Asociaciones y con ciudadanos y ciudadanas para conocer en detalle la situación de la zona, sus principales proyectos, objetivos y aspiraciones. Atenderemos a los pueblos de Albanchez, Albox, Alcóntar, Arboleas, Armuña de Almanzora, Bacares, Bayarque, Cantoria, Chercos, Chirivel, Cóbdar, Fines, Laroya, Líjar, Lúcar, Macael, Maria, Olula del Rió, Oria, Partaloa, Purchena, Serón, Somontín, Suflí, Taberno, Tíjola, Urrácal, Vélez-Rubio, Vélez Blanco y Zurgena.

La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará abierta en horario de mañana, de 9:00 a 1400 horas, y de tarde, de 17:00 a 19:00 horas, en el Centro de Servicios Sociales del Saliente, en Albox, ubicado en la Carretera de la Estación s/n. Edificio de la Cámara Agraria.

Cualquier persona o colectivo podrá dirigirse directamente a la Oficina y trasladar su reclamación, si bien, para una mejor prestación del servicio, se podrá concertar una cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es También se pude concertar la cita a través de nuestras redes sociales: en facebook (https://www.facebook.com/DefensordelPuebloAndaluz) o twitter (@DefensorAndaluz).

    Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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    4 Comentarios

    El DPA responde | Mayo 16, 2017

    Estimado Juan, en relación a su consulta no entendemos si lo que plantea es que existe una supuesta responsailidad del ayuntamiento que llevo a cabo la demolición de los terrenos. En este caso se podría solicitar responsabilidad patrimonial a la administración al ser ella los causantes de los daños. Si ha presentado algún escrito al ayuntamiento  y no le ha contestado o no esta de acuerdo con lo que le han dicho puede enviarnos un escrito de queja para poder estudiar si existe alguna responsabilidad.

    Si el asunto es entre particulares no podemos intervenir y habra que presentar demanda en el juzgado. Un saludo.

    Martin Giménez... (no verificado) | Mayo 6, 2017

    Señor defensor del pueblo andaluz le pido a usted popor favor dado a la gravedad del asunto y la alarma social que esta creando este asunto en Andalucía tenga usted a bien a intervenir como defensor del pueblo andaluz contra el impuesto de sucesiones y donaciones dado que: 1) es anticonstitucional art 14: somos todos iguales ante la ley 2) se nos graba un impuesto el cual estamos pagando a lo largo de nuestra vida 3) arruina la economia de Andalucía pues 7000 andaluces cada año pierden las herencias de sus padres, dado que usted es el defensor del pueblo andaluz defiendanos ante el expolio que esta causando la Junta de Andalucía.

    El DPA responde | Mayo 16, 2017

    Estimada Martin, este asunto ha sido tratado por esta Defensoria en varios expedientes de queja recibidos en los que los interesados nos trasladan su discrepancias con las liquidaciones recibidas, calificando de excesivas o abusivas los tipos impositivos . A este respecto hemos tenido que informa a quienes la promueven la inexistencia de irregularidad en la actuación administrativa al estar practivada en función de la regulación actualmente vigente para este tributo en Andalucia.

    Sentencias del Tribunal constitucional, así como la Jurisiprudencia del Tribunal  Supremo  sobre la autonomía legislativa y financiera de las comunidades interpreta que no tiene porque ser contraria a los principios constitucionales de igualdad y capacidad económica la diferencia de trato entre las mismas, ya que obedece al normal ejercicio de las potestades normativas y de exacción de tributos que les atribuyen la Constitución y la Ley Organica 8/1980 de Financiación de las CC.AA.

    No obtante esta intitución lleva tiempo contemplando con preocupación las informacíón que aportan datos sobre el incremento de personas que renuncian a herencias en Andalucía por no poder hacer frente al pago de los tributos correspondientes.Creemos necesario que se abra un periodo de reflexión acerca de las inequidades que pueden derivarse de la coexistencia dentro del estado de regimenes tributarios autonómicos excesivamente dispares que introducen situaciones de evicente discriminación entre unos contribuyentes y  otros en función de su lugar de residencia.

    A este respecto consideramos necesario que dentro del respeto a las legitimas diferencias que en materia de politica tritguaria puedan tener las comunidades autónomas y con una visión de Estado, se busquen fórmulas que limiten estas diferencias a unos márgenes que no impliquen situaciones de grave discriminación entre los contribuyentes, ni propicien prácticas de evasión fiscal que sólo benefician a los más pudientes y perjudican a los más débiles.

    Todas estas consideraciones fueron ya incluidas en el informa Anual correspondiente al año 2015 y que presentamos al Parlamento de Andalucia para su debida toma en consideración por parte de los representantes de los distintos grupos politicos con representación parlamentaria.

    Valkoramos positivamente que se hayan mejorado las reducciones y los requisitos de acceso a las bonificaciones, aumentando el minimo exento en las herencias recibidas por sujetos pasivos parientes directos y esposos.

    juan martinez giner (no verificado) | Mayo 5, 2017

    Hace años se derribó por ruinas la casa colindante con la nuestra propiedad de herederos Eduardo Tijeras Sánchez,hice las reclamaciones oportunas al ayuntamiento y no me dan solución alguno a los daños originados a mi vivienda al mover los terrenos, se ha movido la pared, grietas por los dormitorios,dejaron un punto de apoyo mientras solucionarán su venta, mi casa se nos cae y no me atienden,la única solución que me da el ayuntamiento es que los denuncie,ya que ellos se dirigieron al representante de los herederos y estos no han contestado

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